Archivo de la Categoría 1.3.3.18 Sec. 1 2007

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

15001-23-31-000-2003-00572-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION EN ACCION POPULAR - Procede contra el auto que declara terminado el proceso por hecho superado y niega incentivo / TERMINACION DEL PROCESO POR HECHO SUPERADO - Procedencia del recurso de apelación   La Sala, en primer lugar, estima pertinente señalar que no obstante lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 472 de 1998, la providencia mediante la cual se declara la terminación del proceso es susceptible del recurso de apelación, en aplicación ...mas

15001-23-31-000-2002-03849-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

CUERPO DE BOMBEROS DEL MUNICIPIO DE RAMIRIQUI - Invulneración de derechos colectivos por falta de prueba de la amenaza o agravio   En el caso concreto el actor no demostró la insuficiencia de elementos para la protección de los derechos colectivos, sino que simplemente se limitó a aportar un documento en el que se mencionan los municipios de Boyacá que tienen cuerpo de bomberos, lo que no puede llevar a concluir que el Municipio de Ramiriquí no haya implementado otr ...mas

15001-23-31-000-2002-03656-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

DERECHO O INTERES COLECTIVO - La enumeración del artículo 88 de la Constitución Política no es taxativa: requiere reconocimiento normativo / LIBRE LOCOMOCION - No constituye interés colectivo   Por eso ha dicho la Corte Constitucional que es imposible enmarcar el interés colectivo en un ámbito meramente subjetivo o particular, pero que cualquier persona perteneciente a un grupo o una comunidad puede acudir ante los jueces para exigir la defensa de tal colectivi ...mas

15001-23-31-000-2002-02715-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

AUTOPSIAS - Definición; clases; lugares para su práctica; regulación legal / SALA DE NECROPSIAS - Plazo de construcción o adecuación; requisitos mínimos; sanciones   Mediante el Decreto 786 del 16 de abril de 1990 se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la práctica de autopsias clínicas y medico legales, así como viscerotomías y se dictan otras disposiciones. Por mandato del artículo 1°, ibídem, se denomina autopsia o necropsia “al pro ...mas

15001-23-31-000-2001-02598-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

INCENTIVO - Reconocimiento ante diligente actuación del actor   Las pruebas indicadas demuestran en forma diáfana la diligencia debida del actor popular, en aras de obtener la protección de los intereses colectivos invocados en la demanda. Por lo tanto, no le asiste razón al a quo al negarle el reconocimiento del incentivo económico previsto en el artículo 39 de la Ley 472 de 1998, como quiera que la sentencia que puso fin al proceso acogió las pretensiones de la demanda ...mas

15001-23-31-000-2001-02420-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

MATADERO MUNICIPAL DE MONIQUIRA - Vulneración de los derechos colectivos al medio ambiente y seguridad pública   Resulta evidente que la situación del matadero municipal de Moniquirá (Boyacá) mejoró en comparación con la existente en el año 2003 consignada en el informe pericial que sirvió de fundamentó al a-quo para decidir en primera instancia, y que a fin de realizar la comparación respectiva se trascribe a continuación (…). Empero, sin desconocer el ...mas

15001-23-31-000-2001-01950-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

VERTIMIENTO DE AGUAS SERVIDAS Y RESIDUALES EN RIO CHICAMOCHA - Invulneración de derechos colectivos ante construcción de planta de tratamiento en inclusión en P.O.T. y Plan de Desarrollo / RIO CHICAMOCHA - Invulneración de derechos colectivos ante planta de tratamiento en construcción en Municipio de Paipa / CANAL DE VARGAS EN MUNICIPIO DE PAIPA - Invulneración de derechos colectivos ante gestión de Usichicamocha   Toda esta relación de trabajos realizados des ...mas

15001-23-31-000-2001-01930-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

COSA JUZGADA EN ACCION POPULAR - No se configura ante falta de identidad en las pretensiones   Esta Sala ha precisado que la prosperidad de la cosa juzgada exige que entre la acción que se tramita y la ya juzgada exista identidad de objeto e identidad de causa. La identidad de objeto exige que la petición en los dos procesos sea la misma, y la identidad de causa implica que los fundamentos fácticos y jurídicos de la pretensión sean los mismos. Los hechos causante ...mas

15001-23-31-000-2001-00085-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

INDEMNIZACION DE PERJUICIO EN ACCION POPULAR - No procede a favor de particulares pero si de entidad pública   La pretensión de los actores encaminada a que se indemnicen los daños y perjuicios ocasionados por el daño ambiental al ecosistema de la Laguna de Fúquene a las personas directamente afectadas y a las que llegaren a demostrarlo en concreto es impróspera, pues según  el artículo  34 de la Ley 472 de 1998 la condena al pago de los perjuicios causados ...mas

15000-23-31-000-2003-01229-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

TEORIA DE LOS MOTIVOS Y FINALIDADES - Actos particulares contra los que procede acción de nulidad: los señalados en la ley; los de contenido económico y social; los de interés para la comunidad de alcance nacional / ACTOS DE CARACTER PARTICULAR CONTRA LOS QUE PROCEDE ACCION DE NULIDAD - Determinación jurisprudencial: Teoría de los motivos   Para esclarecer lo anterior es del caso traer a colación la teoría de los motivos y finalidades de las acciones consagradas en los artícu ...mas

13001-23-31-000-2007-00490-01(AC) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

