Inicio » administrador

Pagína del Autor administrador

Nombre del perfil: administrador

AutorLista de artículos

08001-23-31-000-2003-01781-01(1684-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2003-01781-01(1684-0 ...more

08001-23-31-000-2003-01778-02(2038-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia   La fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos es una competencia que la Constitución y la ley reservó de manera exclusiva al Gobierno Nacional, con observancia de los parámetros dados por el Congreso de la República, en virtud de los cuales es claro que no es dable a otro organismo arrogarse dicha facultad. Siendo así, resultan ilegales las normas de carácter ...more

08001-23-31-000-2003-01773-01(1824-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

AUTONOMIA UNIVERSITARIA – Límites / REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL – Prohibición de fijación por entidades territoriales / PENSION DE JUBILACION – Fijación de topes y porcentajes por entes universitarios. Improcedencia / SUSPENSION PROVISIONAL – Violación de norma superior. Pensión de jubilación. Fijación de topes y porcentajes por entes universitarios   En relación con la autonomía de las Universidades para regular su régimen salarial y prestacional es del caso re ...more

08001-23-31-000-2003-01772-02(1578-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CONVENCION COLECTIVA - Definición.  Contenido / CONVENCION COLECTIVA - Requisitos para su validez / ACTO SOLEMNE - Convención colectiva   De acuerdo con la definición establecida en el artículo 467 del Código Sustantivo de Trabajo, la convención colectiva de trabajo es un acuerdo bilateral celebrado entre una o varias asociaciones profesionales de trabajadores y uno o varios patronos para regular las condiciones que regirán los contratos de trabaj ...more

08001-23-31-000-2003-01772-01(1290-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2003-01772-01(1290 ...more

08001-23-31-000-2003-01771-02(0889-11)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION – Aplicación Ley 1395 de 2010 articulo 67 / TERMINO – Para presentar el recurso de apelación   De la normativa trascrita se colige que a pesar de que la providencia que concedió el recurso de apelación fue notificada con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1395 del 12 de julio de 2010, se debe tener en cuenta que el recurso fue interpuesto el 21 de abril de 2010, es decir, que su trámite debe desarrollarse de conformidad con lo señalado en e ...more

08001-23-31-000-2003-01699-02(1890-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS DEL NIVEL TERRITORIAL - Fijación.  Competencia / CONVENCION COLECTIVA - Pensión de jubilación / PENSION DE JUBILACION - Debe sujetarse a las normas legales que regulan el régimen pensional / PENSION DE JUBILACION - Reconocimiento con base en convención colectiva / DERECHO ADQUIRIDO - Situación definida.  Consolidación del status de conformidad a la convención colectiva / CONVALIDACION - Acto que reconoce la pensión es poste ...more

08001-23-31-000-2003-01683-01(1961-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ   Bogotá, D.C., veintiuno (21) de mayo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2003-01683-01(1961-07) ...more

08001-23-31-000-2003-01669-01(0213-09) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., doce (12) de marzo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2003-01669-01(0213-09) ...more

08001-23-31-000-2003-01663-02(1625-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

PENSION DE JUBILACION – Reconocimiento con base en convención colectiva. Convalidación. Requisito   Es cierto que antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993, existía normatividad que regulaba el régimen pensional, no obstante es innegable que también existían disposiciones municipales o departamentales en materia de pensión de jubilación “extralegales” que favorecieron a servidores públicos, como lo fueron precisamente los Acuerdos de la Un ...more

08001-23-31-000-2003-01645-01(1361-07) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

DOCENTES POPULARES PARA PROGRAMAS DE EDUCACION DE ADULTOS – Regulación legal   Se observa que los docentes populares se rigen por los mismos mandatos que los demás docentes, es decir, por el Decreto-Ley 2277 de 1979 y las Leyes 60 de 1993 y 115 de 1994, lo cual indica que tienen el mismo trato y las mismas obligaciones que los educadores y el desarrollo de su actividad hace parte del servicio público.   FUENTE FORMAL: DECRETO 3031 DE 1979 / DECRETO ...more

