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CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA, SUBSECCION B Consejero ponente: ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Bogotá, D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil siete (2007) Radicación número: 08001-23-31-000-2000-01858-01(7873 ...more
DEMANDANTE - Señalamiento indiscriminado de diferentes regímenes de responsabilidad no constituye impedimento para que el juez falle de fondo / APLICACION DEL PRINCIPIO IURA NOVIT CURIA - Potestad del juez para definir o aplicar la norma o régimen correspondiente según sea el caso, respetando la causa petendi En relación con el título de imputación aplicable al caso sub examine, se advierte que el demandante señala, indiscriminadamente, la aplic ...more
DEMANDANTE - Señalamiento indiscriminado de diferentes regímenes de responsabilidad no constituye impedimento para que el juez falle de fondo / APLICACION DEL PRINCIPIO IURA NOVIT CURIA - Potestad del juez para definir o aplicar la norma o régimen correspondiente según sea el caso, respetando la causa petendi En relación con el título de imputación aplicable al caso sub examine, se advierte que el demandante señala, indiscriminadamente, la aplic ...more
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / DAÑO CAUSADO POR INTEGRANTES DE LA FUERZA PÚBLICA / O DERIVADO DE VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS Y AL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO / DAÑO CAUSADO EN OPERATIVOS MILITARES - Ejercicios militares de manejo de armas / DAÑO CAUSADO A CIVIL CON ARTEFACTOS EXPLOSIVOS / LESIONES O MUERTE DE CIVILES POR ARTEFACTOS EXPLOSIVOS / ABANDONO DE ARTEFACTO EXPLOSIVO / EXPLOSIÓN DE ARTEFACTO EXPLOSIVO / EXPLOSIÓN DE GRANADA / VÍCTIMA ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010) Radicación número: 08001-23-31-000-2000-01530-01(37819) Actor: TREFILADOS DE LA CO ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010) Radicación número: 08001-23-31-000-2000-01530-01(37819) Actor: TREFILADOS DE LA CO ...more
COMUNICACION DEL RETIRO DEL SERVICIO – No es acto administrativo La Sala advierte de antemano que no comparte esta posición, pues contraviene la reiterada jurisprudencia de esta Corporación, según la cual, el acto de comunicación no constituye un acto demandable ante esta Jurisdicción, pues no crea, modifica ni extingue situación jurídica alguna; tal oficio solo se limita, de una parte, a comunicar la supresión del cargo del actor, y de otra, a informar de manera ge ...more
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS A NIVEL TERRITORIAL - Competencia. Fijación La Constitución Política de 1991 no otorga a otras autoridades la facultad de expedir normas sobre prestaciones sociales, sólo el Congreso de la República puede fijar las normas generales a las que se sujeta el Gobierno Nacional para establecer los requisitos y condiciones del reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados públicos, por lo que, es ...more
RAMA EJECUTIVA DEL NIVEL NACIONAL - Edad de retiro forzoso / PENSION DE RETIRO POR VEJEZ - Retiro del servicio / TIEMPO DE SERVICIO - Acumulación del tiempo servido en el sector privado con el oficial / PENSION DE RETIRO POR VEJEZ - Procedencia al cumplir con los requisitos contemplados en el Decreto 2400 de 1968 y en el Decreto 3135 de 1968 La ley 4ª de 1992 por la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacio ...more
PENSION GRACIA - Antecedentes normativos / PENSION GRACIA - Beneficiarios La pensión de jubilación gracia fue consagrada mediante el artículo 1º de la Ley 114 de 1913 en favor de los maestros de las escuelas primarias oficiales que hayan servido en el Magisterio por un término no menor de 20 años, estableciendo condiciones especiales en materia pensional sobre la cuantía, la posibilidad de acumular servicios prestados en diversas épocas, los requisitos que deben ...more
RECURSO DE APELACION – Se entiende interpuesto en lo desfavorable / APELACION DE AMBAS PARTES – Permite que se resuelva el recurso de apelación sin limitaciones De conformidad con el artículo 357 C.P.C., aplicable por remisión del artículo 267 C.C.A., el recurso de apelación se entiende interpuesto en lo desfavorable, de modo que, en principio, no puede agravarse la situación del apelante único, en aplicación del principio de no reformatio ...more
