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Artículos Destacados

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Lista Artículos

11001-03-24-000-2010-00195-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

INEPTITUD DE LA DEMANDA – Individualización de los actos demandados   En este tipo de acciones promovidas por cualquier persona con el propósito de defender la integridad del ordenamiento jurídico es sabido que no se exige una técnica jurídica especial para la formulación de la demanda. No obstante, es claro que los demandantes en acción de nulidad deben cumplir unos requisitos mínimos que prevé la ley, los cuales en ningún modo constituyen excesivos rigor ...mas

11001-03-24-000-2010-00166-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

CONVALIDACION DE TITULOS DE EDUCACION OBTENIDOS EN EL EXTERIOR – Derecho a la igualdad   Dando un primer vistazo a la situación planteada, podría colegirse que por tratarse de títulos de educación superior idénticos, otorgados por las mismas instituciones extranjeras y por no haber entre ellos una diferencia superior a los ocho (8) años, debe procederse a la convalidación del título obtenido por el señor CÓRDOBA LARRARTE, con fundamento en el artículo 3° ...mas

11001-03-24-000-2010-00122-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

FALTA DE COMPETENCIA – La Superintendencia Nacional de Salud carece de facultades para liquidar una entidad del orden departamental   En ese contexto, resulta contrario a lo dispuesto en el artículo 300 numeral 7ª de la Constitución que la Superintendencia Nacional de Salud se inmiscuya en asuntos como el relativo a la liquidación de una entidad del orden departamental, pues ese tipo de determinaciones tiene una incidencia indiscutible en la determinación de la ...mas

11001-03-24-000-2010-00042-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

SERVICIO PUBLICO DE SEGURIDAD EN SALUD – Cesión de contratos de administración. Traslado de afiliados   En criterio de la Sala, aunque es claro que la disposición acusada introduce una restricción a la libertad económica de tales agentes privados del sistema de salud -en cuanto que la cesión de contratos de administración y el consiguiente traslado de afiliados se hace solo a la EPS del régimen subsidiado pública del orden nacional- dicha m ...mas

11001-03-24-000-2009-00644-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

LA POTESTAD REGLAMENTARIA NO TIENE LIMITES TEMPORALES   Habida cuenta de las anteriores consideraciones, debe la Sala negar la pretensión de nulidad de los Decretos 515 de 2004, 506 de 2005 y 3556 de 2008 como quiera que si bien no fueron expedidos dentro del término de un año prevista en el numeral 10 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 concedió para ello, resultan del ejercicio de la potestad reglamentaria del Presidente de la República en atención asignada ...mas

11001-03-24-000-2009-00514-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REGISTRO MARCARIO – Signo débil. Comparación ortográfica y fonética. Conexión competitiva   De todo lo anteriormente expuesto, puede concluirse que la marca cuestionada mixta “PULLMANTUR CRUISES” es una marca compuesta de palabras descriptivas (PULLMAN y CRUISES), y otra genérica (TUR –pronunciación en inglés de TOUR-)) que también es de uso común en marcas de la clase 39 Internacional (TOURS). Se observa que entre los signos “PULLMANT ...mas

11001-03-24-000-2009-00471-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

TERMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCION – Solicitud de revocatoria directa. Examen de legalidad de los actos administrativos   En el presente caso, nótese que el actor al momento de conocer la existencia del acto administrativo optó por solicitar su revocatoria, en lugar de acudir directamente a la Jurisdicción en los términos del artículo 135 del C.C.A.,  lo cual  lo sitúa automáticamente en el supuesto señalado en el pronunciamiento citado, en el sentido que e ...mas

11001-03-24-000-2009-00431-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

VEHICULOS CON CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD – Principio de igualdad   Encuentra la Sala que la expresión “...o exigir un mínimo porcentaje de vehículos de esta naturaleza…”, contenido en el artículo 1º de la Resolución demandada, vulnera los principios de igualdad y accesibilidad, pues la norma de orden superior, esto es, el artículo 14 del Decreto 1660 de 2003, prevé que el 20% del parque automotor de cada empresa que ingrese por primera vez al servici ...mas

11001-03-24-000-2009-00409-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REQUISITOS PARA LA APERTURA O TRASLADO DE ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS   Por consiguiente, al confrontar la Sala las disposiciones aducidas como fundamento de la norma acusada con el texto del artículo 1º  de la Ley 232 de 1995, que se endilga como violado, no advierte la infracción a que alude la actora, dado que si bien es cierto que el artículo 1º  de la Ley 232 de 1995 prohíbe la exigencia de requisito alguno, para la apertura o el funcionamiento de est ...mas

11001-03-24-000-2009-00405-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REGISTRO MARCARIO - Comparación ortográfica, fonética e ideológica. Conexión competitiva   Pues bien, no es preciso adentrarse en mayores disquisiciones para advertir que la marca CRISTY registrada a nombre de la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL INTEGRAL S.A. es totalmente idéntica a la marca CRISTY, previamente registrada a nombre la demandante. Es de Perogrullo afirmar que las marcas en conflicto, al ser totalmente iguales entre sí, se encuentran confo ...mas

