Artículos Destacados

No hay ningún artículo disponible

Lista Artículos

EXP2000-NS807 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Prosperidad del recurso ante contrariedad jurisprudencial / INDEBIDA ACUMULACION DE ACCIONES O PRETENSIONES - Debe admitirse la demanda en lo que sea competencia del Tribunal / ADMISION DE LA DEMANDA - Indebida acumulación de acciones y o pretensiones   En el caso concreto, el primero de los autos suplicados, proferido por la Sección Segunda Subsección B de esta Corporación el día 27 de noviembre de 1997, confirmó la inadmisión de la demanda ...mas

EXP2000-NS761 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

  ESTADO SOCIAL DE DERECHO - El poder del legislador es pleno En la concepción del Estado social de derecho organizado en forma de república unitaria, el poder del legislador es pleno, puede crear o modificar impuestos como el de registro, así como regular lo atinente a elementos del mismo, así se trate de un impuesto departamental, aclarando de una vez que, los bienes y rentas tributarias que protege el artículo 362 de la Carta Política en favor de las entida ...mas

EXP2000-NS749 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA EXTERNA - Inexistencia de violación / RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Inexistencia de violación del principio de congruencia externa / INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - No prospera el recurso extraordinario de súplica frente a sentencia que ordenó reintegro   Queda sin sustento la pretendida violación del principio de la congruencia alegada por el actor, según el cual, al no haber mencionado éste en su demanda el artículo 74 del Decreto 10 ...mas

EXP2000-NS730 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Inexistencia de contrariedad jurisprudencial / FALLO PENAL - En este se comprobó que el agente de la administración actuó en legítima defensa   Concluye la Sala, no puede considerarse como contrariada la jurisprudencia que se reputa como tal por la sentencia objeto de súplica, pues  en el caso que se falló mediante la primera, se reitera, la víctima se encontraba inmóvil y nada autorizaba al agente dispararle,  en tanto que en el caso fall ...mas

EXP2000-NS729 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Liquidación unilateral del contrato / LIQUIDACIÓN UNILATERAL DE CONTRATO - Oportunidad para hacerlo   Ahora bien, como el extremo temporal de referencia para establecer la procedencia de la liquidación de que se habla, es la fecha de terminación del contrato, que para el caso, bien cabe situarse en el 6 de agosto de 1988, según el contrato adicional 281, o el 30 de septiembre de 1.988, cuando se suscribió el acta de recibo final de obra ...mas

EXP2000-NS725 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Violación principio de congruencia / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - Violación   Son distintos, pues, los hechos alegados por la demandante y aquel con causa en el cual se hizo la condena, y distintas por lo mismo la condena pedida y la impuesta. Se condenó a Carbocol a prestación distinta de la pedida, por causa distinta de la alegada. En suma, no es incongruente la sentencia en lo que declaró, en el punto segundo de la parte resolutiva, ...mas

EXP2000-NS660 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Causa petendi / HECHOS - Causa petendi de la demanda / PROCESO - Realidad histórica / ACCION CONTRACTUAL - Presupuestos fácticos y acervo probatorio   Del cotejo del fallo recurrido con las directrices expuestas en la sentencia pretranscrita, - que en el recurso se  considera desconocida- no se evidencia contradicción ni discordancia, sino, antes, por el contrario, consonancia y armonía. En efecto,  mientras en la sentencia presuntam ...mas

EXP2000-NS658 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Inexistencia de contrariedad jurisprudencial / PENSION DE JUBILACIÓN - Improcedencia del reajuste por derogatoria de la norma fundamento de la petición / PRINCIPIO DE LA SEGURIDAD JURÍDICA - Inexistencia de violación   Encuentra la Sala que lo expuesto en la sentencia recurrida para nada controvierte dicha jurisprudencia, pues si bien es cierto que la misma señala que la normatividad en la cual funda su petición el actor fue d ...mas

EXP2000-NS643 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

CONTRATO ADMINISTRATIVO - Término de duración de la cláusula de caducidad / CLAUSULA DE CADUCIDAD - Imposibilidad de aplicarla

  Frente al primer cargo, observa la Sala que si bien es cierto que la sentencia de la Sala Plena que se estima contrariada afirma que la cláusula de caducidad dura tanto como el contrato, también lo es que la sentencia suplicada de la Sección Tercera en manera alguna está contradiciendo dicha afirmación, pues lo que en realidad sosti ...mas

EXP2000-NS639 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Inexistencia de contrariedad jurisprudencial / CADUCIDAD DEL CONTRATO - La sentencia suplicada no se ocupo de este tema, por tanto no procede el recurso   La Sala no declarará la prosperidad del recurso de súplica objeto del presente análisis, dado que la sentencia proferida por la Sección Tercera de esta Corporación declaró de oficio la excepción de cosa juzgada, por cuanto la misma Sección, mediante sentencia de 4 de diciembre de 1 ...mas

