Archivo de la Categoría 1.3.6.17 Sec. 4 2008

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Lista Artículos

25000-23-27-000-2004-02032-01(16062) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE LA FUERZA DE EJECUTORIA - Casos en lo que se pierde la fuerza de ejecutoria / DECAIMIENTO DEL ACTO - Definición / DECLARACION DE LA PERDIDA DE EJECUTORIA   En efecto, como lo ha considerado la jurisprudencia, no puede confundirse la ocurrencia de la pérdida de la fuerza ejecutoria del acto administrativo con las causales de nulidad del mismo. Las causales de nulidad se encuentran previstas en el artículo 84 del Código Contencioso Administrativo y se da ...mas

25000-23-27-000-2004-02019-01(16959) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PRETENSION  MAYOR - Determina la cuantía de la demanda cuando hay acumulación / CONTRIBUCION DE VALORIZACION - Al no indicarse en la demanda el valor correcto, se toma la pretensión mayor como cuantía / PROCESO DE UNICA INSTANCIA - En el sub lite se presenta al ser su cuantía de $ 61.240.545   Anotado lo anterior, se tiene que la sociedad actora pretende que se liquiden nuevamente las contribuciones de valorización gravadas respecto a dos predios claramente ide ...mas

25000-23-27-000-2004-02012-01(16064) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO PREDIAL EN EL DISTRITO CAPITAL - Valores mínimos para su determinación / CATASTRO - Definición legal / AVALUO CATASTRAL - Concepto   El artículo 155 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que  la base gravable del impuesto predial en Bogotá es el valor del inmueble estimado por el contribuyente, que no puede ser inferior al avalúo catastral del año anterior incrementado en el IPC, ni al autoavalúo del año anterior incrementado en ...mas

25000-23-27-000-2004-02007-01(16912) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

JUZGADOS ADMINISTRATIVOS - Con su entrada en funcionamiento se comenzaron a aplicar las reglas de competencia de la Ley 446 de 1998  / RECURSO DE APELACION - Los presentados con posterioridad al 1º de agosto de 2006 se rigen por la Ley 446 de 1998 / CUANTIA DE LA DEMANDA EN TRIBUTARIO - Determinación   Con la expedición de la Ley 954, publicada el 28 de abril de 2005, las reglas de competencia de la Ley 446 de 1998, que no habían podido aplicarse, entraron en vig ...mas

25000-23-27-000-2004-01954-01(17231) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PROCESO DE DOBLE INSTANCIA EN MATERIA TRIBUTARIA - A partir de la Ley 954 de 2005, son aquellos cuya cuantía es superior a 300 salarios mínimos mensuales / RECURSO DE APELACION - Con la Ley 954 de 2005, se estudiaran sólo los interpuestos a su entrada en vigencia / CUANTIA DE LA DEMANDA - Determinación en materia tributaria / RECURSO DE APELACION - Falta de competencia   El artículo 1 de la Ley 954 de 2005, regula la cuantía necesaria para  acceder a la segund ...mas

25000-23-27-000-2004-01391-01(15992)_1 Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

DEDUCCION DE GASTOS - Requisitos / PROVISION DE GASTOS - No es deducible porque no está dentro de las señaladas por el Estatuto Tributario / COSTOS - Para deducirlos debe probarse que se incurrió efectivamente en él y está soportado en una factura o documento equivalente   Si contablemente se crea una cuenta denominada provisión para contabilizar un gasto por el hecho de no tener factura que lo soporta fiscalmente, no es aceptable como deducción, primero, porqu ...mas

25000-23-27-000-2004-01325-01(16904)A Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

RECURSO DE REPOSICION - No procede contra la decisión del recurso de queja / RECURSO DE QUEJA - Contra el acto que lo decide no procede el recurso de reposición   El Código Contencioso Administrativo no regula la procedencia del recurso de reposición contra la decisión del recurso de queja. El artículo 29 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 267 del Código Contencioso Administrativo señala expresamente que cont ...mas

25000-23-27-000-2004-01325-01(16904) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PROCESO DE DOBLE INSTANCIA EN MATERIA TRIBUTARIA - A partir de la Ley 954 de 2005 son aquellos cuya cuantía supere los 300 salarios mínimos mensuales / PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIA - La propia Constitución señala que pueden existir excepciones / CUANTIA DE LA DEMANDA - Se tiene en cuenta el valor de las pretensiones al tiempo de presentación de la demanda   El artículo 1 de la ley 954 de 2005, regula la cuantía necesaria para  acceder a la segunda instancia ...mas

25000-23-27-000-2004-01181-01(16161) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ACTO QUE RECHAZA LAS EXCEPCIONES  EN COBRO COACTIVO -  Contra él procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario que lo decidió / RECURSO DE REPOSICION - En el sublite fue decidido conforme a lo previsto en el articulo 834 del Estatuto Tributario / EXCEPCIONES EN COBRO COATIVO - El recurso interpuesto contra el acto que las rechaza debe expedirse conforme al artículo 834 del E.T. / DEBIDO PROCESO - No se vulnera cuando el recurso de reposición se decide conforme al art ...mas

25000-23-27-000-2004-01052-01(15511) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

SOLICITUD DE DEVOLUCION O COMPENSACION - Término   De acuerdo con los artículos 816 y  854 del Estatuto Tributario la solicitud de compensación o devolución de impuestos deberá presentarse a más tardar dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar   SOLICITUD DE DEVOLUCION PRESENTADA SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES - Procedimiento y término para su corrección   Las solicitudes de devo ...mas

