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66001-23-31-000-2005-00805-01(16502)A Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

ADICION  DE INGRESOS - Procede cuando se comprueba la existencia de ingresos no contabilizados ni declarados / CONTABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE - Al desvirtuarse y no ofrecer confiabilidad no puede tenerse como prueba a su favor / CERTIFICADO DE CONTADOR O REVISOR FISCAL - Es prueba documental condicionada a que la contabilidad se lleve en debida forma   En el Informe de Policía Judicial N°188 del 22 de agosto de 2002 y en el Dictamen Contable Final N°249 del 4 de d ...more

66001-23-31-000-2005-00805-01(16502) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA TRIBUTARIA - Al ser negada mas no improbada no reúne el requisito de la ley 1328 de 2009 / NORMALIZACION DE CARTERA DE INCODER - No procede la conciliación contenciosa administrativa tributaria al haber sido negado el acuerdo conciliatorio   Sub examine se observa que aunque la parte actora solicitó la conciliación en vigencia de la Ley 1111 de 2006, tal solicitud fue negada mas no improbada, como lo exige el parágrafo del artículo 77 de l ...more

66001-23-31-000-2005-00804-01(16481) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

DETERMINACION DEL IMPUESTO – La contabilidad es referencia para verificar el desarrollo de la actividad del contribuyente / CONTABILIDAD – Requisitos. Valor probatorio   El Decreto 2649 de 1993, especifica los principios contables generalmente aceptados, así como también el conjunto de conceptos y reglas que se deben observar al registrar los datos contables de un ente económico. Es así que los registros en los libros y los soportes deben guardar ...more

66001-23-31-000-2005-00804-01(16481) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

CONCILIACION TRIBUTARIA – La prevista en la Ley 1328 de 2009 se refiere a los contribuyentes de impuestos territoriales / IMPUESTOS TERRITORIALES – Sobre ellos trata la conciliación prevista en la Ley 1328 de 2009   Se procede a analizar si se ajusta a derecho la intención de la actora de acogerse al trámite de  conciliación previsto en la Ley 1328 de 2009 [77]. La norma citada se refiere a la conciliación entre los contribuyentes y responsables de impuestos territori ...more

66001-23-31-000-2005-00804-01(16481) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

CONCILIACION TRIBUTARIA - Requisitos / ACUERDO CONCILIATORIO TRIBUTARIO - Debía efectuarse entre el contribuyente y la DIAN  a más tardar el 31 de julio de 2007 / IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - No se accede a la conciliación cuando el acuerdo conciliatorio se suscribe después del 31 de julio de 2007   Conforme a la Ley 1111/06 artículo 54, para que opere la conciliación contenciosa administrativa en materia tributaria, se parte del supuesto de que existe un proces ...more

66001-23-31-000-2005-00798-01(16622) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

PROCESO DE DETERMINACION – La contabilidad es fundamental para establecer las circunstancias de la actividad mercantil del contribuyente / CONTABILIDAD – valor probatorio / CONTABILIDAD COMO MEDIO DE PRUEBA – No lo es cuando la contabilidad no llena los requisitos de las normas contables   El Decreto 2649 de 1993, especifica los principios contables generalmente aceptados, así como también el conjunto de conceptos y reglas que se deben observar al registrar l ...more

66001-23-31-000-2005-00798-01(16622) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

CONCILIACION SOBRE IMPUESTOS TERRITORIALES – Hace improcedente conciliar sobre el impuesto de renta / CONCILIACION TRIBUTARIA DE LA LEY 1328 DE 2009 – Procede solamente entre los contribuyentes de impuestos territoriales y las entidades territoriales   Se procede a analizar si se ajusta a derecho la intención de la actora de acogerse al trámite de  conciliación previsto en la Ley 1328 de 2009 [77]. La norma citada se refiere a la conciliación entre los contri ...more

66001-23-31-000-2005-00798-01(16622) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

CONCILIACION TRIBUTARIA - Requisitos / ACUERDO CONCILIATORIO TRIBUTARIO - Debía efectuarse entre el contribuyente y la DIAN  a más tardar el 31 de julio de 2007 / IMPUESTO SOBRE LA RENTA - No se accede a la conciliación cuando el acuerdo conciliatorio se suscribe después del 31 de julio de 2007   Conforme a la Ley 1111/06 artículo 54, para que opere la conciliación contenciosa administrativa en materia tributaria, se parte del supuesto de que existe un proceso ...more

66001-23-31-000-2005-00680-02(AP) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MYRIAM GUERRERO DE ESCOBAR   Bogotá, D.C., veintiséis (26) de marzo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 66001-23-31-000-2005-00680-02(AP)   Actor: CARLOS HE ...more

66001-23-31-000-2005-00680-01(AP) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

