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68001-23-15-000-1997-03572-01(22366) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

DAÑO ANTIJURIDICO - Noción   A pesar de que el artículo 90 de la Constitución establece que el Estado “responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables”, no existe en la legislación definición alguna del daño antijurídico. No obstante, la jurisprudencia nacional ha definido tal concepto como “la lesión de un interés legítimo, patrimonial o extrapatrimonial, que la víctima no está en la obligación de soportar, que n ...more

68001-23-15-000-1997-02789-01(23924)Sección 3 2013 [Consejo de Estado]

3-RD-0032-2013   ACCION DE REPARACION DIRECTA - Muerte de niña impactada por proyectil de arma de fuego disparado por recluso de establecimiento carcelario, quien se encontraba de permiso fuera de las instalaciones del recinto carcelario / RIESGO EXCEPCIONAL - No se configuró en muerte de niña impactada por proyectil disparado por recluso. Permiso a interno de establecimiento carcelario / RIESGO EXCEPCIONAL - El permiso concedido a un condenado ...more

68001-23-15-000-1997-02538-01(17659)_1 Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

ACCION CONTRACTUAL - Contrato administrativo orden de trabajo / CONTRATO ADMINISTRATIVO - Incumplimiento por Piscícola San Silvestre S.A vinculada a la Secretaría de Agricultura del Departamento de Santander por no pagar valor acordado al contratista / LEGITIMACION EN LA CAUSA - No es constitutiva de excepción de fondo / LEGITIMACION EN LA CAUSA - Es un presupuesto para proferir sentencia   En relación con la naturaleza jurídica de la noción de legi ...more

68001-23-15-000-1997-00942-01(16246) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONTRATO ESTATAL - Naturaleza jurídica / NATURALEZA JURIDICA DE LOS CONTRATOS ESTATALES - Criterio orgánico / ECOPETROL - Entidad estatal / ECOPETROL - Contrato de naturaleza estatal   […] la Jurisprudencia de esta Corporación ha señalado que la naturaleza del contrato no depende de su régimen jurídico, por tanto, al adoptar un criterio orgánico, se ha expuesto que serán considerados contratos estatales aquellos que celebren las entidades de igu ...more

68001-23-15-000-1997-00807-01(22377)Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

PRUEBAS - Copias simples. Valor probatorio / COPIAS SIMPLES - Valor probatorio   La jurisprudencia de esta Sección ha señalado que las copias simples no son medios de convicción que puedan tener la virtualidad de hacer constar o demostrar los hechos que con las mismas se pretendan hacer valer ante la jurisdicción, en cuanto su estado desprovisto de autenticación impide su valoración probatoria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 254 de ...more

68001-23-15-000-1997-00023-00(17995) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FALTA DE LEGITIMACION POR ACTIVA - Prueba del estado civil y prueba del parentesco   Con fundamento en lo anterior puede concluirse entonces que el registro civil de nacimiento es el documento idóneo para acreditar de manera idónea, eficaz y suficiente la relación de parentesco con los progenitores de una persona, comoquiera que la información consignada en dicho documento público ha sido previamente suministrada por las personas autorizadas y con el procedimien ...more

68001-23-15-000-1997-00023-00(17995) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

FALTA DE LEGITIMACION POR ACTIVA - Prueba del estado civil y prueba del parentesco   Con fundamento en lo anterior puede concluirse entonces que el registro civil de nacimiento es el documento idóneo para acreditar de manera idónea, eficaz y suficiente la relación de parentesco con los progenitores de una persona, comoquiera que la información consignada en dicho documento público ha sido previamente suministrada por las personas autorizadas y con el procedimien ...more

68001-23-15-000-1996-2735-01(6173) Sección 1 2000 [Consejo de Estado]

COMUNIDAD - Concepto / DERECHOS DE LOS COMUNEROS - Concepto / DEUDAS DE LA COMUNIDAD - Es obligado el comunero de las que contrajo / VENTA DE CUOTAS - Derecho a venderlas aún sin consentimiento de los otros comuneros / REGISTRO DE VENTA DE UN DERECHO DE CUOTA - La medida de embargo de un derecho proindiviso no impide el registro de cuota parte libre de medida cautelar   Entre las vendedoras YOLANDA y RITA  existió una comunidad respecto del bien objeto de la venta, pues ésta, seg ...more

68001-23-15-000-1996-2735-01(6173) Sección 1 2001 [Consejo de Estado]

COMUNIDAD - Concepto / DERECHOS DE LOS COMUNEROS - Concepto / DEUDAS DE LA COMUNIDAD - Es obligado el comunero de las que contrajo / VENTA DE CUOTAS - Derecho a venderlas aún sin consentimiento de los otros comuneros / REGISTRO DE VENTA DE UN DERECHO DE CUOTA - La medida de embargo de un derecho proindiviso no impide el registro de cuota parte libre de medida cautelar   Entre las vendedoras YOLANDA y RITA  existió una comunidad respecto del bien objeto de la venta, pues ésta, seg ...more