25000-23-27-000-2004-01052-01(15511) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

SOLICITUD DE DEVOLUCION O COMPENSACION - Término   De acuerdo con los artículos 816 y  854 del Estatuto Tributario la solicitud de compensación o devolución de impuestos deberá presentarse a más tardar dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar   SOLICITUD DE DEVOLUCION PRESENTADA SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES - Procedimiento y término para su corrección   Las solicitudes de devo ...mas

25000-23-27-000-2004-00993-01(15836)A Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

DECLARACION DE IMPORTACION - Clases de modificación / FIRMEZA DE DECLARACION DE IMPORTACION - Para las presentadas antes de la vigencia del Estatuto Aduanero se regía por el Decreto 1909 de 1992 / DEVOLUCION DE IVA IMPLICITO - No procede al estar en firme las declaraciones de importación y no ser aceptable su corrección   Así, las declaraciones presentadas hasta el 30 de junio de 2000 se rigen por el artículo 26 del Decreto 1909 de 1992 modificado por el Decreto ...mas

25000-23-27-000-2004-00819-01(16155) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

IVA IMPLICITO - No procede cuando existe oferta insuficiente de los contratos en el mercado / PRODUCCION NACIONAL INSUFICIENTE - Tiene como consecuencia el no generar IVA en la importación   Esta disposición mantuvo el régimen  del “IVA implícito” adoptado a través de la ley  488 de 1998.  Sus previsiones estuvieron dirigidas a establecer regulaciones en torno a las pruebas para el acceso al régimen de excepción cuando exista oferta insuficiente de los ...mas

25000-23-27-000-2004-00812-01(16061) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TITULOS EJECUTIVOS - Para efectos tributarios están previstos en el artículo 828 del Estatuto Tributario /  LIQUIDACION PRIVADA - Constituye uno de los títulos ejecutivos para efectos tributarios /  EJECUTORIA DE ACTOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS - Eventos /  COBRO COACTIVO - Para su inicio requiere que el título ejecutivo esté ejecutoriado.   En primer término la Sala observa que el artículo 828 del Estatuto Tributario establece los documentos que sirven de ...mas

25000-23-27-000-2004-00740-01(16757)A Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PROCESO AL DESPACHO PARA FALLO - Podían mantenerse ante el Tribunal Administrativo y no enviarse al juez competente / PROCESO DE DOBLE INSTANCIA - Los que estaban para fallo al entrar en funcionamiento los jueces administrativos no se enviaban a éstos / PROCESO TRIBUTARIO DE UNICA INSTANCIA - Es aquel que no superaba los 300 salarios mínimos en la fecha de presentación de la demanda   La fecha que señala el actor, 19 de septiembre de 2006, correspond ...mas

25000-23-27-000-2004-00730-01(16138)_1 Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TITULACION COMPENSACION DE SALDOS A FAVOR - Procedencia de liquidar intereses moratorios y obligaciones tributarias producto de la imputación   Corresponde decidir la legalidad de los actos administrativos que accedieron a compensar la suma de $2.327.158.000 registrado como saldo a favor en la declaración de renta y complementarios del año gravable de 2002, con deudas fiscales de IVA del II bimestre de 2002, III bimestre de 2003 y Retefuente de abril de 2002 y may ...mas

25000-23-27-000-2004-00730-01(16138) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TITULACION COMPENSACION DE SALDOS A FAVOR - Procedencia de liquidar intereses moratorios y obligaciones tributarias producto de la imputación   Corresponde decidir la legalidad de los actos administrativos que accedieron a compensar la suma de $2.327.158.000 registrado como saldo a favor en la declaración de renta y complementarios del año gravable de 2002, con deudas fiscales de IVA del II bimestre de 2002, III bimestre de 2003 y Retefuente de abril d ...mas

25000-23-27-000-2004-00728-01(16159) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

COBRO COACTIVO A SOCIO COMO DEUDOR SOLIDARIO - Necesidad de poner en su conocimiento los títulos ejecutivos fundamento del proceso   La Sala encuentra que asiste razón a la accionante al aducir la excepción de “falta de título ejecutivo”, como quiera que en su calidad de socia (deudora solidaria) de INDUSTRIA AUTOMOTRIZ INAUTO LTDA no conocía ni los actos administrativos, ni las liquidaciones privadas presentadas por dicha sociedad, de ahí que ante un manda ...mas

25000-23-27-000-2004-00717-01(16063) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TERMINACION POR MUTUO ACUERDO - Requisitos; objeto / CADUCIDAD DE LA ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Es causal de improcedencia de la solicitud de terminación por mutuo acuerdo   El artículo 99 de la Ley 788 de 2002 establecía que los contribuyentes y responsables de los impuestos de renta, ventas, timbre y retención en la fuente, a quienes se les hubiera notificado antes de la vigencia de la ley, requerimiento especial, pliego de cargos, liquid ...mas

25000-23-27-000-2004-00499-01(16136) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

CONCILIACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA TRIBUTARIA - Procede con los requisitos del artículo 54 de la ley 1111 de 2006 / MAYOR IMPUESTO DISCUTIDO - Se debe acreditar su pago para efectos de la Conciliación de la Ley 1111 de 2006 / ACTA DE CONCILIACION TRIBUTARIA - Junto con sus anexos prestan mérito ejecutivo y hacen tránsito a cosa juzgada / NOTIFICACION POR ESTRADOS - Es la forma de notificar el acuerdo conciliatorio de la Ley 1111 de 2006 / IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - El monto con ...mas

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