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RECURSO DE APELACION - Objeto En el sub lite, corresponde a la Sala determinar si le asiste razón a la sentencia de primera instancia, en tanto declaró la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios que se le ocasionaron al demandante luego de que un soldado que se encontraba en instrucción accionara accidentalmente su arma y, en especial, si al señor GILBERTO CASTAÑO FLOREZ como víctima, le asiste alguna responsabilidad en la causación de dicho ...mas
RECURSO DE APELACION - Objeto En el sub lite, corresponde a la Sala determinar si le asiste razón a la sentencia de primera instancia, en tanto declaró la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios que se le ocasionaron al demandante luego de que un soldado que se encontraba en instrucción accionara accidentalmente su arma y, en especial, si al señor GILBERTO CASTAÑO FLOREZ como víctima, le asiste alguna responsabilidad en la causación de dicho ...mas
ARMAS DE DOTACION OFICIAL - Responsabilidad del Estado por los daños causados a particulares / REGIMEN APLICABLE La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que frente a supuestos en los cuales se declara la responsabilidad del Estado como consecuencia de la producción de daños originados en el despliegue –por parte de la entidad pública o de sus agentes– de actividades peligrosas –lo cual ocurre cuando se usan armas de dotación oficial–, es aquél a ...mas
ARMAS DE DOTACION OFICIAL - Responsabilidad del Estado por los daños causados a particulares / REGIMEN APLICABLE La jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que frente a supuestos en los cuales se declara la responsabilidad del Estado como consecuencia de la producción de daños originados en el despliegue –por parte de la entidad pública o de sus agentes– de actividades peligrosas –lo cual ocurre cuando se usan armas de dotación oficial–, es aquél a ...mas
CONDUCCION DE VEHICULOS AUTOMOTORES - Ejercicio de actividades peligrosas / RIESGO - Factor de imputación del daño En los casos en los cuales se discute la responsabilidad del Estado por daños causados en ejercicio de actividades peligrosas, como ocurre en el caso de la conducción de vehículos automotores, la Administración debe responder por los perjuicios que se ocasionen al realizarse el riesgo creado y sólo podrá exonerarse si demuestra la presencia de u ...mas
CONDUCCION DE VEHICULOS AUTOMOTORES - Ejercicio de actividades peligrosas / RIESGO - Factor de imputación del daño En los casos en los cuales se discute la responsabilidad del Estado por daños causados en ejercicio de actividades peligrosas, como ocurre en el caso de la conducción de vehículos automotores, la Administración debe responder por los perjuicios que se ocasionen al realizarse el riesgo creado y sólo podrá exonerarse si demuestra la presencia de u ...mas
ACCION CONTRACTUAL - Procedencia / ACTIO IN REM VERSO - Subsidiaria / ACCION CONTRACTUAL - Procedente para reclamar el perjuicio derivado del contrato celebrado / LESION ENORME - Desequilibrio contractual En el caso concreto la Sala considera que la acción ejercida es la de controversias contractuales, porque el demandante expresamente la invocó y la sustentó en su demanda con el objeto de que se declarara la existencia del daño ocasionado por la entidad públic ...mas
ACCION CONTRACTUAL - Procedencia / ACTIO IN REM VERSO - Subsidiaria / ACCION CONTRACTUAL - Procedente para reclamar el perjuicio derivado del contrato celebrado / LESION ENORME - Desequilibrio contractual En el caso concreto la Sala considera que la acción ejercida es la de controversias contractuales, porque el demandante expresamente la invocó y la sustentó en su demanda con el objeto de que se declarara la existencia del daño ocasionado por la entidad públic ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010) Radicación número: 19001-23-31-000-1996-07003-01(17380) Actor: GERARDO ANIBAL ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010) Radicación número: 19001-23-31-000-1996-07003-01(17380) Actor: GERARDO ANIBAL ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010) Radicación número: 19001-23-31-000-1996-00822-01(15061-15527) Actor: RAFAEL ANGEL ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010) Radicación número: 19001-23-31-000-1996-00822-01(15061-15527) Actor: RAFAEL ANGEL ...mas
