Archivo de la Categoría 1.3.5.15 Sec. 3 2010

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25000-23-26-000-1996-12585-01(18890) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-12585-01(18890)   Actor: MARIA ROSMIRA POSSO ...mas

25000-23-26-000-1996-07474-01(16816) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DICTAMEN PERICIAL - Objeción por error grave. Improcedencia   En consideración a que hasta el momento no se ha resuelto la objeción por error grave propuesta en contra del dictamen pericial que obra en el plenario y dado que de conformidad con las normas correspondientes tal decisión se debe pronunciar en la sentencia, la Sala procederá a continuación a hacer lo propio. En el sub judice el error imputado como grave al dictamen pericial, consiste en haber hecho ...mas

25000-23-26-000-1996-07474-01(16816) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DICTAMEN PERICIAL - Objeción por error grave. Improcedencia   En consideración a que hasta el momento no se ha resuelto la objeción por error grave propuesta en contra del dictamen pericial que obra en el plenario y dado que de conformidad con las normas correspondientes tal decisión se debe pronunciar en la sentencia, la Sala procederá a continuación a hacer lo propio. En el sub judice el error imputado como grave al dictamen pericial, consiste en haber hecho ...mas

25000-23-26-000-1996-03096-01(17992) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

SOLDADO CONSCRIPTO - Responsabilidad patrimonial del Estado / SOLDADO CONSCRIPTO - Diferencias con el soldado profesional / DAÑOS CAUSADOS A CONSCRIPTOS - Regímenes aplicables   En primer término, estima la Sala necesario precisar la diferencia existente entre la clase de vínculo que se crea para el Estado frente al soldado conscripto y aquel que se genera en relación con el soldado voluntario o profesional; en el primero -soldado conscripto- el vínculo surge d ...mas

25000-23-26-000-1996-03096-01(17992) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

SOLDADO CONSCRIPTO - Responsabilidad patrimonial del Estado / SOLDADO CONSCRIPTO - Diferencias con el soldado profesional / DAÑOS CAUSADOS A CONSCRIPTOS - Regímenes aplicables   En primer término, estima la Sala necesario precisar la diferencia existente entre la clase de vínculo que se crea para el Estado frente al soldado conscripto y aquel que se genera en relación con el soldado voluntario o profesional; en el primero -soldado conscripto- el vínculo surge d ...mas

25000-23-26-000-1996-03063-01(17525) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-03063-01(17525)   Actor: JORGE ENRIQUE NIETO ...mas

25000-23-26-000-1996-03063-01(17525) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-03063-01(17525)   Actor: JORGE ENRIQUE NIETO ...mas

25000-23-26-000-1996-03062-01(16744) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FALLA DEL SERVICIO REGISTRAL - Responsabilidad patrimonial del Estado   Como es bien sabido, la tradición de dominio de los bienes inmuebles se lleva a cabo por la inscripción del título en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, al tenor de lo preceptuado en el artículo 756 del Código Civil. De conformidad con lo anterior, se ha señalado que uno de los fines más importantes del servicio público registral es que sirve justamente de p ...mas

25000-23-26-000-1996-03062-01(16744) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FALLA DEL SERVICIO REGISTRAL - Responsabilidad patrimonial del Estado   Como es bien sabido, la tradición de dominio de los bienes inmuebles se lleva a cabo por la inscripción del título en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, al tenor de lo preceptuado en el artículo 756 del Código Civil. De conformidad con lo anterior, se ha señalado que uno de los fines más importantes del servicio público registral es que sirve justamente de p ...mas

25000-23-26-000-1996-03008-01(18574) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-03008-01(18574)   Actor: BAUDILIO ...mas

25000-23-26-000-1996-03008-01(18574) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-03008-01(18574)   Actor: BAUDILIO ...mas

25000-23-26-000-1996-03008-01(18574) (1) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DAÑO ANTIJURIDICO - Existencia / PERJUICIOS MORALES - Prueba / REGLAS DE LA EXPERIENCIA - Aplicación   Está demostrado en el proceso que el menor Julián David Calderón Rivas resultó lesionado el 4 de marzo de 1996, debido a que sufrió quemaduras en la piel cuando apenas tenía cuatro días de nacido, hecho que se acreditó con los siguientes documentos: (i) Historia Clínica No. 730583 del menor Julián David Calderón Rivas expedida por el Hospital San José, ...mas

25000-23-26-000-1996-03008-01(18574) (1) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

DAÑO ANTIJURIDICO - Existencia / PERJUICIOS MORALES - Prueba / REGLAS DE LA EXPERIENCIA - Aplicación   Está demostrado en el proceso que el menor Julián David Calderón Rivas resultó lesionado el 4 de marzo de 1996, debido a que sufrió quemaduras en la piel cuando apenas tenía cuatro días de nacido, hecho que se acreditó con los siguientes documentos: (i) Historia Clínica No. 730583 del menor Julián David Calderón Rivas expedida por el Hospital San José, ...mas

25000-23-26-000-1996-02987-01(33112) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-02987-01(33112)   Actor: PROCESADORA DE PIEL ...mas

25000-23-26-000-1996-02987-01(33112) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-26-000-1996-02987-01(33112)   Actor: PROCESADORA DE PIEL ...mas

25000-23-26-000-1996-02732-01(17127) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO - Soldados profesionales / RIESGOS - Propios del servicio   La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que la afectación de los derechos a la vida y a la integridad personal del militar profesional constituye un riesgo propio de la actividad que dichos servidores públicos ordinariamente despliegan, riesgo que se concreta, por vía de ejemplo, en los eventos en los cuales infortunadamente tiene lugar e ...mas

25000-23-26-000-1996-02732-01(17127) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO - Soldados profesionales / RIESGOS - Propios del servicio   La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que la afectación de los derechos a la vida y a la integridad personal del militar profesional constituye un riesgo propio de la actividad que dichos servidores públicos ordinariamente despliegan, riesgo que se concreta, por vía de ejemplo, en los eventos en los cuales infortunadamente tiene lugar e ...mas

25000-23-26-000-1996-02591-01(17753) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

SOLDADO PROFESIONAL - Asume los riesgos propios del servicio   La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que la afectación de los derechos a la vida y a la integridad personal del militar profesional constituye un riesgo propio de la actividad que dichos servidores públicos ordinariamente despliegan, riesgo que se concreta, por vía de ejemplo, en los eventos en los cuales infortunadamente tiene lugar el deceso o la ocurrencia de lesiones como consecuencia ...mas

25000-23-26-000-1996-02591-01(17753) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

SOLDADO PROFESIONAL - Asume los riesgos propios del servicio   La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que la afectación de los derechos a la vida y a la integridad personal del militar profesional constituye un riesgo propio de la actividad que dichos servidores públicos ordinariamente despliegan, riesgo que se concreta, por vía de ejemplo, en los eventos en los cuales infortunadamente tiene lugar el deceso o la ocurrencia de lesiones como consecuencia ...mas

25000-23-26-000-1996-02533-01(18894) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION - Objeto / GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA - Improcedencia / NO REFORMATIO IN PEJUS - Aplicación / CONDENA IMPUESTA A LA NACION - Sólo constituye el objeto de la impugnación por parte de los demandantes para que se incremente   Previo a abordar el análisis respecto del objeto del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, resulta necesario precisar que en el presente asunto no hay lugar a tramitar el grado jurisdiccional de consul ...mas

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