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08001-23-31-000-2007-01008-02(2419-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO - Definición / CONTENIDO DE LA CONVENCION COLECTIVA - Delimitación / CONVENCION COLECTIVA - Requisitos para que produzca efectos   FUENTE FORMAL: CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO - ARTICULO 467 / CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO - ARTICULO 468   REGIMEN PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia.  Antecedente jurisprudencial / PENSION DE JUBILACION - Convalidación / CONVALIDACION - Si ...more

08001-23-31-000-2007-01004-01(0966-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2007-01004-01(0966 ...more

08001-23-31-000-2007-01000-02(1440-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCIÓN DE LESIVIDAD – Cosa juzgada / CONDENA EN COSTAS DE ENTIDAD PUBLICA – Presupuestos.  Cosa juzgada. Mala fe   A partir de la modificación introducida por la Ley 446 de 1998, procede la condena en costas a las entidades públicas, situación que anteriormente no resultaba factible. En estas condiciones, es claro para la Sala que actualmente, en todos los procesos contenciosos, con excepción de las acciones públicas, procede la condena en costas a l ...more

08001-23-31-000-2007-00977-01(18965).arch_1 Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

PARTICIPACION EN EL CONSUMO DE LICORES - Desarrollo normativo. En el monopolio de licores destilados, tanto la Ley 14 de 1983 como la Ley 788 de 2002 dispusieron que los departamentos podían optar por ejercer dicho monopolio y obtener una participación porcentual en la venta de los productos o gravar dichas actividades con el impuesto al consumo y recaudar el tributo liquidado a las tarifas previstas en la ley / PARTICIPACION EN EL CONSUMO DE LICORES - No es viable percibir la particip ...more

08001-23-31-000-2007-00972-01 Sección 5 2009 [Consejo de Estado]

DIPUTADO - Doble militancia no es causal de inhabilidad / DOBLE MILITANCIA - No es causal de inhabilidad electoral. Finalidad   La Sala comparte el criterio que tuvo el Tribunal para denegar las pretensiones del demandante, pues la prohibición constitucional aludida como infringida por el demandado (artículo 107) no se instituyó como causal de inelegibilidad o impedimento, como se deduce de su texto. Como se deduce del texto de la norma, la prohibición está dirigida a los ...more

08001-23-31-000-2007-00966-02 Sección 5 2019 [Consejo de Estado]

ALCALDE - Inhabilidad por contratación con entidad pública dentro del año anterior a la elección / INHABILIDAD DE ALCALDE POR CONTRATACION CON ENTIDAD PUBLICA - El contrato fue celebrado antes del período inhabilitante / INHABILIDAD DE ALCALDE POR CONTRATACION CON ENTIDAD PUBLICA - Cesión de derechos en unión temporal contratista antes del período inhabilitante / INHABILIDAD DE ALCALDE POR CONTRATACION CON ENTIDAD PUBLICA - Excluye actuaciones con ocasión de la ejecución del contrato ...more

08001-23-31-000-2007-00963-01(1810-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA PARA DOCENTES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS MISIONALES CONTRATADOS – Regulación legal. Reconocimiento. Improcedencia por corresponder a tiempo nacional   La educación contratada se trata de una de las diversas formas de prestar educación pública, entendida como aquella que se financia con recursos oficiales, se ofrece en condiciones de gratuidad y debe llegar a los sectores sociales más pobres, en los que el Estado no puede proporcionar educación directamente sino p ...more

08001-23-31-000-2007-00958-02(0030-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación, competencia   En efecto, ni a la luz de la Carta Política de 1886, ni de la actual, los entes territoriales han tenido  competencia para regular la materia pensional de los servidores públicos. (…) La Constitución Política de 1991, artículo 150 numeral 19 literal e) facultó al Congreso para expedir las leyes y señalar en ellas los objetivos y criterios ...more

08001-23-31-000-2007-00958-01(1890-10) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 08001-23-31-000-2007-00958-01(1890-10) ...more