CONDUCTA TEMERARIA O MALA FE EN EL PROCESO – Existencia Son deberes y responsabilidades de las partes y sus apoderados, proceder con lealtad y buena fue en todos sus actos, y obrar sin temeridad en sus pretensiones o defensa y en el ejercicio de los derechos procesales (artículo 71 del C.P.C. – numerales 1º y 2º). Se considera que ha existido temeridad o mala fe cuando por cualquier otro medio se entorpezca reiteradamente el desarrollo normal del proceso (artículo 74 numeral ...more
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / DAÑO CAUSADO POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / DAÑO DERIVADO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA / EXPECTATIVA CIERTA FRENTE A LOS DERECHOS PENSIONALES / INEXISTENCIA DE DAÑO ANTIJURÍDICO
La demandante sostuvo que […] [se] le generó la expectativa de que su pensión de sobreviviente alcanzaría un monto superior al inicialmente reconocido, creencia que se extinguió ...more
SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA - Usuarios de circuitos subnormales: extemporaneidad de los recursos contra facturación / PRESTACION DEFICIENTE Y DISCONTINUA DE ENERGIA - Requisitos de individualización de fechas / FACTURACION DE SERVICIOS PUBLICOS - Extemporaneidad de recursos / CIRCUITOS SUBNORMALES - Facturación; recursos La Sala denegará la pretensión que persigue relevar a los usuarios de los circuitos subnormales del municipio de Soledad de pagar las sumas que adeudan a ELE ...more
GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA - Su objeto es diferente al del recurso de apelación / RECURSO DE APELACION - Su objeto es diferente al del grado jurisdiccional de consulta / RECURSO DE APELACION - No es posible darle trámite conjunto a éste y al grado jurisdiccional de consulta De conformidad con el artículo 184 del C.C.A., la consulta, tratándose de asuntos de carácter laboral, procede contra las sentencias dictadas en primera instancia que imp ...more
INFRACCION POR CONTRABANDO - Nulidad por falta de prueba de los supuestos o conductas del Decreto 1750 de 1991 artículo 1 literal a) / CONTRABANDO - Principio de presunción de la buena fe / RESPONSABILIDAD DE TRANSPORTADOR - Excedentes de mercancía / INFRACCION DE CONTRABANDO - Prueba de autoría, intervención o participación / PRUEBA DE AUTORIA, INTERVENCION O PARTICIPACION - Infracción por contrabando / EXCESO DE PESO Y CANTIDAD - Responsabilidad del transportador En este ca ...more
SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE ENERGIA ELECTRICA Y LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS – Norma aplicable respecto al impuesto de industria y comercio / TRANSFORMACION DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE ENERGIA ELECTRICA – No es una actividad mercantil / SERVICIO PUBLICO – Definición. Finalidad La Sala parte de reiterar que el impuesto de industria y comercio sobre el servicio público domiciliario de energía eléctrica y las actividades complem ...more
CAUSALES DE NULIDAD - Son taxativas / SOLICITUD DE NULIDAD - Debe rechazarse de plano cuando se proponga después de saneada la causal / SOLICITUD DE CORRECCION DE LA DEMANDA - Al no resolverse viola el debido proceso y el derecho de defensa y no sanea la nulidad aunque la parte afectada no la alegara En relación con las nulidades, el artículo 140 del Estatuto Procesal Civil, aplicable a los asuntos de lo Contencioso Administrativo en virtud del artículo 165 del ...more
HORA CATEDRA - Definición El Decreto 44 de 1989, definió la hora cátedra como la hora - clase dictada por un profesional no vinculado a la Administración en ninguna jornada o nivel educativo, como profesor de tiempo completo. FUENTE FORMAL: DECRETO 44 DE 1989 INCORPORACION A LA PLANTA DE PERSONAL DOCENTE - Docentes vinculados por contrato de prestación de servicios. Sentencia de inexeq ...more
HORA CATEDRA - Definición El Decreto 44 de 1989, definió la hora cátedra como la hora - clase dictada por un profesional no vinculado a la Administración en ninguna jornada o nivel educativo, como profesor de tiempo completo. FUENTE FORMAL: DECRETO 44 DE 1989 INCORPORACION A LA PLANTA DE PERSONAL DOCENTE - Docentes vinculados por contrato de prestación de servicios. Sentencia de inexeq ...more