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05001-23-31-000-1993-00560-01(16825) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

LEGITIMA DEFENSA - Causal de exoneración / CULPA EXCLUSIVA DE LA VICTIMA - Causal eximente de responsabilidad   En cuanto al juicio de responsabilidad frente a la entidad demandada, con ocasión de las lesiones sufridas por el señor Jhon Jairo Moreno Villa, luego de realizada la  valoración conjunta de la prueba documental y testimonial obrante en el proceso, la Sala advierte la configuración de la culpa exclusiva de la víctima como determinante del daño causad ...more

05001-23-31-000-1993-00560-01(16825) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

LEGITIMA DEFENSA - Causal de exoneración / CULPA EXCLUSIVA DE LA VICTIMA - Causal eximente de responsabilidad   En cuanto al juicio de responsabilidad frente a la entidad demandada, con ocasión de las lesiones sufridas por el señor Jhon Jairo Moreno Villa, luego de realizada la  valoración conjunta de la prueba documental y testimonial obrante en el proceso, la Sala advierte la configuración de la culpa exclusiva de la víctima como determinante del daño causad ...more

05001-23-31-000-1993-00429-01(17504) Sección 3 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: ENRIQUE GIL BOTERO   Bogotá, D.C., veinte (20) de mayo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 05001-23-31-000-1993-00429-01(17504)   Actor: LUIS EDUARDO CADAVID ...more

05001-23-31-000-1993-00350-01(17152) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAUSA POR PASIVA - Muerte de recluso /  ACCION DE REPARACION DIRECTA - Improcedencia / IMPUTACION DEL DAÑO - Inexistencia. Falta de vinculación   En el caso objeto de análisis, no existen dudas, en el sentido de que la administración de la cárcel de la localidad le correspondía al municipio de San Carlos, y éste, como se indicó, no se vinculó al proceso. Resulta imposible entonces, imputarle el daño aludido, a la Nación - Minist ...more

05001-23-31-000-1993-00072-01(45004)_1 Sección 3 2020

ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES / CONTROL DE LEGALIDAD / CONTROL DE LEGALIDAD DE SANEAMIENTO DE VICIOS PROCESALES / DEBERES DEL JUEZ / NULIDAD PROCESAL

El artículo 25 de la Ley 1285 de 2009, dispone que al Juez le asiste un el control de legalidad en cada etapa procesal, y que ese control deberá ejercerse para sanear los vicios que acarrean nulidades en el proceso, por lo tanto antes de proyec ...more

05001-23-31-000-1992-01748-02(18110)Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

SENTENCIA – Puede corregirse en cualquier tiempo cuando se trate de errores aritméticos / SENTENCIA CORREGIDA – Es susceptible de recursos y debe notificarse personalmente o por aviso / GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA – Improcedencia   se establece en el artículo 310 del C.P.C, es indiscutible que cualquier providencia dictada dentro de un trámite judicial, en la que se haya incurrido en un error puramente aritmético, es corregible en cualquie ...more

05001-23-31-000-1992-01490-01(16741) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

COPIAS - Valor probatorio La Sala advierte que las pruebas aportadas por la parte actora, cumplen las exigencias del artículo 254 para su valoración probatoria, y en ese sentido reúnen las condiciones de autenticidad de la norma, bajo el entendido de que las copias tendrán el mismo valor que su original cuando: a) hayan sido autorizadas por notario, director de oficina administrativa o de policía, o secretario de oficina judicial, previa orden del juez, donde se encuentr ...more

05001-23-31-000-1992-01199-01(24967) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

AUTO DE SALA - Solicitud de prueba en concepto de conciliación emitido por la Procuraduría /  CONCILIACION - Pruebas solicitadas por la Procuradora Delegada / PRUEBAS - Copia historia clínica. Improcedencia porque ya están aportadas al proceso   La prueba advertida por el Ministerio Público, para el fin de resolver en la presente instancia, no es pertinente, toda vez que, la historia clínica por demás en original, ya obra en el proceso, al punto q ...more

05001-23-31-000-1992-01127-01(15790) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

SERVICIO MEDICO - Falla en la prestación del servicio   El servicio médico debe prestarse diligentemente, con el concurso de todos los medios humanos, técnicos, farmacéuticos, científicos, etc., entre otras razones, porque la dignidad de la persona humana exige que al paciente se le preste la condigna atención.  Por ello el médico tiene la obligación legal, moral y social de atender a toda persona que se encuentre enferma. La enfermedad misma coloca al paciente en una situaci ...more

05001-23-31-000-1992-00986-01(19336) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRUEBA TRASLADA - Valoración / PRINCIPIO DE CONTRADICCION - Derecho de defensa   Previo a decidir, debe precisarse que la parte actora solicitó en la demanda como prueba, que se oficiara al juzgado 91 penal militar para que remitiera el proceso adelantado contra los agentes de policía que realizaron el operativo para la captura de la supuesta banda de delincuentes; el tribunal de primera instancia, en proveído del 8 de abril de 2000 la decretó y el juzgado penal militar lo allegà ...more