11001-03-24-000-2009-00395-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REGISTRO MARCARIO – Identidad o semejanza de un signo con una marca. Signos notoriamente conocidos   En el caso sub examine, se tiene que en el signo mixto “OCTOPUS TRAVEL” predomina el elemento denominativo; sin embargo, debe tenerse en cuenta que el elemento secundario, esto es, la figura, está directamente enlazada con elemento principal, puesto que el vocablo OCTOPUS, significa en español: “PULPO” y TRAVEL: “VIAJE”. De manera que la ev ...mas

11001-03-24-000-2009-00369-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

LA GESTION FISCAL - Potestad reglamentaria de la Contraloría General de la República   El acto administrativo demandado, tal como se aduce en la demanda, estableció la posibilidad excepcional de que los Contralores Delegados Sectoriales emitan opiniones contables limpias, con salvedades, o negativas, aunque la mayor parte de los hallazgos obtenidos en el proceso de auditaje den para la emisión de opiniones diferentes. Todo lo anterior sin perjuicio de la potestad ...mas

11001-03-24-000-2009-00351-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

EXTRADICION – Requisitos. Delitos políticos   De acuerdo con el impedimento constitucional ratificado por la anterior cita jurisprudencial, resulta claro para la Sala que ni siquiera es posible efectuar una interpretación extensiva en el sentido de reconocer que dada la condición de ex miembro representante del Bloque Vencedores de Arauca que tenía el actor, los delitos que éste hubiera cometido tendrían el carácter de delitos políticos y de ésta manera est ...mas

11001-03-24-000-2009-00342-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REGISTRO MARCARIO – Uso de la marca. Comparación ortográfica, fonética e ideológica   Como la actora considera que el registro concedido desconoce sus derechos como titular de la enseña comercial EL COMETA, resulta oportuno poner de relieve que la protección jurídica de una enseña comercial depende básicamente del uso real y efectivo que de la misma se haya hecho en el mercado, siendo irrelevante que se encuentre o no registrada o depositada ante la oficina ...mas

11001-03-24-000-2009-00202-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

PATENTE DE INVENCION – Abandono de la solicitud de privilegio de patente de invención   Examinada la actuación encuentra la Sala que los actos acusados se ajustaron a lo que dispone el artículo 39 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina. En efecto, de acuerdo con dicha disposición si a la expiración del término señalado en su inciso primero y referido al plazo concedido para completar los requisitos de su solicitud, así como al de su prorroga, el solicita ...mas

11001-03-24-000-2009-00158-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

SUSTENTACION DEL CONCEPTO DE VIOLACION – Ineptitud sustantiva de la demanda   Consecuente con el precedente jurisprudencial enunciado, considera la Sala que el Juez Contencioso Administrativo no puede realizar el estudio de legalidad del acto administrativo acusado con normas no invocadas en la demanda, ni atender conceptos de violación no alegados, sino que debe limitarse a estudiar las razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, expuestas en la demanda, que cum ...mas

11001-03-24-000-2009-00145-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REGISTRO MARCARIO - Comparación ortográfica, fonética e ideológica. Riesgo de asociación y o confusión   Pues bien, siguiendo los parámetros antes enunciados, no es preciso adentrarse en mayores disquisiciones para advertir que entre las marcas AMERICA y AG AMERICAN GENERICS, se presentan algunas similitudes estructurales y ortográficas originadas en el empleo de las expresiones AMÉRICA y AMERICAN. Como bien se puede apreciar, la marca opositora es de natural ...mas

11001-03-24-000-2009-00107-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

SISTEMA DE REGISTRO UNICO DE AFILIADOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – Competencia del Ministerio de la Protección Social   Con fundamento en lo transcrito, el registro único de información de los afiliados al sistema de salud al que se refiere el artículo 15 de la Ley 797 del 2003, desarrollado por los Decretos 205 del 2003 y 1637 del 2006, a su vez reglamentados por la Resolución 2455 y su modificatoria 3755 ambas de 2008 objeto de la presente nulid ...mas

11001-03-24-000-2009-00036-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

REGISTRO MARCARIO - Comparación ortográfica, fonética e ideológica. Conexión competitiva   En aplicación de las reglas y criterios de cotejo marcario referidas encuentra la Sala que desde los aspectos visual y fonético resultarían claras las semejanzas entre los signos cotejados, en cuanto que la expresión MASS (contenida en la marca cuyo registro se impugna) reproduce casi todas, y en el mismo orden, las letras de la palabra MAX (la cual conform ...mas

11001-03-24-000-2008-00445-00 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

PATENTE DE INVENCION – Obligatoriedad de acoger la posición del Tribunal de Justicia de la  Comunidad Andina   El contenido y alcance de la exigencia consagrada en el literal k) del artículo 26 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina es entonces el antes precisado, esto es, que el solicitante debe aportar copia del documento de cesión, siendo necesario que conste en él que dicho acto jurídico se surtió de acuerdo con las formalidades pertinent ...mas

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