Archivo de la Categoría 1.3.6.12 Sec. 4 2013

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Lista Artículos

17001-33-31-002-2011-00139-02(AP)REV Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona porque no se indicó los temas sobre los cuales se requiere unificar la jurisprudencia   El solicitante se limitó a decir que prima el derecho sustancial, pero no explicó sobre qué temas o sobre qué derechos colectivos era necesario unificar jurisprudencia. Es decir, no identificó los aspectos que, a su juicio, ameritan la revisión de la sentencia del 23 de enero de 2013 ni explicó las razones en que fundament ...mas

17001-33-31-002-2009-00253-02(AP)REV Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona por falta de sustentación de la solicitud   Se observa que en la solicitud no se exponen las razones o los puntos respecto de los cuales se considera se debe unificar la jurisprudencia, simplemente el actor popular se limita a alegar una posible nulidad que no puede ser resuelta en este momento, pues las presuntas irregularidades procesales deben formularse ante los jueces de instancia dentro de las opo ...mas

17001-33-31-001-2011-00218-02(AP)REV Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona porque no se advierte la necesidad de unificar la jurisprudencia   Sin embargo, no ocurre lo mismo con el requisito de la sustentación, pues el demandante se limitó a pedir que se revisara la providencia del 15 de septiembre de 2011, pero no explicó sobre qué temas o sobre qué derechos colectivos era necesario unificar jurisprudencia. Tampoco identificó los aspectos que, a su juicio, ameritan la revisión de la ...mas

17001-33-31-001-2011-00209-02(AP)REV Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia   El solicitante se limitó a decir que solicitaba la revisión de la sentencia de segunda instancia, pero no explicó sobre qué temas o sobre qué derechos colectivos era necesario unificar jurisprudencia. Es decir, no identificó los aspectos que, a su juicio, ameritan la revisión de la sentencia del 9 de mayo de ...mas

17001-33-31-001-2011-00120-02(AP)REV Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia / REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona para unificar la jurisprudencia ante otra providencia ya seleccionada para tal fin   En relación con el requisito de sustentación, se observa que en la solicitud no se exponen las razones o los puntos respecto de los cuales se considera que se de ...mas

17001-23-33-000-2012-00235-01(AC) (1) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Niega por improcedente al existir otros mecanismos de defensa judicial   El señor Rubio de Jesús Candamil Candamil estima que la sentencia del 20 de agosto de 2010 y el auto del 11 de octubre de 2012, proferidos por el Juzgado Segundo Administrativo de Manizales, desconocieron los derechos fundamentales a la vida, a la familia, a la atención especial de los ancianos y los niños, a la vivienda digna, al acceso progresivo de los ...mas

17001-23-33-000-2012-00235-01(AC) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Niega por improcedente al existir otros mecanismos de defensa judicial   El señor Rubio de Jesús Candamil Candamil estima que la sentencia del 20 de agosto de 2010 y el auto del 11 de octubre de 2012, proferidos por el Juzgado Segundo Administrativo de Manizales, desconocieron los derechos fundamentales a la vida, a la familia, a la atención especial de los ancianos y los niños, a la vivienda digna, al acceso progresivo de los ...mas

17001-23-33-000-2012-00202-01(AC) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

  ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Niega por existencia de otro mecanismo de defensa judicial   La Sala observa que la acción de tutela no está llamada a prosperar frente a la sentencia de 20 de agosto de 2010, por cuanto el actor no agotó los mecanismos judiciales que procedían contra la decisión atacada por esta vía excepcional, a saber, el recurso de apelación en los términos del artículo 27 de la Ley 472 de 1998, a pesar ...mas

17001-23-31-000-2011-00226-01(20145) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1.- La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposic ...mas

17001-23-31-000-2011-00218-01(20144) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1.- La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposic ...mas

17001-23-31-000-2010-90415-01(20001) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar El artículo 147 de la Ley 1607 de 2012 fue reglamentado por el Decreto 699 del 12 de abril de 2013. Los artículos 3º, 4º y 5º del decret ...mas

17001-23-31-000-2009-00396-01(19702) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1.- La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposic ...mas

17001-23-31-000-2009-00153-01(19590) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales y de resoluciones que imponen sanciones. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA – Requisitos y documentos que se deben anexar   […] el artículo 147 de la Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, facultó a la Direcci ...mas

17001-23-31-000-2009-00058-01(19735) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

DOBLE INSTANCIA - Se aplica a procesos judiciales no a trámites administrativos / RECURSO DE RECONSIDERACION - A nivel territorial su estructura y trámite no está prevista por competencias verticales o por una relación de inferior y superior jerárquico, sino de funcionarios de distintas unidades en un plano horizontal / RECURSO DE RECONSIDERACION - Competencia para resolverlo. No se determina por el orden jerárquico de funcionarios, sino de acuerdo con la estructura propia de la ad ...mas

17001-23-31-000-2009-00053-01(19564)_1 Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

RECURSO DE RECONSIDERACION - Competencia para resolverlo. Municipio de Manizales. Corresponde al Jefe de la Unidad de Rentas de la Secretaría de Hacienda del municipio   Manifestó la demandante que los actos administrativos demandados violaron sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, porque la Jefe de la Unidad de Rentas de la Secretaría de Hacienda de Manizales no podía resolver el recurso de reco ...mas

17001-23-31-000-2008-00123-01(19088) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1.- La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposic ...mas

17001-23-31-000-2008-00113-01(18643) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

DEDUCCION ESPECIAL POR INVERSION EN ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS - Opera respecto de los contratos de leasing financiero, pero no frente a los de leasing operativo   Respecto a los contratos de leasing, la Sala en sentencia del 5 de julio de 2007, exp. 15400, precisó que el beneficio tributario consagrado en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario es aplicable a los contratos de leasing financiero y no opera para los contratos de leasing operativo ...mas

17001-23-31-000-2007-00374-01(19676) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

DOBLE INSTANCIA - Se aplica a procesos judiciales no a trámites administrativos / RECURSO DE RECONSIDERACION - A nivel territorial su estructura y trámite no está prevista por competencias verticales o por una relación de inferior y superior jerárquico sino de funcionarios de distintas unidades en un plano horizontal / RECURSO DE RECONSIDERACION - Competencia para resolverlo. No se determina por el orden jerárquico de funcionarios, sino de acuerdo con la estructura propia de la adm ...mas

17001-23-31-000-2007-00150-01(19794) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Condiciones, requisitos y montos en procesos en que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales. Procedencia / SOLICITUD DE CONCILIACION DE PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA - Documentos que se deben anexar 1.1.- La Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposic ...mas

15001-23-31-000-2010-00933-02(19227) Sección 4 2013 [Consejo de Estado]

PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Pruebas. Son el medio procesal que permite llevar al juez al convencimiento de los hechos del proceso / PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Régimen probatorio. Para la admisión, la práctica y la valoración de las pruebas se deben observar las normas del Código de Procedimiento Civil, conforme lo establece el artículo 168 del Decreto 01 de 1984, y algunas otras reglas propias del proceso en el que se decreten / PRUEBAS – Requisitos. Conducencia. P ...mas

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