Archivo de la Categoría 1.3.3.10 Sec. 1 2015

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

25000-23-24-000-2007-00118-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO – Amistad íntima entre el juez y alguna de las partes   Como los hechos manifestados por los mencionados Consejeros están erigidos como causal de impedimento en la disposición antes transcrita, debe la Sala aceptárselos y separarlos del conocimiento del presente proceso.   FUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL – ARTÍCULO 150 NUMERAL 9     CONSEJO D ...mas

25000-23-24-000-2006-00493-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

DERECHO DE AUDIENCIA Y DE DEFENSA – Deber de la administración de comunicar sus actuaciones   Estima la Sala en primer término que el cuestionamiento planteado en la apelación con respecto a la ratio decidendi, no solamente resulta muy precario y escueto sino que además de ello, soslaya el hecho de que si bien la Administración Distrital le brindó al señor JUVENAL GORDILLO la oportunidad de interponer los recursos de vía gubernativa contra la Resolución 061 ...mas

25000-23-24-000-2005-01399-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

ADICION DE LA SENTENCIA – El auto que la niega no es susceptible de recursos / RECURSO DE REPOSICION – Rechazo por improcedencia   El Código de Procedimiento Civil, bajo el cual se analizó la solicitud de aclaración y adición de la sentencia elevada por el tercero interesado, prevé en el artículo 309 que el auto que resuelve sobre la aclaración de la sentencia no es susceptible de recursos. Como mediante auto de 4 de septiembre de 2014 se negó la adición ...mas

25000-23-24-000-2003-00687-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

CONCESION DE AGUAS – Previa aprobación de obras para su uso / CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL GUAVIO – Sanción por uso ilegal de aguas / LICENCIA AMBIENTAL – Se requiere para la construcción de acueducto   Es así como las obras se realizaron sin estar aprobados los planos y memorias los cuales fueron aceptados, como ya se estableció mediante Resolución 223 de 12 de agosto de 1998. Además, no existe prueba de que la CAR, hubiera aprobado las ...mas

25000-23-24-000-2002-00992-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE CON UNA ENTIDAD ESTATAL – Este tiene la naturaleza de contrato estatal. Pago de cheques falsos o adulterados   Al suscribir el contrato de cuenta corriente con una entidad estatal, éste adquiere la naturaleza de contrato estatal y por ende, las entidades bancarias en su calidad de contratistas, responden fiscalmente cuando realizan el pago de cheques falsos o adulterados, si con su proceder descuidado o negligente contribuyeron con el d ...mas

23001-23-33-000-2013-00361-01(AP) Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Finalidad. Protección de derechos e intereses colectivos   La acción popular, consagrada en el inciso primero del artículo 88 de la Constitución Política y reglamentada por la Ley 472 de 1998, tiene como finalidad la protección de los derechos e intereses colectivos, cuando éstos resulten amenazados o vulnerados, exista peligro o agravio o un daño contingente por la acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares, cuando ...mas

20001-23-31-000-2004-02401-02(AP)A Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

DESACATO - Noción / DESACATO - Elementos   El desacato se concibe como una herramienta jurídica frente a la desatención de una orden proferida por la autoridad competente en el curso del trámite de la acción popular y trae como consecuencia la imposición de una sanción de multa conmutable en arresto, previo trámite incidental especial, consultable con el superior jerárquico, quien decidirá si debe revocarse o no. El elemento objetivo en el desac ...mas

18001-23-31-000-2011-00256-01(AP) Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Características normativas   El artículo 2, inciso segundo, de la Ley 472 de 1998, en desarrollo del artículo 88 de la Constitución Política, dispone que las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible; y al tenor del artículo 9 ibídem, esas acci ...mas

17001-23-31-000-2006-00190-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

CESION DE INMUEBLES DE PROPIEDEAD E LA NACION A ENTIDADES TERRITORIALES – Inmuebles dedicados al servicio educativo. Exclusividad del servicio de educación. Extinción del derecho   Por su parte el parágrafo del artículo 212 de la Ley 115 de 1994, para la transferencia a las entidades territoriales de los bienes nacionales destinados a la prestación del servicio educativo prescribió que “deberán dedicarse con exclusividad a la prestación del servicio educat ...mas

15001-23-31-000-2012-00074-01(AP) Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES - Competencias de los Municipios / GESTION DEL RIESGO - Concepto   Los entes Municipales cuentan con sendas competencias específicas en la prevención y atención de desastres, las cuales pueden ser financiadas con recursos propios, del Sistema General de Participaciones o de otros recursos. Estas competencias no se limitan a las zonas de alto riesgo ni se agotan con la reubicación de asentamientos. La gestión del riesgo, entendida como la políti ...mas

15001-23-31-000-2011-00031-01(AP) Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

