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08001-23-31-000-2000-01519-01(0846-13) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL - Competencia.  Fijación   La Constitución Política de 1991 no otorga a otras autoridades la facultad de expedir normas sobre prestaciones sociales, sólo el Congreso de la República puede fijar las normas generales a las que se sujeta el Gobierno Nacional para establecer los requisitos y condiciones del reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados públicos, por lo que, es ...mas

08001-23-31-000-2000-01482-01(0126-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

RAMA EJECUTIVA DEL NIVEL NACIONAL - Edad de retiro forzoso / PENSION DE RETIRO POR VEJEZ - Retiro del servicio / TIEMPO DE SERVICIO - Acumulación del tiempo servido en el sector privado con el oficial / PENSION DE RETIRO POR VEJEZ - Procedencia al cumplir con los requisitos contemplados en el Decreto 2400 de 1968 y en el Decreto 3135 de 1968   La ley 4ª de 1992 por la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacio ...mas

08001-23-31-000-1997-13079-01(1370-12) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DOCENTES – Principio de prevalencia de la realidad sobre las formalidades / RELACION LABORAL – Existencia. Elementos   El contrato de prestación de servicios puede ser desvirtuado cuando se demuestra la subordinación o dependencia respecto del empleador, y en ese evento surgirá el derecho al pago de prestaciones sociales en favor del contratista, en aplicación del principio de prevalencia de  la realidad sobre las formas en las relaciones d ...mas

08001-23-31-000-1995-10178-01(0282-12) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

JURISDICCION ROGADA – Límites. Debido proceso. Derecho de defensa. Derecho de audiencia   La Corte Constitucional, al examinar la citada disposición contenciosa advirtió que, en virtud del principo de prevalencia del derecho sustancial, no puede extremarse la aplicación de la norma acusada, hasta el punto de sacrificar el derecho material por el exagerado rigorismo procesal, como por ejemplo, cuando el concepto de violación no es lo suficiente pero ...mas

07001-23-31-000-2002-00148-03(1187-09) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ACTO PREVIO - Reiteración jurisprudencial / ACTO PREVIO - Principio de legalidad   El acto administrativo contenido en la calificación de servicios de 30 de abril de 2001 emitido por la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Arauca es considerado en principio como un “acto previo” según los planteamientos reiterados por la Sección Segunda de esta Corporación y la Corte Constitucional a través de Sentencia T-1142 de 28 de noviembre de 2003.  ...mas

05001-33-31-022-2011-00233-01(AP)REV Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona   La carga de la prueba la asume la parte que activa el mecanismo de la revisión. Si se trata por ejemplo de demostrar la contradicción en la jurisprudencia, debe hacer referencia a los precedentes jurisprudenciales que existen sobre la materia y evidenciar su contradicción para que el ejercicio del mecanismo eventual de revisión pueda cumplir con el fin establecido. La solicitud respectiva debe encontrarse debid ...mas

05001-33-31-017-2011-00078-01(AP)REV Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., ...mas

05001-33-31-016-2012-00051-01(1496-12) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

CONFLICTO DE COMPETENCIA – Factor territorial / LISTA DE ELEGIBLES – Carácter laboral / FACTOR TERRITORIAL – Prestación de servicios   En aras de resolver el problema planteado, se tiene en primer lugar que de conformidad con el artículo 134D del  C.C.A, adicionado por el artículo 43 de la Ley 446 de 1998, por regla general, la competencia por el factor territorial se determina “por el lugar de ubicación de la sede de la entidad demandada o ...mas

05001-33-31-015-2010-00043-01(AP)REV Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   ...mas

05001-33-31-014-2011-00073-01(AP)REV Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11     CONSEJO DE ESTADO   SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECION SEGUNDA   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., doce (12) de julio de dos mil doce (2012)   Radicación número: 05001-33-31-014-2011-00073-01(AP)REV ...mas

