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11001-03-15-000-2012-02311-01(AC) Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Evolución jurisprudencial / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Procedencia excepcional de la acción de tutela cuando la providencia judicial vulnera derechos fundamentales   Resulta bien conocida la evolución jurisprudencial que ha tenido el tema de la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. La Sección Primera de esta Corporación inveteradamente fue partidaria de tramitar esta acción en primer ...mas

11001-03-15-000-2012-01339-00(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Requisitos generales y específicos de procedibilidad. Desconocimiento del precedente   La causal de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, para el caso del desconocimiento del precedente se perfecciona cuando se desconocen las decisiones, tanto en sede de control abstracto de constitucionalidad como de control particular de acción de tutela, que profiere la Corte Constitucional en ejercicio de la interpre ...mas

11001-03-15-000-2012-00648-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Requisitos de procedibilidad   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: Ver, Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, fallo de 31 de julio de 2012, C.P. María Elizabeth García González, Exp: 11001-03-15-000-2009-01328-01(AC)IJ. Sobre las causales generales y específicas de procedencia de la acción de tutela, Corte Constitucional sen ...mas

11001-03-15-000-2012-00624-00(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Requisitos generales y especiales de procedibilidad   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: Ver, Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, fallo de 31 de julio de 2012, C.P. María Elizabeth García González, Exp: 11001-03-15-000-2009-01328-01(AC)IJ., y Corte Constitucional sentencia C-590 de 2005.   CADUCIDAD DE LA ACCION - Mom ...mas

11001-03-15-000-2012-00117-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Un auto ilegal que, no ata al juez ni a las partes ni tiene ejecutoria / ACCION DE TUTELA - Procedencia cuando el auto que no se impugnó en término es ilegal   En ese sentido, en principio, se tendría que determinar que la acción de tutela no procedería, en tanto que, se recuerda, la Jurisprudencia ha considerado que cuando no se interponen los recursos de ley, no es la tutela el instrumento para subsanar los errores ni revivir los t ...mas

11001-03-15-000-2011-02858-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

POBLACION EN DESPLAZAMIENTO FORZADO - Sujeto de especial protección constitucional   NOTA DE RELATORIA: Ver, Corte Constitucional, sentencia T-919 de 2006   ACCION DE TUTELA CONTRA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL - Petición para obtener la prórroga de la ayuda humanitaria   La accionada dijo haber otorgado al actor un turno, con lo que no es posible establecer con certeza, cuando le será respondida la solicitud al a ...mas

11001-03-15-000-2011-01553-00(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Se niega por improcedente   No obstante lo anterior, la Sala ha admitido la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, excepcionalmente, cuando con esas decisiones se vulnera ostensiblemente el derecho constitucional fundamental de acceso a la administración de justicia, derecho éste que en el presente asunto no resulta vulnerado, como quiera que el demandante en ejercicio del derecho de acción, como parte dema ...mas

11001-03-15-000-2011-01432-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

DESCONOCIMIENTO DE PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL - Causal de procedibilidad de la acción de tutela contra providencia judicial   La figura del precedente fortalece la institución de la cosa juzgada constitucional para reiterar los principios de seguridad jurídica y la igualdad material, es decir, igualdad de trato ante la administración de justicia. Lo que se busca garantizar por medio de la reiteración, es que las razones de la decisión que permiten la interpretación de ...mas

11001-03-15-000-2011-01020-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedencia por no existir vulneración de acceso a la administración de justicia   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: En sentencia de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, del 31 de julio de 2012, C.P. MARIA ELIZABETH GARCIA GONZALEZ, Exp: 11001-03-15-000-2009-01328-01, al pronunciarse sobre la procedencia excepcional de la acción de tu ...mas

11001-03-15-000-2011-00897-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedencia por no existir vulneración de acceso a la administración de justicia   Como quiera que lo que se impugna en el sub lite son las providencias de primera y segunda instancia proferidas dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho radicado con el número 2005 - 0678, la Sala reitera en esta oportunidad su tesis de que no procede la acción de tutela contra decisiones judiciales como las aquí controv ...mas