EXP2000-NS571 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Congruencia externa de la sentencia / SENTENCIA - Congruencia externa / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - Transgresión

 

La congruencia externa de la sentencia, como lo señalan las diferentes providencias invocadas por la recurrente, se refiere a la concordancia entre lo resuelto y los pedimentos de las partes; este principio tiene su fundamento en el artículo 170 del C. C. A., modificado por el artículo 38 del decr ...mas

EXP2000-NS542 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Agente oficioso / AGENTE OFICIOSO - Improcedencia en recurso de súplica   Pretende el profesional del derecho, actuar como agente Oficioso del demandante para la presentación del recurso extraordinario de súplica, situación que no es de recibo por las siguientes razones: 1) El artículo 47 del Código de Procedimiento Civil aplicable, señala que esta figura es para la presentación de la demanda y no para interponer recursos. 2) No ex ...mas

EXP2000-NS399 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Objeto y finalidad   En síntesis, la súplica, strictu sensu, excluye categóricamente el examen o verificación de todo asunto de hecho;  advirtiendo sí, que dada la naturaleza y fines de este recurso es la sentencia recurrida “la que constituye el hecho o la materia sujetos al debate, (…)”. Lo cual marca una nítida diferencia con las instancias del juicio contencioso administrativo, en las cuales el objeto de la litis está con ...mas

EXP2000-NS393 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Requisitos / LEY SUBSTANCIAL - Concepto / LEY SUBSTANCIAL - Causales de violación directa / VIOLACION DIRECTA DE LA LEY - Violación por comisión o acción del juez y por omisión del juez / RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Inadmisión   De conformidad con  el art. 194 del C.C.A., modificado por la ley 446/98, se deducen dos requisitos para el recurso extraordinario de súplica: - El de invocación concierne a la causal del recurso, ...mas

EXP2000-NS363 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Facultades del Procurador General de la nación en materia de interpretación para desentrañar carácter disciplinable de hechos investigados / CONTROL JURISDICCIONAL - La evaluación de la validez temporal de una norma es diferente al juzgamiento del valor intrínseco de la misma / CONTRALOR DE CUNDINAMARCA - Procedencia de sanción disciplinaria en su contra / PROCURADURIA  GENRAL DE LA NACION - Facultades en materia de interpretación para desentrañar ...mas

EXP2000-NS359 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - No procede acusación al mismo tiempo por aplicación indebida y por interpretación errónea de una norma   Si la indebida aplicación de una norma, parte de la base de que ésta no es pertinente al caso, y  la errónea interpretación  consiste en que se le fija un alcance equivocado a la que sí concierne al pleito, es evidente para la Sala que no es posible formular una acusación, al mismo tiempo, por aplicación indebida y po ...mas

EXP2000-NS297 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Improcedencia por no darse la violación directa de norma sustancial / VIOLACION DIRECTA DE NORMA SUSTANCIAL - Recurso Extraordinario de Súplica no permite nuevo análisis probatorio / ASESOR DE PROCURADURIA DEPARTAMENTAL - Nulidad del nombramiento   Previamente a determinar el fondo del asunto debe establecerse de qué clase de normas se trata, si de carácter sustancial o formal; sobre este tópico cabe decir, que las primeras, son preceptos jur ...mas

EXP2000-NS295 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Requisitos. Motivos que permiten tipificar la causal única de súplica.   Los motivos  que permiten tipificar la causal única  de suplica prevista como la violación directa de norma sustancial, se configuran según la ley,  bajo los siguientes conceptos: aplicación indebida, cuando la norma se aplica sin ser pertinente al caso debatido; falta de aplicación, cuando siendo pertinente el precepto legal al caso controvertido dejó ...mas

EXP2000-NS266 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Sentencia no es pasible de recurso alguno / CONDENA EN COSTAS - Procedencia en recurso extraordinario de súplica   El señor Juan Carlos Cadavid de la Pava, impetrante del recurso extraordinario en mención, a través de su apoderado, manifiesta que se opone a la condena en costas que se ordenó en la sentencia de 8 de agosto de 2000, proferida por esta Sala, decisoria del citado recurso, debido a que a su  juicio es de reconocida clarid ...mas

EXP2000-NS248 Sala Plena 2000 [Consejo de Estado]

RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Objeto y requisitos / VIOLACION DIRECTA DE NORMA SUBSTANCIAL - Concepto. Origen y formas del quebranto   Se infieren del artículo 57 de la ley 446 de 1998,  dos puntos: de un lado, el objeto del recurso, cual es velar por la correcta aplicación de las leyes de contenido substancial. Y  de otro lado se deducen los requisitos establecidos para la presentación del recurso. Esos requisitos son: uno de invocación y dos de desarrollo.  1. El de inv ...mas

1 2 3 4 ...50