ACCIDENTE DE TRANSITO - Volqueta oficial / VEHICULO OFICIAL - Accidente de tránsito / RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - Por la muerte de personas que se transportaban en el volco de una volqueta oficial De conformidad con lo probado en el presente proceso, en el caso concreto se encuentra que el día 4 de junio de 1995, la volqueta de placas OY-0613 de propiedad del municipio de Páez (Cauca), conducida por el señor Orlando Valencia Calambas, funcionario al servicio d ...mas
ACCIDENTE DE TRANSITO - Volqueta oficial / VEHICULO OFICIAL - Accidente de tránsito / RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - Por la muerte de personas que se transportaban en el volco de una volqueta oficial De conformidad con lo probado en el presente proceso, en el caso concreto se encuentra que el día 4 de junio de 1995, la volqueta de placas OY-0613 de propiedad del municipio de Páez (Cauca), conducida por el señor Orlando Valencia Calambas, funcionario al servicio d ...mas
RESPONSABILIDAD MEDICO ESTATAL - Régimen aplicable / FALLA PROBADA EN EL SERVICIO - Responsabilidad médica del Estado A fin de proceder con el estudio de fondo del caso, la Sala considera pertinente precisar que en el sub iudice es la falla probada del servicio, con las consecuencias probatorias que le son propias, el régimen bajo el cual se debe estructurar la responsabilidad del Estado. Así las cosas, a partir del acervo probatorio debidam ...mas
RESPONSABILIDAD MEDICO ESTATAL - Régimen aplicable / FALLA PROBADA EN EL SERVICIO - Responsabilidad médica del Estado A fin de proceder con el estudio de fondo del caso, la Sala considera pertinente precisar que en el sub iudice es la falla probada del servicio, con las consecuencias probatorias que le son propias, el régimen bajo el cual se debe estructurar la responsabilidad del Estado. Así las cosas, a partir del acervo probatorio debidam ...mas
PROPIEDAD DE INMUEBLES - Prueba / TITULO Y MODO - Escritura pública de compra venta e inscripción en el registro inmobiliario De conformidad con lo anterior, se encuentra acreditada que la Sociedad Vitapan Ltda., representada legalmente por el señor Bernardo Abad Rodríguez Mogollón, según certificado de existencia y representación de la Cámara de Comercio de Cali, documento que obra en original, es la propietaria del predio denominado “L ...mas
PROPIEDAD DE INMUEBLES - Prueba / TITULO Y MODO - Escritura pública de compra venta e inscripción en el registro inmobiliario De conformidad con lo anterior, se encuentra acreditada que la Sociedad Vitapan Ltda., representada legalmente por el señor Bernardo Abad Rodríguez Mogollón, según certificado de existencia y representación de la Cámara de Comercio de Cali, documento que obra en original, es la propietaria del predio denominado “L ...mas
CONTRIBUCION ESPECIAL O IMPUESTO DE GUERRA - Reiteración jurisprudencial NOTA DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencias de 29 de mayo de 2003, exp. 14.577, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 18 de septiembre de 2003, exp. 15.119, C. P. Ramiro Saavedra Becerra; de 30 de octubre de 2003, exp. 17.213; de 11 de diciembre de 2003, exp. 16.433, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 2 de septiembre de 2004, exp. 14.578, C. P. María E ...mas
CONTRIBUCION ESPECIAL O IMPUESTO DE GUERRA - Reiteración jurisprudencial NOTA DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencias de 29 de mayo de 2003, exp. 14.577, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 18 de septiembre de 2003, exp. 15.119, C. P. Ramiro Saavedra Becerra; de 30 de octubre de 2003, exp. 17.213; de 11 de diciembre de 2003, exp. 16.433, C. P. Ricardo Hoyos Duque; de 2 de septiembre de 2004, exp. 14.578, C. P. María E ...mas