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Lista Artículos

88001-23-31-000-1999-0007-01(6384) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - Sanciones por violación a los principios de eficiencia, calidad, continuidad y neutralidad / SERVICIO DE ELECTRICIDAD - Principios / SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - Sanción por interrupción en la distribución de fluido eléctrico   La sanción impuesta a la demandante por el equivalente a doscientos (200) salarios mínimos, se fundamentó en la supuesta violación del artículo 6º de la Ley 143 de 1994 y 6º, l ...mas

85001-23-31-000-2000-0013-01(AG-010) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

ALUMBRADO PUBLICO - Procedencia   del cobro de una contribución fiscal / TASA  DE ALUMBRADO PUBLICO - Procedencia de su cobro   El impuesto de alumbrado público tuvo su origen en la ley 97 de 1913, que autorizó al concejo municipal de Bogotá para crear, entre otros, el impuesto sobre el servicio de alumbrado público. Esa facultad fue extendida por la ley 84 de 1915 a los demás concejos municipales. La Sección Cuarta de la Corporación al resolve ...mas

85001-23-31-000-1999-0382-02(6078) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

SOBRETASA  A LA GASOLINA Y AL A.C.P.M. - Titularización de los recursos para efectos de capacidad de pago / TITULARIZACION - Concepto: operación de financiamiento que anticipa la realización de actos, inversiones y rentas / TITULARIZACION - Diferencia con disposición de recursos   La titularización, según definición que consagra la Circular Externa núm. 002 de abril de 1997, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es una “operación de financiamiento que anticipa la ...mas

85001-23-31-000-1999-0318-02(6236) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

CATEGORIZACION DE MUNICIPIOS - Requisitos de ingresos y población / MUNICIPIO - Requisitos para recategorización según ingresos y población / ACUERDO 26 DE 1999 DEL CONCEJO DE AGUAZUL - Suspensión provisional   En el presente caso se observa que el Tribunal mediante auto de 4 de noviembre de 1999, decretó la suspensión provisional del Acuerdo 026 de 12 de agosto de 1999, mediante el cual el Concejo categorizó el municipio en  tercera categoría, auto que confirm ...mas

76001-23-31-000-2001-1298-01 (1298) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCIÓN PRIMERA   Consejero ponente: CAMILO ARCINIEGAS ANDRADE   Bogotá D.C., dieciocho (18) de julio de dos mil uno (2001)   Radicación numero: 76001-23-31-000-2001-1298-01(1298)   ...mas

76001-23-31-000-2001-0987-01(ACU) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Obligación de avaluar los inmuebles ofrecidos en pago de la contribución de valorización / DACION EN PAGO - Obligatoriedad de su trámite según resolución 394/98 del Municipio de Cali / CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN - Dación en pago   Para la Sala,  el  municipio de Cali contrajo en virtud del artículo 2º. de la Resolución 267 de 19 de julio de 1999 la obligación de avaluar los lotes ofrecidos por CRISTALINDA S.A. en pago de la contri ...mas

76001-23-31-000-2001-0912-02(AP) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR - Recurso de apelación respecto de medidas cautelares / MEDIDAS CAUTELARES EN ACCION POPULAR - Recurso de apelación solo procede contra el auto que las decrete y a instancia del demandado   En la específica materia de medidas cautelares, el artículo 26 de la Ley 472 dispuso: «Art. 26. Oposición a las medidas cautelares. El auto que decrete las medidas previas será notificado al demandado simultáneamente con la admisión de la demanda y podrá ser objeto de los r ...mas

76001-23-31-000-2001-0910-01 Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION - Su reliquidación no procede por vía de tutela máxime cuando no se agota la vía gubernativa / RELIQUIDACION DE PENSION - Procede acción contenciosa administrativa   Pues bien, en la Resolución 005645 de 11 de abril de 2000, mediante la cual se reconoció y ordenó el pago de la pensión mensual vitalicia de jubilación en favor de LIDA MARIA FAJARDO VARGAS, se le hizo saber que en caso de inconformidad podía interponer los re ...mas

76001-23-31-000-2000-2012-01(AP-095) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

ESPACIO PUBLICO - Derecho constitucional de carácter colectivo / ESPACIO PUBLICO - Deberes de las autoridades públicas   El Espacio Público, es un derecho constitucional de carácter colectivo, instituido expresamente en  el  artículo 82  de la Constitución bajo el título de los Derechos Colectivos y del Ambiente. Además, aparece relacionado en la lista enunciativa de derechos que contiene el inciso primero del Artículo 88 de la Carta como objeto de las cit ...mas

76001-23-31-000-2000-1144-01(AP-025) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR / INCENTIVO - Improcedencia de su reconocimiento en forma solidaria / BASURAS - Recolección dependiente de una previa contratación / INCENTIVO - Su pago no exonera a la entidad que no depende de una relación contractual previa para propender el cumplimiento de sus funciones / DERECHO COLECTIVO A UN AMBIENTE SANO / DERECHO COLECTIVO AL ESPACIO PUBLICO   Por lo tanto, en principio, independientemente de la labor propia de las entidades demandadas, el recon ...mas

76001-23-31-000-2000-01144-01 (AP-1144) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

