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76001-23-31-000-2006-02559-01(17761) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO AVISOS Y TABLEROS – Impuesto del orden municipal que grava el ejercicio de cualquier actividad industrial, comercio o de servicios / ACTIVIDAD COMERCIAL – Definición / ACTIVIDAD INDUSTRIAL – Actividades que comprende / ACTIVIDAD DE SERVICIOS – Definición / IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – Base gravable   El impuesto de industria, comercio, avisos y tableros, es un impuesto del orden municipal que grava el ej ...more

76001-23-31-000-2006-02547-01(0855-12)_1 Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS – Competencia / CONVENCION COLECTIVA – Empleado publico   Se consideró que la imposibilidad de los empleados públicos de presentar pliegos de peticiones y celebrar convenciones colectivas no riñe con el ordenamiento jurídico superior, en la medida en que la negociación colectiva no se identifica con dichos institutos, sino que comprende un mayor campo de acción a través de diversas figuras q ...more

76001-23-31-000-2006-02546-01(2007-09)_1 Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Reconocimiento y pago a cargo de la entidad empleadora   Si bien, para la fecha en que se efectúo el reconocimiento pensional, (21 de septiembre de 2000) no se había expedido el Decreto 2527 de 2000, ya que se expidió el 4 de diciembre de ese año, el artículo 52 de la Ley 100 reglamentado, dejó la posibilidad para que las entidades que venían administrando las pensiones de jubilación continuaran haciéndolo. Uno de los argumentos del ...more

76001-23-31-000-2006-02531-01(1148-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., quince (15) de mayo de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 76001-23-31-000-2006-02531-01(1148-07) ...more

76001-23-31-000-2006-02495-01(0340-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Entidad obligada a su reconocimiento en el régimen de transición   El régimen de transición de La ley 100 de 1993, no regula sobre a qué entidad le corresponde asumir la obligación de pensionar;  lo cierto es que tratándose  del régimen pensional del Seguro Social la pensión debe ser reconocida por este Instituto  y si es el régimen pensional del sector público, la pensión del régimen de transición debe ser recon ...more

76001-23-31-000-2006-02165-01(0787-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA DE EMPLEADA LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION DE LA RAMA JUDICIAL – Facultad discrecional. Cumplimiento de  requisitos del cargo. Desviación de poder   El numeral 9º del artículo 149 de la Ley 270 de 1996, establece como causal de retiro del servicio, la declaratoria de insubsistencia y establecido como está y no es materia de discusión que la actora desempeñaba un cargo de libre nombramiento y remoción, bien podía el nominador hacer uso de dicha ...more

76001-23-31-000-2006-02109-01(17474) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

CONSEJO DE ESTADO – Competencia. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina / SANCION POR LA NO PRESENTACION DE LA LICENCIA PREVIA DE IMPORTACION – Competencia de la Sección Cuarta   La Sala considera que el Consejo de Estado es competente para conocer de esta demanda en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina y en el artículo 85 del C.C.A., pues independientemente de que la ...more

76001-23-31-000-2006-02097-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

DECOMISO DE MERCANCIA – Declaración anticipada de importación. Levante de la mercancía   Para la Sala es desacertado el argumento de la apelación, pues el Tribunal sí se refirió en el fallo apelado a esta acusación explicando, de un lado, que conforme a la normativa aduanera le asistía al declarante la obligación de presentar la declaración de importación anticipada, lo que en criterio del a quo descarta cualquier tipo de error como el aducido por la dem ...more

76001-23-31-000-2006-02053-01(0448-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Marco jurídico. Beneficiarios / LEY 33 DE 1985 - El quantum pensional se basa en el promedio que sirvió de aportes en el último año de servicio en un 75% / REGIMEN ESPECIAL PENSION GRACIA - Excepción por la ley 33 de 1985 / FACTORES SALARIALES - Debe efectuarse la liquidación sobre la totalidad de los factores salariales devengados en el año anterior   La pensión mensual vitalicia de jubilación, también denominada “Pensión Gr ...more

76001-23-31-000-2006-02042-01(17145) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

NORMA LOCAL - Es obligación aportarla por el demandante / DEMANDA - Debe anexarse las normas locales para la comparación con las normas invocadas   La sociedad actora plantea la falta de competencia con base en el artículo 98 del Decreto 523 de 1999, el cual tiene el carácter de Municipal y, según el cual, la competencia para expedir el requerimiento especial la ostentaba el Jefe de la División de Fiscalización y Control de Impuestos y Rentas Municipales, d ...more