05001-33-31-011-2011-00082-01(AP) REV Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona ante falta de argumentos sobre necesidad de unificar la jurisprudencia   Si bien el artículo 11 de la Ley 1285 no exige de manera expresa que se sustente la solicitud, y por tanto no pueden requerirse formalidades previstas en la ley para los recursos ordinarios y extraordinarios, a la parte interesada le corresponde explicar, de manera sencilla, los aspectos que demandan unificación, pues el simple hecho de que no esté de acuerdo ...mas

05001-33-31-004-2011-00066-01(AP)REV Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REVISION EVENTUAL DE ACCION POPULAR - No selecciona   FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 11     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., doce (12) de julio de dos mil doce (2012)   Radicación número: 05001-3 ...mas

05001-23-33-000-2014-00603-01(AC) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por existencia de otro mecanismo de defensa judicial. Conflicto negativo de competencias en trámite ante el Consejo Superior de la Judicatura   Para el presente evento y como ya se precisó, las demandantes no hicieron uso de estos mecanismos ordinarios para controvertir las providencias que declararon la falta de competencia jurisdiccional y ordenaron la remisión de los expedientes a la justicia ordinaria ...mas

05001-23-33-000-2014-00590-01(AC) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por incumplir el requisito de subsidiariedad / ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL EN LA CUAL SE NIEGA EL RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA PENSION DE SOBREVIVIENTE - Acción de tutela no es una tercera instancia en la que se pueda subsanar errores, imprecisiones o descuidos de la parte interesada   En el sub examine, encuentra la Sala que la sentencia objeto de tutela fue pro ...mas

05001-23-33-000-2014-00494-01(AC) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por existencia de otro mecanismo de defensa judicial. Omisión en el agotamiento de los mecanismos de defensa judicial ordinarios al alcance de las partes   En el sub examine, la Auditoría General de la República acusa la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, la defensa y acceso a la administración de justicia, por parte del Juzgado 14 Administrativo de ...mas

05001-23-33-000-2013-01686-01(AC) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Presupuestos / ACCION DE TUTELA - Requisitos para su procedencia: subsidiariedad e inmediatez Según lo consagrado en el artículo 86 de la Constitución Política, toda persona cuenta con la acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos fundamentales cuando quiera que sean violados o amenazados por la acción o la omisión de las autoridades, o de particulares en los casos que señala la ley, y procede sólo cuand ...mas

05001-23-33-000-2013-00762-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Improcedente por existencia de otro mecanismo de defensa judicial   La parte actora rebate la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia al considerar que no tuvo en cuenta el precedente jurisprudencial de la Sección Segunda del Consejo de Estado en donde a este mismo actor se le ampararon sus derechos fundamentales en una situación similar… en la presente acción constitucional la Sala observa que la actora i ...mas

05001-23-33-000-2012-00669-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Carencia actual de objeto por hecho superado   Frente a la anterior situación, es necesario destacar que a pesar de que la respuesta fue emitida fuera de los términos del C. C. A. , con su expedición la amenaza o vulneración al derecho fundamental de petición del interesado ha desaparecido, lo que hace innecesaria una orden del juez de tutela en ese sentido, pues para estos momentos dicha orden carecería de objeto, al configura ...mas

05001-23-33-000-2012-00554-01(AC) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

CONCURSO DE MERITOS - Necesidad de  declaratoria de desierto del concurso para la utilización de la lista de elegibles conformado para otro grupo / DERECHO DE ACCESO A CARGOS PÚBLICOS - Se ordena expedir acto administrativo  de declaratoria de desierto del concurso   De tal forma que debe darse la razón a la entidad demandada cuando afirma que solamente cuando se declaren desiertas las dos (2) vacantes donde no hubo ...mas

05001-23-33-000-2012-00531-01(0143-13)_1 Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO POR INTERES DIRECTO EN EL PROCESO – Bonificación por compensación   La Sala observa, que de conformidad el numeral 5 del artículo 131 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), si el impedimento comprende a todo el Tribunal, la Sección del Consejo de Estado que conoce del tema relacionado con la materia objeto de controversia, lo decidirá de plano y si lo encuentra fundado, lo enviará al Tribunal de orig ...mas

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