ACCION POPULAR / INCENTIVO - Improcedencia de su reconocimiento en forma solidaria / BASURAS - Recolección dependiente de una previa contratación / INCENTIVO - Su pago no exonera a la entidad que no depende de una relación contractual previa para propender el cumplimiento de sus funciones / DERECHO COLECTIVO A UN AMBIENTE SANO / DERECHO COLECTIVO AL ESPACIO PUBLICO   Por lo tanto, en principio, independientemente de la labor propia de las entidades dem ...mas

76001-23-31-000-1998-1190-01(6338) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

DECOMISO DE MERCANCÍAS - La falta del numero serial no siempre es suficiente para considerarla como no declarada / SERIAL - No es elemento individualizador de la mercancía en elementos que no son de frecuente ni masiva importación / MERCANCÍA NO DECLARADA - Improcedencia   Como en anteriores oportunidades lo ha sostenido la Sala, , el artículo 72 del Decreto 1909 de 1992 considera que la mercancía no fue declarada cuando “… se haya omitido la descripción de la mercancía ...mas

76001-23-25-000-1999-0265-01(6667) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

MANIFIESTO DE CARGA - Errores en la descripción imputables al embarcador / ERRORES EN LA DESCRIPCIÓN EN EL MANIFIESTO DE CARGA - Corrección ante la DIAN antes del descargue a través de soporte documental   La situación descrita obedeció a un error en uno de los dos manifiestos de embarque elaborados por el “embarcador”. Al anterior documento se adiciona la lista de empaque núm. C93/82 de 1 de febrero de 1994 y la factura comercial núm. C93/82 de 1 de febrero de 1994, las c ...mas

76001-23-25-000-1998-0740-01(6877) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

DESCRIPCION DE LA MERCANCÍA - Características que son enunciativas y no taxativas / DESCRIPCION DE LA MERCANCÍA - Elementos no esenciales que no afectan su naturaleza / DECOMISO DE MERCANCÍAS - Nulidad de los actos que la ordenaron por falta de análisis de conjunto de los documentos de importación / HILOS - Elementos no esenciales en su descripción para efectos de importación / PRESUNCION DE LA BUENA FE - Aplicación   A folio 108  se encuentra copia de la Resolución Nº 295 ...mas

76001-23-25-000-1997-5306-01(6989) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Ejecución de la garantía por incumplimiento de su finalización / GARANTIA GLOBAL - Determinación  de su cuantía por el valor de tributos a pagar ante incumplimiento en finalización del régimen de tránsito aduanero Del recurso impetrado por la entidad demandada, cabe decir que le asiste razón, toda vez que en el acto acusado no se le está haciendo a la actora responsable de los tributos de la mercancía, sino que lo dispuesto fue hacer efectiv ...mas

76001-23-25-000-1997-4904-01(6043) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Ante el incumplimiento en su finalización el responsable es el transportador y no el declarante / REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - La efectivización de la póliza no constituye sanción sino ejecución de una garantía / TRANSPORTADOR - Responsable ante incumplimiento en finalización del régimen de tránsito aduanero / GARANTIAS EN EL REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Efectivización ante incumplimiento en su finalización   La Sala estim ...mas

76001-23-25-000-1997-4356-01(5734) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Exoneración de responsabilidad del transportador / EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTADOR - Por daño inherente de la cosa transportada no originado por su negligencia / CAUSA DEL DAÑO - Para que sea exonerativa debe provenir de hechos de terceros o de un hecho de la naturaleza / DAÑO POR VICIO INHERENTE A LA COSA TRANSPORTADA - Libera al transportador de responsabilidad por declaración inexacta / IMPREVISIBILIDAD E IRRESISTIBILIDAD - Elementos de la ...mas

76001-23-25-000-1996-2466-01(6136) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

REQUERIMIENTO ESPECIAL ADUANERO - Para corrección de la declaración por reclasificación de la mercancía en la posición arancelaria / REQUERIMIENTO ESPECIAL ADUANERO - Es auto de trámite en el procedimiento administrativo / AMPLIACION DEL REQUERIMIENTO ESPECIAL ADUANERO - Es auto de trámite / PERMANENCIA DE LA MERCANCÍA EN DEPOSITO - Es auto de trámite que dispone desde cuando empiezan los términos de almacenamiento para obtener el levante / ACTOS DE TRAMITE - No son demandables por no ...mas

76001-23-24-000-1998-1256-01(6773) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Incumplimiento de su finalización hace exigible la póliza que lo garantizaba   De tal manera que no puede afirmarse enfáticamente que la actora sí hubiera cumplido con la obligación de finalizar el tránsito aduanero en la aduana de destino en la fecha límite que tenía, esto es, hasta el 11 de abril de 1995, pues, de una parte, como ya se dijo, en la vía gubernativa no alegó esta circunstancia y, por el contrario, admitió un retardo, solo que a ...mas

76001-23-24-000-1998-1234-01(6224) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Concepto / REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO - Incumplimiento / HECHO NUEVO - Lo es el no aducido en los cargos ni debatido en primera instancia   En el punto del incumplimiento de la obligación del actor,  sucede que el tránsito aduanero es el régimen o modalidad que permite el transporte de mercancías nacionales de procedencia extranjera, bajo control aduanero, de una aduana a otra situada en el territorio nacional, con una duración limit ...mas

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