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MODIFICACION DE PLANTA DE PERSONAL DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO – Competencia Es decir que era facultad de la Junta Directiva del Hospital de Caldas E.S.E. efectuar la modificación de la planta de personal contenida en el acto acusado. Por tanto, la autoridad competente para efectuar la aprobación es la Junta Directiva de la Entidad, procedimiento que se llevó acabo en el sub-examine, según da cuenta el Acuerdo No. H-11-2004. Por su parte, el Decreto 489 de 199 ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., veintiséis (26) de marzo de dos mil nueve (2009) Radicación número: 17001-23-31-000-2005-00757-01(01 ...mas
SUPRESION DE CARGO EN EL HOSPITAL DE CALDAS – Competencia de la Junta Directiva Mediante Decreto 1876 de 3 de agosto de 1994, se reglamentaron los artículos 96, 97 y 98 de la Ley 100 de 1993 que hacen referencia a las Empresas Sociales del Estado, y la conformación y funciones de las Juntas Directivas de dichas Entidades, es así como en su artículo 5° determinó que el área de dirección estaría conformada por la Junta Directiva y el Gerente. Posteriormente el artículo 1 ...mas
PENSION GRACIA - Beneficiarios / PENSION GRACIA - No se puede acumular tiempo trabajado en el orden nacional En similar sentido ver providencias proferidas en los expedientes 1279-08; 2087-07; 2115-07; 2330-07; 1559-08; 2029-07; 350-08; 2178-07; 2161-08; 1507-07; 1824-07; 1288-07; 1035-00; 1188-07 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
PENSION DE INVALIDEZ – Es compatible con la pensión gracia / PENSION DE GRACIA – Es compatible con la pensión de invalidez La pensión gracia es compatible con la pensión ordinaria de jubilación según lo expuesto por el ordinal a) del numeral 2 del artículo 15 de la Ley 91 de 1989. La pensión de invalidez es otro tipo de pensión que permite al trabajador que haya perdido su capacidad de laborar, obtener un ingreso hasta que se recupere o hasta que pueda acceder a la pens ...mas
CONVENCION COLECTIVA - No aplicación a empleados públicos TRABAJADOR OFICIAL - Cambio de naturaleza a empleado público. Efectos En sentido similar ver providencia de 1 de julio de 2009, expediente 2141-07 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA ...mas
CONVENCION COLECTIVA - No aplicación a empleados públicos TRABAJADOR OFICIAL - Cambio de naturaleza a empleado público. Efectos CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: GERARDO ARENAS MONS ...mas
CONVENCION COLECTIVA – No aplicación a empleados públicos / TRABAJADOR OFICIAL – Cambio de naturaleza a empleado público. Efectos La aludida convención colectiva cobija única y exclusivamente a los trabajadores oficiales de la entidad y como la situación laboral de la demandante, no se enmarca dentro de este supuesto dada la calidad de empleada pública que la cobijaba para el momento en que se produjo su retiro del servicio por supresión del cargo, no es viable re ...mas
PENSION GRACIA - Regulación legal / PENSION GRACIA - Liquidación con base en los factores devengados en el año anterior a la adquisición del status de pensioando / PENSION GRACIA - No reliquidable por factores devengados al momento del retiro En similar sentido ver providencia proferida en el expediente 2471-07. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
SUPRESION DE CARGOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA - Exigencia de la elaboración de un estudio técnico como sustento de la reforma a la planta de personal / PLANTA DE PERSONAL - Exigencia de la elaboración de un estudio técnico como sustento para reformarla / ESTUDIO TECNICO - Requisito para la supresión de cargos de carrera Tratándose de supresión de empleos de carrera administrativa, las referidas disposiciones legales consagran, como exigencia previa y para ese particular proce ...mas
CUANTIA - Determinación / PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIA - Procesos laborales / PROCESO DE UNICA INSTANCIA TRANSITORIO - Restablecimiento de la doble instancia al entrar en funcionamiento los jueces administrativos / RECURSO DE QUEJA - Procedencia. Recurso de apelación mal denegado (Ver Exp. 0227-09) CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
OFICIO DE TRAMITE INTERNO EN ENTIDAD – No es demandable / INEPTITUD DE LA DEMANDA – Impugnación de oficio de trámite interno en entidad pública El Oficio No. 055/DIPON-SEGEN-OFJUR-ASJUR de 30 de abril de 2002 es reflejo de un trámite previo dentro de la Entidad para atender la solicitud de reconocimiento salarial y prestacional incoada por el interesado, pues dicho documento fue la respuesta de una consulta elevada por el Jefe del Grupo Primas y ...mas
OFICIO DE TRAMITE INTERNO EN ENTIDAD – No es demandable / INEPTITUD DE LA DEMANDA – Impugnación de oficio de trámite interno en entidad pública El Oficio No. 055/DIPON-SEGEN-OFJUR-ASJUR de 30 de abril de 2002 es reflejo de un trámite previo dentro de la Entidad para atender la solicitud de reconocimiento salarial y prestacional incoada por el interesado, pues dicho documento fue la respuesta de una consulta elevada por el Jefe del Grupo Primas y ...mas
ACCION DE NULIDAD – Objetivos La acción de simple nulidad, tiene una extendida tradición legislativa en Colombia, pues viene de la Ley 130 de 1913, cuyos objetivos fundamentales consisten en servir de instrumento para exigir judicialmente la invalidación de los actos administrativos, provenientes de cualquiera de las ramas del poder público, si es que ellos son contrarios a una norma superior de derecho a la cual deben estar sujeto, es decir, en la práctica ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogota, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil nueve (2009) Radicación número: 15001-23-31-000-2009-00278-01(AC) ...mas
TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - Improcedencia NOTA DE RELATORIA: Sobre el tema de improcedencia de la tutela contra providencias judiciales ver sentencia de agosto 23 de 2007, Consejo de Estado, Sección Segunda, Exp. AC-00751, MP. Alfonso Vargas Rincón CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECC ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., dos (2) de julio de dos mil nueve (2009) Radicación número: 15001-23-31-000-2009- 00114-01(AC) ...mas
ACCION DE TUTELA - Improcedente para reclamar reajuste salariales. Existencia de otro medio de defensa judicial NOTA DE RELATORÍA: Sobre la improcedencia de la acción de tutela frente a reajustes salariales, sentencias CE, S4, Rad. 2009-0145, 2009/05/20, M.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas; CE, S3, Rad. AC-11785, 2000/08/10, M.P. Jesús María Carrillo Ballesteros; CC, Rad. T-545ª, 2007/07/19, M.P. Humberto Sierra Porto; CC, Rad. T ...mas
TUTELA IMPROCEDENTE POR EXISTIR OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL NOTA DE RELATORIA: Con relación al tema de la improcedencia de la tutela por existir otro medio de defensa judicial ver sentencia de 11 de diciembre de 2008, Consejo de Estado, Sección Segunda, Exp. AC-00973, MP. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil nueve (2009) Radicación número: 15001-23-31-000-2008-00459-01(AC) ...mas