08001-23-31-000-2007-00952-01(0156-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., doce (12) de marzo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2007-00952-01(0156-09) ...more

08001-23-31-000-2007-00948-01(1819-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA – No procede contra auto de ponente   El auto de 21 de mayo de 2009, en cuanto decidió el recurso de apelación contra el auto que admitió la demanda y denegó la suspensión provisional, es un auto interlocutorio proferido por la Sala de la Sección Segunda, Subsección B en un proceso de doble instancia. Así, el recurso ordinario de súplica  interpuesto deviene improcedente por que conforme al artículo 183 antes tran ...more

08001-23-31-000-2007-00945-01(1831-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION - Monto / SUSPENSION PROVISIONAL - Manifiesta violación de norma superior   En similar sentido ver auto de 14 de mayo de 2009, expediente 0191-09     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Co ...more

08001-23-31-000-2007-00941-02(0187-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS – Fijación, competencia   En efecto, ni a la luz de la Carta Política de 1886, ni de la actual, los entes territoriales han tenido  competencia para regular la materia pensional de los servidores públicos. (…) La Constitución Política de 1991, artículo 150 numeral 19 literal e) facultó al Congreso para expedir las leyes y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe s ...more

08001-23-31-000-2007-00941-01(0378-11) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Pensión de jubilación. Convalidación. Manifiesta violación de norma superior / PENSION DE JUBILACION – Reconocimiento con base en convención colectiva. Monto. Suspensión provisional   De conformidad con el artículo 151 de la normatividad citada, por tratarse de un empleado público del orden territorial, para el momento a partir del cual se reconoció el derecho pensional  (2 de enero de 1996) su situación no se encon ...more

08001-23-31-000-2007-00939-01(0483-11) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL – Manifiesta violación de normas / PENSION DE JUBILACION – Situaciones jurídicas consolidadas   En el mismo sentido considera el Despacho que la interpretación de las normas confrontadas y la argumentación de la decisión de suspender o no el acto acusado, son garantías necesarias para la administración y para el accionante teniendo en cuenta que se está frente a la suspensión provisional de los efectos de un acto admini ...more

08001-23-31-000-2007-00936-01(1769-10)Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS DEL ORDEN TERRITORIAL – Fijación. Competencia / AUTONOMIA UNIVERSITARIA – Límites   En relación con la autonomía de las Universidades para regular su régimen salarial y prestacional es del caso reiterar que por regla general sus servidores son empleados públicos que están sometidos a las normas legales establecidas por el legislador conforme a lo dispuesto por el artículo 150, numeral 19, literal e), de la Carta Política, ademà ...more

08001-23-31-000-2007-00935-02(0578-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Marco normativo / REGIMEN PENSIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia / UNIVERSIDAD DEL ATLANTICO - No tiene la facultad para reconocer pensiones de jubilación  de sus empleados / CONVALIDACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS - Pensión de  jubilación / CONVENCIONES COLECTIVAS - Convalidación de reconocimientos pensionales    La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competenci ...more

08001-23-31-000-2007-00922-02 (1648-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL – Fijación. Competencia   La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competencia que la Constitución y la ley reservó de manera exclusiva al Gobierno Nacional, con observancia de los parámetros dados por el Congreso de la República, en virtud de los cuales es claro que no es dable a otro organismo arrogarse dicha facultad. Siendo así, ...more

08001-23-31-000-2007-00921-01(2219-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2007-00921-01(2219 ...more

08001-23-31-000-2007-00894-02 SECCION 1 2012 [Consejo de Estado]

ALCALDES / MORDERNIZACION Y ORGANIZACION - Funcionamiento municipios. No requiere de acto reglamentario / RECAUDO DINEROS - Sistema de transporte masivo de Barranquilla   Sea lo primero advertir que de conformidad con el artículo  91 de la Ley 336 de 1996, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los Municipios,  los Alcaldes ejercerán las funciones que les asigna la Constitución y la Ley, las Ordenanzas, los Acuerdos y l ...more

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