Archivo de la Categoría 1.3.4.17 Sec. 2 2008

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Lista Artículos

25000-23-25-000-2000-02814-01(0316-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

FALTA DE COMPETENCIA – Definición  / FALTA DE COMPETENCIA – Clases   La falta de competencia radica en que una autoridad adopta una decisión sin estar legalmente facultada para ello y se configura la causal de nulidad cuando se desconoce cualquiera de los elementos que la componen, como, por ejemplo, cuando no se tiene atribución sustancial para la expedición de un acto jurídico (competencia material) o cuando este no puede dictarse sino dentro ...mas

25000-23-25-000-2000-02678-01(4335-04) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

PENSION DE SOBREVIVIENTES A LA CONYUGE EN LAS FUERZAS MILITARES - Causales de pérdida. Excepción de fuerza mayor. Alcance. Principio de favorabilidad / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD - Aplicación de norma posterior a  la muerte del causante. Pensión de sobrevivientes en las Fuerzas Militares. Causales de pérdida por la cónyuge. Excepción de fuerza mayor. Alcance   La pérdida de la pensión de sobrevivientes o beneficiarios de la asignación de retiro o pensión del causante, ofic ...mas

25000-23-25-000-2000-00317-01(2356-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGOS DE CARRERA - Procedencia   La jurisprudencia de la Sección ha reiterado que la administración puede suprimir cargos de carrera por motivos del servicio, es decir, que la inscripción en carrera administrativa no le confiere al empleado un fuero de inamovilidad.   FUENTE FORMAL: ORDENANZA 05 DE 1998   SUPRESION DE CARGO - Competencia del Gobernador / ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION - Comp ...mas

25000-23-25-000-1999-06662-01(0847-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

OFICIO DE COMUNICACION DE SUPRESION DE CARGO - Constituye un acto de trámite no enjuiciable ante la jurisdicción de lo contenciosos administrativo / FALTA DE TECNICA EN LA DEMANDA - Primacía de la realidad sobre las formalidades   En primer lugar dirá la Sala que no se pronunciará frente a los oficios demandados, que le comunicaron al actor de la supresión del cargo y le señalaron la forma como debería entregar el cargo, respectivamente, por considerar que son actos de ...mas

25000-23-25-000-1999-06612-01(0151-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

REINCORPORACION AL SERVICIO DE EMPLEADO PENSIONADO – Taxatividad de cargos / RELIQUIDACION PENSIONAL – Improcedencia por reincorporación a cargo de notario   De los Decretos 2400 de 1968 articulo 29 y 3074 de 1960, artículo 1, la Sala destaca la máxima de prohibir a los empleados que acceden a una pensión de jubilación de reintegrarse al servicio oficial; no obstante, dicho marco también señaló los cargos exceptuados para reincorporarse. Lo anterior significa que el pensio ...mas

25000-23-25-000-1999-05753-01(6190-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 25000-23-25-000-1999-05753-01(6190-05) ...mas

25000-23-25-000-1999-05698-01(3981-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

PRUEBA DOCUMENTAL – Videos y casetes / PERITAJE – Transcripción de videos y casetes. Nueva prueba   Los videos y casetes se tuvieron por el Tribunal como pruebas documentales, tal como  fueron solicitadas en la demanda. Sin embargo, con el recurso de apelación de la sentencia de primera instancia, se pide que se ordene el peritaje con el fin de que un técnico experto en la materia transcriba los casetes de audio y del video obrante en el expedient ...mas

25000-23-25-000-1999-05049-01(4169-04) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

BENEFICENCIA DE CUNDINAMARCA – Cambio de naturaleza jurídica   Para la época en que laboró la actora (1995- 1999) es preciso tener en cuenta que la naturaleza jurídica de la Beneficencia de Cundinamarca se transformo en dos oportunidades de la siguiente manera: Con el Decreto 2865 de 11 de noviembre de 1997 la demandada cambió de Establecimiento Público a Empresa Industrial y Comercial Departamental, repercutiendo a su vez en el vínculo de sus servidores, por lo cual la actor ...mas

25000-23-25-000-1999-04807-01(5601-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

PERDIDA DE LA SUSTITUCION PENSIONAL POR CONTRAER NUEVAS NUPCIAS – Sentencia de inexequibilidad. Efectos / REINCORPORACION A NOMINA DE PENSIONADOS DE VIUDA QUE CONTRAE NUEVAS NUPCIAS – Sentencia de inexequibilidad. Efectos   Sólo la Corte Constitucional puede definir los efectos de sus sentencias, resulta impropio hacer extensivos los efectos de la sentencia C-309 de 1996, que declaró inexequibles las expresiones "o cuando la viuda contraiga nuevas nupcias o haga ...mas