FALLO EXTRA PETITA - Condena más allá de lo pedido y debatido en el proceso / FALLO EXTRA PETITA QUE CARECE DE MOTIVACION - Contraría el principio de congruencia y el derecho al debido proceso   La Sala estima oportuno resaltar que aun cuando el fallo declaró a USOCHICAMOCHA, al INCODER y al municipio de TOCA, responsables de la amenaza y vulneración de los derechos colectivos relacionados con el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes ...mas

13001-33-31-002-2008-00430-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

PERENCIÓN DEL PROCESO – Por inactividad superior a seis meses por parte del demandante   La actora alega que después de proferirse el auto que puso en conocimiento la inexistencia de la dirección de notificación de la Sociedad Sierra Misco, radicó sendos memoriales en los que informaba que desconocía el domicilio de la misma, por lo que solicitaba su emplazamiento. Frente a lo anterior, la Sala verificó el expediente de la referencia y constató que a folio 2 ...mas

13001-23-31-000-2012-00005-02(PI) Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE INVESTIDURA DE DIPUTADO – La doble militancia no configura causal de pérdida de investidura   A los partidos políticos les corresponde ejercer mediante sus reglamentaciones internas el control y la vigilancia para evitar que sus afiliados incurran en doble militancia, con las consecuencias que ello les acarrearía. La doble militancia no configura causal de pérdida de investidura. Así, no viene a lugar entrar a analizar las circunstancias específicas ...mas

13001-23-31-000-2007-00144-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

CARGA CONSOLIDADA – la mercancía tiene que ser agrupada en un contenedor o unidad de carga   La carga consolidada es identificable en la medida en que, por un lado, los documentos de transporte revelen el agrupamiento de la mercancía en la correspondiente unidad de carga, es decir, que esta no venga suelta; y, por el otro, que en caso de existir B/L máster e hijo, ambos relacionen exactamente la misma mercancía y ésta pertenezca a un solo consignat ...mas

13001-23-31-000-2004-00482-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

NULIDAD PROCESAL – Principio de taxatividad. Ausencia del expediente administrativo no se consolida como causal. Si las irregularidades no se alegan se entienden por saneadas.   Nótese que la norma no se refiere al hecho de que verse en el expediente una prueba distinta de la solicitada sino a la omisión de los términos probatorios pertinentes al proceso; luego, en estricto sentido, y bajo un entendimiento exegético de la disposición legal no habría lugar a re ...mas

13001-23-31-000-1998-00348-01 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - Toma de posesión con fines liquidatarios sobre la Electrificadora de Magangué S.A. E.S.P. / TOMA DE POSESION – Consecuencias. Separación de empleados / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO – Procede frente al acto que dispone separar al revisor fiscal / LEGITIMACION EN LA CAUSA POR ACTIVA – Lo está para incoar la acción de nulidad y restablecimiento del derecho la persona que se crea lesionada en un derecho ...mas

11001-03-24-000-2012-00205-00 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

RECURSO DE SUPLICA / RECHAZO DE LA DEMANDA – El término para presentar la solicitud de conciliación prejudicial es antes de que caduque la acción   Como quiera que la Resolución del 25 de enero de 2012, fue notificada personalmente al actor el 9 de febrero de 2012, se entiende que para efectos de determinar si la acción de nulidad y restablecimiento del derecho caducó, el término de los cuatro (4) meses se empieza a contabilizar desde el día siguiente de su ...mas

11001-03-24-000-2011-00160-00 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE LA SEPARACION DE PODERES – Alcance / AUTONOMIA PRESUPUESTAL – De los miembros que integran el presupuesto   Dentro de este contexto, resulta fundamental precisar por la Sala que el principio de la separación de poderes, como elemento fundante de la Constitución Política, garantiza la autonomía e independencia de las ramas del poder público, luego su desconocimiento implicaría afectación directa de la Carta Política, al pretender ...mas

11001-03-24-000-2010-00442-00 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA – Auto de rechazo de la demanda. Se confirma / RECHAZO DE LA DEMANDA – Por no subsanarla aportando la constancia de notificación de los actos acusados   Revisado el expediente se advierte que la sociedad COPA aportó con la demanda copia del derecho de petición dirigido a la Superintendencia de Industria y Comercio con el objeto de que le expidieran copias auténticas de la Resoluciones números 50777 del 30 de septiembre de 2009, 6 ...mas

11001-03-24-000-2010-00364-00_1 Sección 1 2015 [Consejo de Estado]

FUNCION LEGISLATIVA – Compete al Congreso de la República / POTESTAD REGLAMENTARIA – Es competencia del Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de la República / MINISTERIOS - Potestad regulativa residual   De conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la función de legislar se encuentra en cabeza del órgano de representación popular, el Congreso de la República y únicamente en forma excepcional dicha facultad puede ser entregada al Pr ...mas

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