TRIBUNAL MEDICO LABORAL - Naturaleza; carencia de personería al ser parte de Mindefensa / FALTA DE NOTIFICACION DEL AUTO ADMISORIO DE LA TUTELA - Invulneración del derecho de defensa al notificarse al Mindefensa y no al médico laboral   El motivo de impugnación del Tribunal Médico Laboral del Ministerio de Defensa consiste en la presunta vulneración de su derecho de defensa durante el trámite de la presente acción de tutela, habida cuenta que no le fue notific ...mas

13001-23-31-000-2006-01534-01(AC) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

PLAYONES COMUNALES - Pertenecen a la Nación / PREDIOS RURALES - Clasificación de la propiedad; competencia del INCODER / CLASIFICACION DE LA PROPIEDAD RURAL - Acción de revisión ante el Consejo de Estado; improcedencia de tutela   Pues bien, en la forma y términos en que fue planteada la solicitud de tutela objeto de examen, considera la Sala que la misma deviene improcedente, por las siguientes razones: Según la demanda, los predios objeto de la misma que se encuen ...mas

13001-23-31-000-2006-01531-01(AC) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

PRESUNCION DE VERACIDAD - Aplicación ante falta de informe del demandado en tutela / SUBSIDIO PARA AMPLIACION DE VIVIENDA - Violación del derecho de petición / EXONERACION DEL AHORRO PREVIO - Omisión en respuesta viola derecho de petición   Se observa, así mismo, que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no presentó dentro del termino señalado en el auto del 30 de noviembre de 2005 el informe que le solicitó el Tribunal sobre los hechos que ...mas

13001-23-31-000-2006-01489-01(AC) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

CONCURSO DE MERITOS - Error en inadmisión corregido en vía gubernativa: invulneración de derechos fundamentales / INADMISION EN CONCURSO DE MERITOS - Error corregido en vía gubernativa no vulnera derechos fundamentales / PROFESIONAL UNIVERSITARIO DE JUZGADO ADMINISTRATIVO - Requisito de experiencia   De lo reseñado, forzoso es concluir que la entidad demandada al inadmitir al actor en el Concurso de Méritos destinado a la conformación del Registro ...mas

13001-23-31-000-2006-01447-01(AC) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

PROGRAMA DE REINSERTADOS - Protección al mínimo vital; aunque no se trata de salario: cesación de la actuación impugnada por pago   Lo anterior pone de manifiesto que le asiste razón a la entidad demandada cuando afirma que el dinero que percibe el señor Sincelejo Paternina, no constituye salario por cuanto no hay vínculo laboral con la entidad demandada, sino que se trata de una ayuda económica que el Gobierno Nacional le dispensa a las personas que de manera vol ...mas

13001-23-31-000-2006-01385-01(PI)A Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

ACLARACION DE SENTENCIA - No puede revivirse el examen de fondo; aclaración de la fecha de sentencia del a quo   Es evidente que en el memorial se controvierte el fundamento de la sentencia de la Sala, por omisiones que a juicio de quien lo suscribe se dieron en el examen de la demanda; en tanto que no se indica concepto o frase alguna que ofrezca verdadero motivo de duda;  luego lo que realmente se plantea es un nuevo debate sobre la demanda que dio lugar al proceso y, por consigui ...mas

13001-23-31-000-2006-01385-01(PI) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

CONCEJAL - Pérdida de la investidura por aceptación o desempeño de cargo público / RENUNCIA AL CARGO DE CONCEJAL - No le sustrae como sujeto pasivo y permanente de la pérdida de investidura / SUJETO PASIVO EN PERDIDA DE LA INVESTIDURA - No se pierde por renuncia al cargo de elección   Sobre lo primero, es de advertir que la calificación del sujeto pasivo de la acción no es un factor de competencia para conocer de la misma, sino que  constituye un presupuesto sustancial suyo, ...mas

13001-23-31-000-2006-01214-01 Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Presupuestos para su procedencia   Conforme a lo dispuesto en el artículo 238 de la Constitución Política, la jurisdicción de lo contencioso administrativo podrá suspender provisionalmente por los motivos y con los requisitos que establezca la ley, los efectos de los actos administrativos que sean susceptibles de impugnación por vía judicial.  En efecto, debe precisarse que la procedencia de la suspensión provisional supone que la i ...mas

13001-23-31-000-2005-00254-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA EN ACCION POPULAR - No procede respecto de determinados actores y pretensiones / VINCULACION DE PRESUNTOS RESPONSABLES EN ACCION POPULAR - Oficiosidad / OFICIOSIDAD EN ACCION POPULAR - Para vinculación de responsables y protección de derechos no invocados   El a-quo, mediante el auto apelado, admitió la demanda instaurada por ROVIRO CABRERA GALVIS, únicamente contra el DISTRITO DE CARTAGENA y la sociedad PROMOTORA EL RODEO S.A., y solamente respecto de la pri ...mas

13001-23-31-000-2005-00028-01(AP) Sección 1 2007 [Consejo de Estado]

FACTURA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - Definición; requisitos; plazo de expedición y entrega; límite de 2 meses del período de facturación   El artículo 148 de la Ley 142 de 994 dispone que las facturas contendrán como mínimo, información suficiente para que el suscriptor o usuario pueda establecer con facilidad si la empresa se ciñó a la ley y al contrato al elaborarlas, cómo se determinaron y valoraron sus consumos, cómo se comparan éstos y su precio con los de ...mas

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