25000-23-25-000-1999-04599-01(6014-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., Treinta (30) de Octubre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 25000-23-25-000-1999-04599-01(6014-05) ...mas

25000-23-25-000-1999-04599-01(6014-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., Treinta (30) de Octubre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 25000-23-25-000-1999-04599-01(6014-05) ...mas

25000-23-25-000-1999-04557-01(4055-01) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

INSCRIPCION EXTRAORDINARIA EN CARRERA ADMINISTRATIVA - No se afecta la situación de quienes ocupaban un cargo de carrera con anterioridad a la declaratoria de inexequibilidad de la ley que la sustenta. / MORA EN LA INSCRIPCION EXTRAORDINARIA EN CARRERA ADMINISTRATIVA - No puede afectar el derecho de quienes cumplían requisitos. Fallo de inexequibilidad. Efectos.   Como la demandante probó haber presentado en términos la inscripción extraordinaria en ...mas

25000-23-25-000-1999-03973-01(1979-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 25000-23-25-000-1999-03973-01(1979-07) ...mas

25000-23-25-000-1999-02074-01(3477-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: JESUS MARIA LEMOS BUSTAMANTE   Bogotá, D.C., ocho (8) de mayo de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 25000-23-25-000-1999-02074-01(3477-05) ...mas

25000-23-25-000-1999-01742-01(6853-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO DE LA POLICIA NACIONAL – Facultad discrecional / COMITÉ DE EVALUACION DE OFICIALES SUPERIORES – Concepto previo por retiro del servicio activo / JUNTA ASESORA PARA LA POLICIA NACIONAL – Recomendación previa para el retiro del servicio público   El demandante fue retirado del servicio activo de la Policía Nacional, en su calidad de Subteniente, previa recomendación del Comité de Evaluación de Oficiales Superiores y de la Junta Asesora para la Pol ...mas

25000-23-25-000-1999-01117-01(0792-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO DE LA POLICIA NACIONAL - La prestación eficiente del servicio no genera estabilidad / RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO DE LA POLICIA NACIONAL - Condiciones excepcionales en el cumplimiento del servicio   NOTA DE RELATORIA: Se cita la sentencia del consejo de estado, Exp No 4209-2001, MP Alejandro Ordoñez Maldonado     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO ...mas

25000-23-25-000-1999-00073-01(0883-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

EMPLEADOS DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO – Naturaleza jurídica. Empleados Públicos, Trabajadores Oficiales. Excepción   Conforme a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley 100 de 1993, es claro que por regla general los empleados del Hospital son empleados públicos, salvo los que se dedican al mantenimiento de la planta hospitalaria[1] y como tales están  sometidos a la ley para su vinculación, permanen ...mas

25000-23-25-000-1998-48133-01(3468-04) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS – Relación laboral / EMPLEO PUBLICO – Inexistencia. Improcedencia de reintegro al cargo / EMPLEADO PUBLICO – Calidad. Requisitos   El actor luego de haber suscrito dos (2) contratos de prestación de servicios con la entidad demandada, está solicitando el reconocimiento del status de empleado público del INPEC y su correspondiente  restablecimiento del derecho. Para hablar de empleo público se requiere, entonces, satisfacer  sus ...mas

25000-23-25-000-1998-05935-01(2583-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

ACTO DE EXCLUSION DE LISTA DE ELEGIBLES – Acto de ejecución. No es impugnable / ACTO DE EJECUCION – Acto de exclusión de la lista de elegibles. No es impugnable   En criterio de esta Sala, la Resolución No. 1035 de 27 de mayo de 1998, por la cual el Ministro del Interior excluyó al actor de la lista de elegibles, hizo efectivo, ejecutó o dio cumplimiento a lo ordenado por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 174 de 13 de mayo de 1998, por tanto no ...mas

25000-23-25-000-1998-05555-01(5264-05) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

DESVIACION DE PODER - Prueba   En relación con este aspecto la jurisprudencia ha precisado que la desviación de poder debe tener un definido respaldo probatorio que lleve al juzgador a la certeza incontrovertible de que los motivos que la administración tuvo para expedir el acto enjuiciado son ajenos a los que la ley señala para el efecto.   EMPLEADOS DE CONFIANZA - Libre nombramiento y remoción / INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO DE LIBR ...mas

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