68001-23-15-000-1996-12379-01(25334) Sección 3 2013 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL O EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO - Por omisión del deber de cumplir las medidas de seguridad sobre custodia de armas de fuego / ARMAS DE FUEGO - Deber de custodia y vigilancia / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL O EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO - Concurrencia de conductas en la producción del daño. Culpa exclusiva de la víctima / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL O EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO - Muerte de soldado conscripto. Suicidio de soldado conscripto del Batallón Ricau ...more

68001-23-15-000-1996-12275-01(28545) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Por accidente de tránsito / ACCIDENTE DE TRANSITO MOTOCICLETA OFICIAL - Ocasionó lesiones funcionario público / DAÑO ANTIJURIDICO - Lesiones causadas a alférez en accidente de tránsito con motocicleta oficial ocasionado por error en señalización en obras en la carrera 27 entre calles 33 y 35 de la ciudad de Bucaramanga el día 14 de diciembre de 1994 / ACCIDENTE DE TRANSITO - Con motocicleta oficial   De conformidad ...more

68001-23-15-000-1996-11763-01(26304) Sección 3 2013 [Consejo de Estado]

MINISTERIO PUBLICO - Sujeto procesal especial con facultad de intervención en litigios e incidentes judiciales / MINISTERIO PUBLICO - Garante y defensor del orden jurídico, del patrimonio público y de los derechos y garantías fundamentales   Previo análisis del desarrollo normativo que el legislador ha dado al artículo 277 constitucional que señala las funciones del Procurador General de la Nación, la Sección Tercera de esta Corporación, mediante reciente pr ...more

68001-23-15-000-1996-02381-01(16727) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

PRUEBA TRASLADADA - Valor probatorio   Vale la pena señalar que el citado documento será valorado en esta instancia, por cuanto se cumplió la regla de traslado de la prueba establecida en el artículo 189 del C.P.C., en tanto el fallo respectivo fue proferido con audiencia de la Policía Nacional, quien actúa como demandada en el proceso de la referencia. En consecuencia, como la propia institución demandada fue la que adelantó el proceso disciplina ...more

68001-23-15-000-1996-02316-01(22168) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

DEMANDA - Presupuestos procesales / DEMANDA - Presupuestos procesales: formalidad de la presentación, competencia del juez, capacidad para ser parte y capacidad procesal / INHIBICION - Sólo procede por la ausencia de capacidad para ser parte / INEPTA DEMANDA - Excepción. Ausencia de requisitos del artículo 140 del C.P.C.   Los presupuestos procesales son las condiciones necesarias para que la relación jurídico procesal nazca válidamente y en consecuencia se pue ...more

68001-23-15-000-1996-02276-01(17410) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., ocho (8) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 68001-23-15-000-1996-02276-01(17410)   Actor: LUZ MARIA MANCILLA ...more

68001-23-15-000-1996-02276-01(17410) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., ocho (8) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 68001-23-15-000-1996-02276-01(17410)   Actor: LUZ MARIA MANCILLA ...more

68001-23-15-000-1996-02223-01(22858) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

ADICION - Sentencia. Niega solicitud de adición / SENTENCIA - Adición   La adición de una providencia judicial es procedente  cuando el juez omite, se abstiene o deja de pronunciarse sobre aspectos relevantes de la litis que debía resolver, lo cual no da lugar a que mediante la misma el juez pueda variar, reformar o revocar el fondo de su propia decisión. En efecto, la institución procesal de la adición de providencias judiciales, consagrada en el artículo 31 ...more

68001-23-15-000-1996-01698-01(21541) Sección 3 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Uso de arma de fuego por grupo paramilitar y miembros del ejército / FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA POR ACTIVA - No se realizó pronunciamiento por el ad quem dado que no fue objeto de impugnación la decisión del tribunal / FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA POR ACTIVA - No se acreditó que compañera permanente sufriera perjuicios como tercera damnificada   De conformidad con el artículo 357 del Código de Procedimien ...more

68001-23-15-000-1996-01457-01(17293) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO - Daño / RETENCION DE VEHICULO - Funcionamiento anormal de la Administración de Justicia   Está demostrado en el proceso que el señor Luis María Ascanio, es el propietario del vehículo de placas UPJ – 338, según se constata de la copia auténtica de la tarjeta de propiedad de dicho automotor (fl 45 cd. 2) y que durante la época que estuvo retenido, el mismo sufrió un perjuicio por la imposibilidad de destinar el ...more

68001-23-15-000-1996-01457-01(17293) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO - Daño / RETENCION DE VEHICULO - Funcionamiento anormal de la Administración de Justicia   Está demostrado en el proceso que el señor Luis María Ascanio, es el propietario del vehículo de placas UPJ – 338, según se constata de la copia auténtica de la tarjeta de propiedad de dicho automotor (fl 45 cd. 2) y que durante la época que estuvo retenido, el mismo sufrió un perjuicio por la imposibilidad de destinar el ...more

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