05001-23-31-000-1992-00986-01(19336) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

PRUEBA TRASLADA - Valoración / PRINCIPIO DE CONTRADICCION - Derecho de defensa   Previo a decidir, debe precisarse que la parte actora solicitó en la demanda como prueba, que se oficiara al juzgado 91 penal militar para que remitiera el proceso adelantado contra los agentes de policía que realizaron el operativo para la captura de la supuesta banda de delincuentes; el tribunal de primera instancia, en proveído del 8 de abril de 2000 la decretó y el juzgado penal militar lo allegà ...more

05001-23-31-000-1992-00790-01(14701) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

ACUERDO CONCILIATORIO - Aprobación   Es pertinente indicar que, con la conciliación llevada a cabo por las partes, no se lesionan los intereses del Estado, por cuanto lo acordado se ajusta a las pruebas que reposan en el plenario para determinar la presencia de los elementos integradores de la responsabilidad, es decir, la ocurrencia del hecho, el daño inferido a los demandantes, el nexo de causalidad entre éste y aquél y, la imputabilidad material y ...more

05001-23-31-000-1991-06890-01(14526) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

EJERCITO NACIONAL - Desbordamiento en el cumplimiento de sus funciones. Falla del servicio / FALLA DEL SERVICIO - Ejército Nacional. Violación del Derecho Internacional Humanitario / FALLA DEL SERVICIO DEL EJERCITO - Violación de normas de derecho humanitario / ACCION DE REPARACION DIRECTA - Violación del Derecho Internacional Humanitario   La Sala encuentra plenamente probado que el 6 de enero y el 3 de septiembre de 1990 el Ejército Nacional, a tra ...more

05001-23-31-000-1991-06814-01(16844) Sección 3 2008 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD MEDICO HOSPITALARIA - Legitimación en la causa por pasiva / LEGITIMACION EN LA CAUSA POR PASIVA - Responsabilidad médico hospitalaria / PRIMER NIVEL DE SERVICIO - Responsabilidad médico hospitalaria   Tratándose del régimen de responsabilidad derivado de la prestación del servicio de salud, y sin perder de vista que los hechos ocurrieron en vigencia de la Ley 10 de 1990 mediante la cual se reorganizó el Sistema Nacional de Salud, en el entendido ...more

05001-23-31-000-1991-06253-01(45921)A Sección 3 2013 [Consejo de Estado]

ACCION CONTRACTUAL - Recurso de queja / RECURSO DE QUEJA - Contra auto que negó apelación de sentencia / RECURSO DE APELACION - Contra Negado al convertirse el proceso en única instancia / RECURSO DE QUEJA - Denegado por tratarse de proceso de única instancia / RECURSO DE QUEJA - Debe tramitarse ante el tribunal como juez contencioso de primera instancia / RECURSO DE QUEJA - Improcedente por tratarse de asunto que no superó monto de cuantía para proceso de segunda instancia ...more

05001-23-31-000-1991-06078-01(17834) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - Lesiones con arma de dotación oficial / CULPA EXCLUSIVA DE LA VICTIMA - Causal eximente de responsabilidad   Haciendo un análisis integral de la prueba testimonial arrimada al proceso, la Sala es del convencimiento de que los hechos acaecidos la madrugada del 18 de septiembre de 1989, en el Municipio de Nariño, Departamento de Antioquia, en los cuales resultó herido Luis Marino Muñoz Betancur, víctima de un disparo con arma de dotac ...more

05001-23-31-000-1991-06078-01(17834) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - Lesiones con arma de dotación oficial / CULPA EXCLUSIVA DE LA VICTIMA - Causal eximente de responsabilidad   Haciendo un análisis integral de la prueba testimonial arrimada al proceso, la Sala es del convencimiento de que los hechos acaecidos la madrugada del 18 de septiembre de 1989, en el Municipio de Nariño, Departamento de Antioquia, en los cuales resultó herido Luis Marino Muñoz Betancur, víctima de un disparo con arma de dotac ...more

05001-23-31-000-1991-05781-01(37928) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-1991-05781-01(37928)   Actor: GUILLERMO FORONDA J ...more

05001-23-31-000-1991-05781-01(37928) Sección 3 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION TERCERA   Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ   Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)   Radicación número: 05001-23-31-000-1991-05781-01(37928)   Actor: GUILLERMO FORONDA J ...more

05001-23-27-000-2000-01975-01(15006) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

BENEFICIOS FISCALES CONCURRENTES - Sólo quedaron prohibidos a partir de la Ley 383 de 1997 / IMPUESTO SOBRE LA RENTA - La prohibición para los beneficios concurrentes era a partir del período gravable siguiente a la Ley 383 de 1997   En relación con la procedencia de beneficios concurrentes, la Sala ha precisado que para el período de 1996 era posible que un contribuyente llevara como deducción y descuento la misma donación, porque sólo a partir de la vigencia ...more

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