11001-03-15-000-2011-00779-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedencia por no existir vulneración de acceso a la administración de justicia   FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991   NOTA DE RELATORIA: En sentencia de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, del 31 de julio de 2012, C.P. MARIA ELIZABETH GARCIA GONZALEZ, Exp: 11001-03-15-000-2009-01328-01, al pronunciarse sobre la procedencia excepcional de la acción de tu ...mas

11001-03-15-000-2011-00336-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Temeridad   Ahora bien, como se explicó en el capitulo precedente, no existe actuación temeraria por parte del actor, como quiera que se denota la existencia de hechos sobrevinientes, como lo es el amparo otorgado por la Sección Quinta en casos idénticos, asimismo bajo la gravedad del juramento el actor declaró no haber presentado otra acción de tutela por los mismos hechos, por lo cual mal podría determinarse la actuación del actor como de mala fe. Por tal, ...mas

11001-03-06-000-2011-00045-00(2068) SECCION 1 [Consejo de Estado]

CONSEJO DE ESTADO - Naturaleza de las funciones jurisdiccional y consultiva que tiene atribuidas / UNIVERSIDAD DEL QUINDIO - Pensión compartida / PENSION DE JUBILACION - Factores de liquidación   “1.- ¿Cómo se debe entender el choque jurisprudencial entre un concepto emitido estrictamente para la Universidad del Quindío y la jurisprudencia de unificación proferida por la Sección Segunda del Consejo de Estado?” La distinta naturaleza de las funciones jurisdiccional y ...mas

08001-33-31-010-2009-00160-01(AP)REV Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

MECANISMO DE REVISION EVENTUAL - Acción popular / MECANISMO DE REVISION EVENTUAL - Procedencia   Para que proceda la solicitud de revisión ante esta Corporación se requiere lo siguiente: a). La solicitud de revisión deberá ser formulada por las partes o el Ministerio Público dentro de los ocho (8) días siguientes a la notificación de la sentencia o providencia respectiva que determine la finalización o archivo del proceso. b). Debe recaer sobre s ...mas

08001-33-31-005-2012-00049-01(AP)REV SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - Selecciona ante necesidad de unificar la jurisprudencia sobre reconocimiento del incentivo   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11     CONSEJO DE ESTADO  

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

 

SECCION PRIMERA

 

Consejera ponente: MARIA ELIZABETH GARCIA ...mas

08001-33-31-004-2007-00011-01(AP)REV SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11

 

 

CONSEJO DE ESTADO

 

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

 

SECCION PRIMERA

 

Consejero ponent ...mas

08001-23-31-000-2013-00437-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

RECHAZO DE LA DEMANDA – Caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho   En ese orden de ideas, el término de caducidad para instaurar el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho empezaba a correr a partir del día 15 de agosto de 2012, esto es, el día siguiente a la desfijación del edicto y vencía el 15 de diciembre de ese mismo año. No obstante, la demanda objeto de controversia solo se presentó hasta el día 22 de ...mas

08001-23-31-000-2012-00555-01(AC) SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Vulneración por incumplimiento del término para resolver petición en materia pensional   al ser el derecho de petición el instrumento con el que cuentan los administrados para comunicarse con las autoridades, no es dable que éstas, como ocurrió en el sub examine, guarden silencio o “den largas” sin la debida resolución de lo pedido, más aún, cuando ha transcurrido un término más que considerable para dar respuesta a las solicitudes radica ...mas

08001-23-31-000-2012-00441-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Requisitos. Sustentación de manera expresa de la medida   De conformidad con el numeral 1º del artículo 152 CCA, la procedencia de la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos está supeditada a “Que la medida se solicite y sustente de modo expreso en la demanda o por escrito separado, presentado antes de que sea admitida”. En este caso, el actor solicita que se estudie el concepto de violación de la demanda ...mas

08001-23-31-000-2012-00152-01 Sección 1 2014 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Avalúos con base en valores obtenidos por encuesta. Precio indemnizatorio   Como corolario de lo expuesto, debe entenderse que la decisión de expropiar un bien del dominio privado, comporta necesariamente la obligación de indemnizar el daño, todo el daño y nada más que el daño, esto es, sin pecar por exceso o por defecto, pues es claro que una indemnización que exceda los límites de lo justo, o que resulte ser parcial o incompl ...mas

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