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DOCENTES BENEFICIARIOS DE LA PENSION GRACIA - Eran los maestros de escuelas de enseñanza primaria, secundaria o normalista / DOCENTE NACIONAL - No tiene derecho a la pensión gracia De conformidad con las leyes 114 de 1913 y 37 de 1933, la sala concluye que una de las condiciones exigidas para ser acreedor a la pensión gracia ya sea por servicios prestados en primaria, secundaria o normalista es que no se perciba otra pensión o recompensa de carácter nacional pues l ...more
SUPRESION DE CARGO - Derechos de carrera. Incorporación o indemnización / INCORPORACION EN LA NUEVA PLANTA DE PERSONAL - Transcurridos seis meses desde la supresión de cargo si no es posible la reincorporación el empleado de carrera tendrá derecho a la indemnización La Administración goza de facultades Constitucionales y Legales para decidir, de acuerdo con las necesidades del servicio, el perfil del empleo requerido y a qué funcionarios incorpora, respeta ...more
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION - No constituye una instancia mas del proceso ordinario / RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION - Cosa juzgada. Prueba recobrada / PRUEBA RECOBRADA - Requisitos / RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION - No procede Es claro que la providencia del Tribunal objeto del recurso extraordinario de revisión (de 6 de marzo de 2006) fue proferida con anterioridad al fallo que declaró la nulidad del Decreto No. 276 de 5 de diciembre ...more
ACTAS DEL TRIBUNAL MEDICO LABORAL - Son actos definitivos si impiden continuar la actuación / PENSION DE INVALIDEZ - Acta del tribunal médico laboral Al respecto habrá que decir que esta Sección ha determinado que las actas del Tribunal Médico Laboral son actos definitivos en la medida en que impiden seguir adelante con la actuación; por tanto, si el acto en mención frena al afectado para solicitar el reconocimiento de la pensión de invalidez, como sucede en ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejera ponente: ANA MARGARITA OLAYA FORERO Bogotá, D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil siete (2007) Radicación número: 73001-23-31-000-2002-02689-01(0318-0 ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: ENRIQUE GIL BOTERO Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil nueve (2009) Radicación número: 73001-23-31-000-2002-02565-01(36574) Actor: ...more
RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO – Se acoge en la medida que el actor pruebe que le fueron causados perjuicios económicos La demandante no acreditó los perjuicios económicos que reclama, ni al comienzo al presentar la demanda, ni a lo largo del proceso judicial en sede de primera y segunda instancia, como quiera que ASOCHIPALO no acompañó cuadros estadísticos que certificaran la razón de su dicho, en cuanto a la cuantía de la estimación de los supuestos perju ...more
TRASLADO – Procedimiento en la Registraduría Nacional del Estado Civil. Regulación. Planta Global La Registraduría Nacional del Estado Civil como se expuso en los párrafos anteriores, cuenta con una planta global y flexible, lo cual se traduce en que goza de una mayor discrecionalidad para ordenar traslados territoriales. No obstante, esa facultad no es de carácter absoluto, toda vez que debe atender a los requerimientos del servicio y al amparo ...more
TORNAGUIA DE MOVILIZACION DE PRODUCTOS GRAVADOS CON IMPUESTO AL CONSUMO - Legalidad del decomiso y la multa por no portarla ni exhibirla / DECOMISO DE CIGARRILLOS - Falta de tornaguía de movilización y factura Conforme lo advirtió el a quo, las citadas disposiciones consagran la obligación de que quien transporte y pretenda comercializar un producto gravado con el impuesto al consumo entre diferentes Departamentos o entidades territoriales, debe portar y exhibir ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., treinta (30) de agosto de dos mil siete (2007) Radicación número: 73001-23-31-000-2002-02279-01(4875-2004) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., treinta (30) de agosto de dos mil siete (2007) Radicación número: 73001-23-31-000-2002-02279-01(4875-04) ...more
REVISION EVENTUAL DE LA ACCION DE GRUPO - Requisitos NOTA DE RELATORIA: Sentencia del Consejo de Estado de 14 de julio de 1009, Rad. 2007-00244(AG). M.P. Mauricio Fajardo Gómez CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: ENRIQUE GIL ...more
REVISION EVENTUAL DE LA ACCION DE GRUPO - Requisitos NOTA DE RELATORIA: Sentencia del Consejo de Estado de 14 de julio de 1009, Rad. 2007-00244(AG). M.P. Mauricio Fajardo Gómez CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: ENRIQUE GIL ...more
ACCION CONTRACTUAL - Nulidad procesal / NULIDAD PROCESAL - Causal artículo 142 código de procedimiento civil / NULIDAD DE TODO LO ACTUADO - A partir de la sentencia de primera instancia, por no vincularse a la Nación Ministerio de Minas quien resultó condenado en dicha providencia Se solicita declarar la nulidad de todas las actuaciones surtidas dentro del proceso de la referencia, teniendo como fundamento la causal de nulidad prevista en el artículo 142 del C. de P.C., en raz ...more
DECLARATORIA DE NULIDAD PROCESAL - Auto interlocutorio / RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA - Procedencia En materia de recursos ordinarios, el Código Contencioso Administrativo establece que, serán susceptibles del de súplica los autos interlocutorios proferidos por el ponente en cualquier instancia. En relación con la providencia cuestionada, esto es, la de 16 de octubre de 2009, el recurso de súplica resulta procedente, puesto que se presentó dentro del plazo de ...more
DECLARATORIA DE NULIDAD PROCESAL - Auto interlocutorio / RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA - Procedencia En materia de recursos ordinarios, el Código Contencioso Administrativo establece que, serán susceptibles del de súplica los autos interlocutorios proferidos por el ponente en cualquier instancia. En relación con la providencia cuestionada, esto es, la de 16 de octubre de 2009, el recurso de súplica resulta procedente, puesto que se presentó dentro del plazo de ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALBERTO ARANGO MANTILLA Bogotá, D.C., primero (1) de marzo de dos mil siete (2007) Radicación número: 73001-23-31-000-2002-02015-01(0935-05) ...more
SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO - Marco jurídico; naturaleza; regulación de su prestación / IMPUESTO DE ALUMBRADO PUBLICO - Elementos del tributo Por la Ley 97 de 1913 el Congreso de la República le otorgó autorizaciones especiales al Concejo de Bogotá para la creación de impuestos y contribuciones, sin necesidad de previa autorización de la Asamblea Departamental. El literal d) del artículo 1° dispuso: (…). Mediante la ley 84 de 1915 tales facultades fuer ...more
DOTACION DE VESTIDO Y CALZADO DE LABOR - Requisitos En cuanto a la solicitud de dotación de calzado y vestido de labor, la Ley 70 de 1988 y su Decreto Reglamentario 1978 de 1989 prevén como requisitos para acceder a ella, que el empleado oficial devengue una remuneración mensual inferior a dos veces el salario mínimo legal vigente. En el presente asunto, para la fecha en que el actor fue retirado del servicio, esto es, el 28 de agosto de 2001, éste ...more
ENCARGO – No se configura por la asignación de nuevas funciones / ENCARGO – Concepto Al demandante se le asignó el cumplimiento de nuevas “funciones”, pero esta circunstancia en ningún momento comporta su designación como encargado o como provisional. En efecto, conforme a las normas transcritas, el encargo es una situación administrativa que no puede ser intemporal sino que tiene una duración en el tiempo, requiere el desprendimiento de funciones y es una forma de p ...more