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TUTELA IMPROCEDENTE POR EXISTIR OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL NOTA DE RELATORIA: Con relación al tema de la improcedencia de la tutela por existir otro medio de defensa judicial ver sentencia de 11 de diciembre de 2008, Consejo de Estado, Sección Segunda, Exp. AC-00973, MP. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
TUTELA - Improcedente por existir otro medio de defensa judicial NOTA DE RELATORIA: Consejo de estado, Sección Segunda, sentencia de 26 de marzo de 2009, Radicación AC-00011, Ponente: Victor Hernando Alvarado Ardila CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA ...mas
PENSIONES – La acción procedente es la ordinaria laboral excepto para proteger el mínimo vital / MINIMO VITAL – Acción de tutela / ACCION DE TUTELA – Mínimo vital / MINIMO VITAL – Afectación La Corte Constitucional ha establecido que para el reclamo de salarios y pensiones, el ordenamiento jurídico ha dispuesto otro medio ordinario de defensa efectivo, esto es, la acción ordinaria laboral, salvo cuando se trate de proteger el derecho al mínimo vital, cuya afectación ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., dos (2) de marzo de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00587-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00570-01(AC) ...mas
TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - Improcedencia NOTA DE RELATORIA: Sobre el tema de improcedencia de la tutela contra providencias judiciales ver sentencia de agosto 23 de 2007, Consejo de Estado, Sección Segunda, Exp. AC-00751, MP. Alfonso Vargas Rincón CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECC ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., quince (15) de enero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00534-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dieciséis (16) de enero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00442-01(AC) Actor: ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., veintitrés (23) de abril del dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2008-00333-01(AC) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2007-00096-01(1413-07) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., doce (12) de marzo de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2006-01595-01(2485-08) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2006-01568-01(0470-08) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2006-01561-01(1100-08 ...mas
AGENCIA OFICIOSA – No prestación de caución. Efectos En el caso concreto, aunque el Agente Oficioso dejó transcurrir el término legal sin prestar la caución, hay lugar a considerar que LUISA ZAPATA CASTILLA y Otros fueron parte en el proceso porque a la entidad demandada se le notificó en debida forma la demanda y al contestarla no solicitó exclusión de quien concurrió -en esta forma entendida- a través de Agente Oficioso, por no haber prestado la caución dentro del té ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2004-00202-01(01 ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 13001-23-31-000-2003-01789-01(1890-08) ...mas
PENSION DE JUBILACION– Edad. Situación jurídica consolidada con base en normas territoriales. Convalidación / SUSPENSION PROVISIONAL – Improcedencia. Edad pensional. Situación jurídica consolidada El citado artículo permite mantener situaciones jurídicas consolidadas con anterioridad al 30 de junio de 1995 (fecha en que entró en vigencia la Ley 100 de 1993 para los empleados del orden departamental y municipal) que se originen en normas de cará ...mas
PENSION DE JUBILACION A NIVEL TERRITORIAL – Edad. Situación jurídica consolidada / SUSPENSION PROVISIONAL – Improcedencia. Edad pensional. Situación jurídica consolidada El citado artículo permite mantener situaciones jurídicas consolidadas con anterioridad al 30 de junio de 1995 (fecha en que entró en vigencia la Ley 100 de 1993 para los empleados del orden departamental y municipal) que se originen en normas de carácter territorial. En el presen ...mas
PENSION DE JUBILACION A NIVEL TERRITORIAL - Suspensiópn provisional en relación al pago que excede el monto legal / SUSPENSION PROVISIONAL - En relación al pago pensional que excede el monto legal / PESION DE JUBILACION - Régimen de transición En sentido similar ver providencia de 30 de julio de 2009, expediente 564-08 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
PENSION DE INVALIDEZ EN LAS FUERZAS MILITARES Y DE LA POLICIA NACIONAL – Regulación legal. Régimen especial / SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – No aplicación a las fuerzas militares ni a la Policía Nacional / PENSION DE INVALIDEZ EN LAS FUERZAS MILITARES Y LA POLICIA NACIONAL – Régimen general. Principio de favorabilidad. Principio de igualdad. Aplicación retrospectiva de la ley Conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del Decreto 009 ...mas