RECUSACION - Concepto. Denuncia penal contra el juez como causal. Configuración   Los impedimentos y recusaciones están instituidos en nuestra legislación como garantía de la imparcialidad que deben tener los funcionarios judiciales en el desempeño de su labor. La Ley establece, de manera taxativa, unas causales de impedimento y recusación, cuya configuración, en relación con quien deba decidir un asunto, determina la separación de su conocimiento. Para ello ...more

66001-23-31-000-2005-00566-02(36087) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejera ponente: MYRIAM GUERRERO DE ESCOBAR   Bogotá, D.C., veintiséis (26) de marzo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 66001-23-31-000-2005-00566-02(36087)   Actor: YOLAND ...more

66001-23-31-000-2005-00522-01(2305-06) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO   Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil siete (2007)   Radicación número: 66001-23-31-000-2005-00522-01(2305-06) ...more

66001-23-31-000-2005-00453-01(36242) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: ENRIQUE GIL BOTERO   Bogotá, D.C., veintiséis (26) de marzo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 66001-23-31-000-2005-00453-01(36242)   Actor: NACION-MINISTE ...more

66001-23-31-000-2005-00393-01(AP) Sección 1 2008 [Consejo de Estado]

SEÑAL DE TRANSITO - Definición; clasificación; responsabilidad del municipio / RESALTOS O REDUCIDORES DE VELOCIDAD - Competencia de Alcaldes y Secretarios de Tránsito   Sobre el particular, es preciso señalar que conforme al artículo 2º de citada la Ley 769 de 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”, la señal de tránsito está definida como un dispositivo físico o marca especial ...more

66001-23-31-000-2005-00370-01(43571) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

IMPEDIMENTO DE MAGISTRADOS DE TRIBUNAL - Conocimiento. Competencia del Consejo de Estado / IMPEDIMENTO DE MAGISTRADOS DE TRIBUNAL - Conocimiento. Consejero Ponente   Este Despacho, es competente para decidir el impedimento manifestado por los señores Magistrados que componen el Tribunal Administrativo de Risaralda, de conformidad con lo dictado en el artículo 5° de la Ley 954 de 2005 - mediante el cual se modificó el numeral 4° del artículo 160A del ...more

66001-23-31-000-2005-00332-01(1391-07) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO – Régimen aplicable / MODIFICACION DE LA PLANTA DE PERSONAL EN LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SAN JORGE DE PEREIRA – Competencia de la Junta Directiva   Dicho estatuto (Acuerdo 124 de 1994) le otorgó a la Junta Directiva del Hospital Universitario San Jorge de Pereira E.S.E., las funciones de “Expedir, adicionar y reformar el estatuto interno” y  “Aprobar las planta de personal y sus modificaciones, para su posterior adopción por la autoridad c ...more

66001-23-31-000-2005-00322-01(2524-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – No son beneficiarios los docentes de carácter nacional / PENSION GRACIA – Beneficarios los docentes territoriales nacionalizados   Al demandante no le asiste derecho a recibir la pensión gracia que reclama porque tiene una vinculación del orden Nacional, la cual contraviene las disposiciones de la Ley 114 de 1913, norma que no fue derogada con la expedición de las Leyes 116 de 1928 y 37 de 1933, pues se recuerda que estas normas h ...more

66001-23-31-000-2005-00281-01(0589-07) Sección 2 2007 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION EN LA RAMA JUDICIAL - Régimen especial. Liquidación. Factores   En similar sentido ver sentencia de 10 de abril de 2007, expediente 6706-05     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Conseje ...more

66001-23-31-000-2005-00126-02(0001-09) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

TIPICIDAD DE LA CONDUCTA –Materia disciplinaria / FALTA EN MATERIA DISCIPLINARIA – Infracción al deber legal   La falta en materia disciplinaria se estructura a partir de la infracción al deber funcional. En el contexto anterior, vale decir que quines ejercen una función pública, deben desempeñar el empleo, cargo o función, con diligencia, eficiencia; absteniéndose de ejecutar actos que impliquen ejercicio indebido del cargo o función, sin obt ...more

66001-23-31-000-2005-00123-01(AP) Sección 1 2010 [Consejo de Estado

ESPACIO PUBLICO – Derecho al trabajo / DERECHO AL TRABAJO – Espacio público / VENDEDORES AMBULANTES – Invasión del espacio público / VENDEDORES AMBULANTES DEL CEMENTERIO DE SAN CAMILO – No invaden el espacio público   En  sentencias  de 20 de marzo de 2003 y de 7 de junio de 2007 la Sala  analizó la cuestión que vuelve a plantearse en este caso, con ocasión de acciones populares instauradas por hechos análogos, para la protección de los derechos a ...more

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