76001-23-31-000-2006-01968-01(17318) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

AUDIENCIA PUBLICA – Improcedencia   El artículo 147 C.C.A. faculta al Consejo de Estado y a los tribunales administrativos para que, a solicitud de parte, decreten audiencias para aclarar puntos de hecho o de derecho que interesen en el proceso. La solicitud de audiencia, dice la norma, debe presentarse en el término de traslado para alegar de conclusión y antes de que el proceso ingrese al despacho del magistrado sustanciador para dictar sentencia. Si bien la p ...more

76001-23-31-000-2006-01775-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

RECURSO DE SUPLICA - Improcedencia   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 del C.C.A. el recurso ordinario de súplica procede contra los autos interlocutorios proferidos por el ponente en todas las instancias. En tal orden, coincide la Sala con el planteamiento de la DIAN al señalar que el recurso interpuesto por el apoderado de la sociedad MADSONS Y CIA LTDA., es improcedente pues pretende controvertir una sentencia, providencia ésta que como se dijo ...more

76001-23-31-000-2006-01754-01(0900-11) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

LITIS CONSORCIO NECESARIO – Configuración / INTEGRACION DEL CONTRADICTORIO – De oficio o a petición de parte   Al respecto la Sala señala, que el artículo 83 del C.P.C. que regula la figura del litis consorcio necesario y la integración del contradictorio, contempla la posibilidad para el juez de que en el auto que admite la demanda, se ordene dar traslado de esta a quienes falten para integrar el contradictorio en la forma y con el término de c ...more

76001-23-31-000-2006-01723-01(2697-08)_1 Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

ASIGNACION DE RETIRO – Fecha de ingreso al nivel ejecutivo. Régimen aplicable. Principio de favorabilidad   El régimen aplicable a los miembros de la Policía Nacional, en punto de la asignación de retiro,  inicialmente regulado en el Decreto 1213 de 1990 fue modificado con posterioridad, para el nivel ejecutivo, por el Decreto 1091 de 1995, bajo el entendido de que para acceder al reconocimiento y pago de tal prestación pensional ya no serían necesario acreditar 15 años de s ...more

76001-23-31-000-2006-01723-01(2697-08) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil once (2011)   Radicación número: 76001-23-31-000-2006-01723-01(2697-08) ...more

76001-23-31-000-2006-01711-01(17763) 1 Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

INGRESOS POR SERVICIOS DE SALUD PRESTADOS POR CLINICAS Y HOSPITALES - No están sujetos al impuesto de industria y comercio, independientemente de que los servicios estén o no incluidos en el POS / IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - Clínicas y hospitales - La no sujeción al ICA del artículo 39 numeral 2º literal d) de la Ley 14 de 1983 y el Decreto 352 de 2002 no está condicionada a que se pruebe la prestación gratuita de servicios de salud   S ...more

76001-23-31-000-2006-01624-01(17906) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – Cali / ACTIVIDAD INDUSTRIAL -  Conlleva a la comercial / ACTIVIDAD COMERCIAL – Concepto   El artículo 32 de la Ley 14 de 1983  coincide en su texto con el artículo 195 del Código de Régimen Municipal  y el 1° del Acuerdo Municipal N°  035 de 1985, que para la ciudad de Cali ordena: “El impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre ...more

76001-23-31-000-2006-01558-01(19641) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1.- La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposic ...more

76001-23-31-000-2006-01100-01(AP) Sección 1 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejero ponente: MARCO ANTONIO VELILLA MORENO   Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 76001-23-31-000-2006-01100-01(AP)   Actor: FERNANDO M ...more

76001-23-31-000-2006-01049-01(17141 y 17945)_1 Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

NULIDAD POR FALTA DE APLICACION DE LA NORMAS – Aplicación / FACULTAD REGLAMENTARIA – Alcance / EXCLUSION DEL PAGO DEL IMPUESTO – No puede ser objeto de reglamentación. La exclusión es un derecho. Solo se reglamenta la parte operativa, no los elementos   El Consejo de Estado ha dicho que la nulidad por falta de aplicación de las normas ocurre, entre otros eventos, cuando el juzgador parte de la existencia ineficaz de la norma en el mundo jurídico, porque, a su parecer, no ti ...more

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