08001-23-31-000-2003-01606-01(0981-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA   Bogotá, D.C., tres (3) de junio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 08001-23-31-000-2003-01606-01(0981-09) ...more

08001-23-31-000-2003-01435-01(1673-07) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Regulación legal / CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Contrato realidad / CONTRATO REALIDAD - Contrato de prestación de servicios / CONTRATO VERBAL DE TRABAJO - Improcedencia para vinculación de docente / LABOR DOCENTE - Definición   En el derecho público han existido algunas normas legales que han regulado la vinculación por “contrato de prestación de servicios”, a las cuales se han acomodado a las dist ...more

08001-23-31-000-2003-01429-01(1393-07)_1 Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIAN - Naturaleza jurídica, objeto, creación, evolución normativa / UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - Fusión de la unidad de impuestos con la unidad de aduanas   De conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 489 de 1998, las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, son organismos descentralizados por servicios del orden nacional ...more

08001-23-31-000-2003-01405-01(ACU) Sección 5 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE CUMPLIMIENTO - Desacato   De este modo, el Tribunal ordenó, mediante sentencia del 29 de julio de 2003,  al Gerente y/o Representante Legal de la empresa Electricaribe que procediera a reconocerle a la accionada los efectos del silencio adminsitrativo positivo, en el sentido de que no le fueran cobradas las facturas ya varias veces mencionadas...Entonces, dado que está demostrado el reincidente actuar de la autoridad en el sentido de reajusta ...more

08001-23-31-000-2003-01386-01(15652) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

RENTA LIQUIDA GRAVABLE - Determinación / INGRESO - Realización; causación / RETENCION EN LA FUENTE - Objeto y naturaleza / SISTEMA DE CAUSACION - El derecho a deducir en un período las retenciones del impuestos están sujetas a que el ingreso que las genere se realice / RETEFUENTE IMPUTADA EN DECLARACION DE RENTA - Debe contabilizarse sobre la base de su causación / CORRECION DE LA DECLARACION - Procede cuando el contribuyente deja de incluir retenciones del período de la respectiv ...more

08001-23-31-000-2003-01297-01(2519-08) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Criterio / RELACION LABORAL - Diferencia / CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Eventos en los cuales se puede desarrollar.  Características   La Sala en diversos pronunciamientos ha acogido el criterio expuesto por la Corte Constitucional alrededor de la diferencia existente entre el contrato de prestación de servicios propiamente dicho, con las situaciones en las cuales la administración, con el propósito de d ...more

08001-23-31-000-2003-01275-01(0976-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., cuatro (4) de junio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 08001-23-31-000-2003-01275-01(0976-07) ...more

08001-23-31-000-2003-01269-01(1629-10) Sección 2 2011 [Consejo de Estado]

LABOR DOCENTE - Personal y subordinada / CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Misma situación de los educadores de planta / RELACION LABORAL - Elementos esenciales / REPARACION DEL DAÑO - El equivalente a las prestaciones sociales que perciben los docentes oficiales / CONTRATO REALIDAD - Coexistencia de una relación laboral / SENTENCIA QUE DECLARA LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO DE REALIDAD - Tiene el carácter de constitutiva   Se tiene que la labor docente no es independiente sino ...more

08001-23-31-000-2003-01247-01(0632-09) Sección 2 2010 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Acreditar la presentación del escrito ante la administración / DEMANDA - Debe acompañar con la demanda el escrito de petición / AUSENCIA DEL ESCRITO DE DERECHO DE PETICION - Eventos en que se subsana   El efecto útil de esta exigencia legal fluye con notable nitidez en los artículos posteriores. Así, el artículo 6° establece un término de quince (15) días para resolver o contestar una petición, contado a partir de “la f ...more

1 ...4441 4442 4443 4444 4445 ...4606