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19001-23-31-000-1995-00003-01(18322) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FALTA DE LEGITIMACION - Noción   Sobre el particular, la Sala estima necesario reiterar en esta oportunidad, que la legitimación en la causa puede ser de hecho o material, siendo la primera aquella relación que se establece entre las partes por razón de la pretensión procesal, es decir deriva de la atribución de una conducta que el demandante hace al demandado en su demanda, mientras que la segunda, corresponde a “... la participación real de las ...mas

19001-23-31-000-1995-00003-01(18322) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FALTA DE LEGITIMACION - Noción   Sobre el particular, la Sala estima necesario reiterar en esta oportunidad, que la legitimación en la causa puede ser de hecho o material, siendo la primera aquella relación que se establece entre las partes por razón de la pretensión procesal, es decir deriva de la atribución de una conducta que el demandante hace al demandado en su demanda, mientras que la segunda, corresponde a “... la participación real de las ...mas

18001-23-31-000-2009-00193-01(37345) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

GASTOS Y HONORARIOS DEL TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO - Falta de pago / TERMINACION DE PROCESO ARBITRAL - Por no pago de los gastos y honorarios del Tribunal de Arbitramento / EXTINCION DE LOS EFECTOS DE LA CLAUSULA COMPROMISORIA - Habilita a las partes para acudir a la Justicia Contencioso Administrativa   La Sociedad Inversiones Médicas Contreras S.A. y el Hospital María Inmaculada E.S.E. acudieron a la Jurisdicción arbitral con el fin de dirimir el conflicto que se ...mas

18001-23-31-000-2009-00193-01(37345) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

GASTOS Y HONORARIOS DEL TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO - Falta de pago / TERMINACION DE PROCESO ARBITRAL - Por no pago de los gastos y honorarios del Tribunal de Arbitramento / EXTINCION DE LOS EFECTOS DE LA CLAUSULA COMPROMISORIA - Habilita a las partes para acudir a la Justicia Contencioso Administrativa   La Sociedad Inversiones Médicas Contreras S.A. y el Hospital María Inmaculada E.S.E. acudieron a la Jurisdicción arbitral con el fin de dirimir el conflicto que se ...mas

18001-23-31-000-2009-00064-01(39085) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

REPARACION DIRECTA - Error jurisdiccional. Privación injusta de la libertad. Defectuoso funcionamiento de la administración de justicia / ACCION DE REPARACION DIRECTA - Responsabilidad extracontractual del estado por los hechos de la administración de justicia / COMPETENCIA - Acción de reparación directa derivada de la responsabilidad por los hechos de la administración de justicia / COMPETENCIA - Acción de reparación directa derivada de la responsabilidad por pr ...mas

18001-23-31-000-2009-00064-01(39085) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

REPARACION DIRECTA - Error jurisdiccional. Privación injusta de la libertad. Defectuoso funcionamiento de la administración de justicia / ACCION DE REPARACION DIRECTA - Responsabilidad extracontractual del estado por los hechos de la administración de justicia / COMPETENCIA - Acción de reparación directa derivada de la responsabilidad por los hechos de la administración de justicia / COMPETENCIA - Acción de reparación directa derivada de la responsabilidad por pr ...mas

18001-23-31-000-2000-00165-01(30383) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-2000-00165-01(30383)   Actor: CLIMACO HERRERA ...mas

18001-23-31-000-2000-00165-01(30383) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-2000-00165-01(30383)   Actor: CLIMACO HERRERA ...mas

18001-23-31-000-1999-00465-01(28582) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-1999-00465-01(28582)   Actor: MARIELA ...mas

18001-23-31-000-1999-00465-01(28582) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-1999-00465-01(28582)   Actor: MARIELA ...mas

18001-23-31-000-1999-00410-01(28542) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-1999-00410-01(28542)   Actor: CARLOS YECI ...mas

18001-23-31-000-1999-00410-01(28542) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-1999-00410-01(28542)   Actor: CARLOS YECI ...mas

18001-23-31-000-1999-00062-01(23387) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: MYRIAM GUERRERO DE ESCOBAR   Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-1999-00062-01(23387)   Actor: JUSTINO HORTA R ...mas

18001-23-31-000-1999-00062-01(23387) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: MYRIAM GUERRERO DE ESCOBAR   Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 18001-23-31-000-1999-00062-01(23387)   Actor: JUSTINO HORTA R ...mas

18001-23-31-000-1997-01198-01(18357) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

NON REFORMATIO IN PEJUS - Aplicación   A manera de cuestión previa, y teniendo en cuenta que la providencia del a quo fue recurrida únicamente por la entidad pública condenada, la Sala encuentra necesario realizar algunas consideraciones al respecto, en relación con el derecho fundamental de la non reformatio in pejus. En efecto, el art. 31 de la Constitución Política de 1991 dispone que las sentencias judiciales pueden apelarse o consultarse, salvo las excepci ...mas

18001-23-31-000-1997-01198-01(18357) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

NON REFORMATIO IN PEJUS - Aplicación   A manera de cuestión previa, y teniendo en cuenta que la providencia del a quo fue recurrida únicamente por la entidad pública condenada, la Sala encuentra necesario realizar algunas consideraciones al respecto, en relación con el derecho fundamental de la non reformatio in pejus. En efecto, el art. 31 de la Constitución Política de 1991 dispone que las sentencias judiciales pueden apelarse o consultarse, salvo las excepci ...mas

18001-23-31-000-1996-00885-01(18580) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRUEBAS TRASLADADAS - Valoración probatoria   Advierte la Sala que en virtud de lo dispuesto por el artículo 168 del Código Contencioso Administrativo, en los procesos contencioso administrativos se deben aplicar, en cuanto resulten compatibles con sus normas, las del Código de Procedimiento Civil en lo relacionado con la admisibilidad de los medios de prueba, forma de practicarlas y criterios de valoración; por lo tanto, la apreciación de las prue ...mas

18001-23-31-000-1996-00885-01(18580) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRUEBAS TRASLADADAS - Valoración probatoria   Advierte la Sala que en virtud de lo dispuesto por el artículo 168 del Código Contencioso Administrativo, en los procesos contencioso administrativos se deben aplicar, en cuanto resulten compatibles con sus normas, las del Código de Procedimiento Civil en lo relacionado con la admisibilidad de los medios de prueba, forma de practicarlas y criterios de valoración; por lo tanto, la apreciación de las prue ...mas

18001-23-31-000-1996-00770-01(17543) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO - Responsabilidad patrimonial del Estado / CONSCRIPTO - Título jurídico de imputación. Régimen aplicable   En relación con el título de imputación aplicable a los daños causados a soldados conscriptos, la Sala ha avalado la posibilidad de que sean, en primera medida, aquellos de naturaleza objetiva -tales como el daño especial o el riesgo excepcional-, y de otro lado, el de la falla del servicio, siempre y cuando de ...mas

18001-23-31-000-1996-00770-01(17543) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO - Responsabilidad patrimonial del Estado / CONSCRIPTO - Título jurídico de imputación. Régimen aplicable   En relación con el título de imputación aplicable a los daños causados a soldados conscriptos, la Sala ha avalado la posibilidad de que sean, en primera medida, aquellos de naturaleza objetiva -tales como el daño especial o el riesgo excepcional-, y de otro lado, el de la falla del servicio, siempre y cuando de ...mas

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