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52001-23-31-000-2010-00518-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., primero (1) de diciembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00518-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00493-01(ACU) Sección 5 2011 [Consejo de Estado]

MINISTERIO DE CULTURA - Competencia legal para la declaratoria, protección y conservación de bien de interés cultural   Dentro de este contexto, considera la Sala que tiene razón el actor al deducir el deber imperativo e inobjetable que tiene la administración municipal de Pasto de contar con la correspondiente autorización por parte del Ministerio de Cultura, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, para proceder con la intervenci ...more

52001-23-31-000-2010-00491-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUND   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00491-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00487-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., diez (10) de noviembre del dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00487-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00464-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., diez (10) de noviembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00464-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00456-01(AC) Sección 1 2010 [Consejo de Estado

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejero ponente: RAFAEL ENRIQUE OSTAU DE LAFONT PIANETA   Bogotá, D.C., once (11) de noviembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00456-01(AC)   Actor: G ...more

52001-23-31-000-2010-00387-01(AC) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRIGUEZ   Bogotá, D.C., veinte (20) de enero de dos mil once (2011)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00387-01(AC)   Actor: BERNARDO Z ...more

52001-23-31-000-2010-00214-01(39360) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD - Concepto. Configuración. Fundamento normativo   La caducidad es la sanción que consagra la ley por el no ejercicio oportuno del derecho de acción, en tanto al exceder los plazos preclusivos para acudir a la jurisdicción, se ve limitado el derecho que le asiste a toda persona de solicitar que sea definido un conflicto por el aparato jurisdiccional del poder público. Es decir, las normas de caducidad tienen fundamento en la seguridad jurídica que debe ...more

52001-23-31-000-2010-00212-02(42946) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

  IMPEDIMENTO - Incidente. Bonificación por compensación / IMPEDIMENTO - Incidente. Bonificación por gestión judicial   Se observa que la controversia versa sobre el pago de la diferencia salarial por concepto del incremento de la Bonificación por Compensación, es decir, sobre el pago de la Bonificación por Gestión Judicial y, de acuerdo con lo manifestado en el escrito de impedimento, “cualquier análisis y posterior decisión que recaiga sobre el presente asunto, p ...more

52001-23-31-000-2010-00209-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00209-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00196-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA   Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00196-01(AC ...more

52001-23-31-000-2010-00195-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

CONCURSO DE MERITOS COMISION NACIONAL DE SERVICIO CIVIL - Vulneración del debido proceso al exigir formación profesional no ajustada al perfil del cargo   Se observa que la parte accionada no justifica las razones por las cuales para el mencionado cargo de la secretaría de educación de dicho departamento, con las funciones enunciadas por la CNSC en el oficio del 27 de octubre de 2010, que en su mayor parte son de índole administrativo, se necesita un profesional ...more

52001-23-31-000-2010-00192-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., cuatro (4) de octubre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00192-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00175-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONSALVE   Bogotá, D.C., dos (2) de septiembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00175-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00173-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00173-01(AC) ...more

52001-23-31-000-2010-00148-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA - Inmediatez / PRINCIPIO DE INMEDIATEZ - Excepciones / ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA - Prevalencia del derecho sustancial. Vulneración si se traslada con rigurosidad a la parte, la carga de no haber interpuesto los recursos para subsanar la demanda, ante dificultad en el conocimiento y seguimiento del proceso   De acuerdo con el artículo 86 de la Constitución Política, la Acción de Tutela está dispuesta para reclamar ante los jueces la ...more

52001-23-31-000-2010-00129-01(AC) Sección 1 2010 [Consejo de Estado

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION PRIMERA   Consejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA   Bogotá, D.C., cinco (5) de agosto de dos mil diez (2010)   Radicación número: 52001-23-31-000-2010-00129-01(AC)   Actor: DIANA MAR ...more

52001-23-31-000-2010-00103-01(1185-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Empleados de la Contraloría General de la Republica / FACTORES SALARIALES – Inclusión de los salarios devengados en el último semestre / RELIQUIDACION PENSION DE JUBILACION – Se deben incluir los factores salariales percibidos   Al establecer la base de liquidación se incluyeron la asignación básica, prima técnica y bonificación por servicios prestados, factores devengados en el último semestre de servicio, omitiendo ...more

52001-23-31-000-2010-00089-01(AC) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

COMUNIDADES INDIGENAS – Protección especial / COMUNIDADES INDIGENAS – Participación en medidas que afectan su integridad cultural, social y económica / CONSULTA A COMUNIDAD INDIGENA – Procedencia de la tutela si no hay consulta previa / DIVERSIDAD ETNICA – Derecho fundamental   Las disposiciones mencionadas conforman el bloque de constitucionalidad aplicable a las comunidades indígenas que habitan el territorio nacional otorgándoles una protección especial para la preser ...more

52001-23-31-000-2010-00079-01(1051-11) Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

OMISION EN LA NOTIFICACION DEL AUTO QUE NIEGA RECUSACION EN PROCESO DISCIPLINARIO – Vulneración del derecho de contradicción. Debido proceso   Una vez regresó del superior el trámite de la recusación, la Procuradora Regional de Nariño procedió a decretar las pruebas que estaban pendientes dentro del trámite del proceso, sin que obre constancia en el expediente de la comunicación o notificación del auto que negó la recusación, el cual al ser ...more

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