Archivo de la Categoría 1.3.4.16 Sec. 2 2009

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Lista Artículos

15001-23-31-000-2003-01876-01(AC) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA   Bogotá, D.C., treinta (30) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2003-01876-01(AC) ...mas

15001-23-31-000-2003-01445-01(2027-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Beneficiarios   En similar sentido ver sentencias proferidas en los expedientes 1404-07; 1674-07; 399-08     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ ...mas

15001-23-31-000-2003-01355-01(0376-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - No opera frente a docente del orden nacional   (Ver Exp1369-08)     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá ...mas

15001-23-31-000-2003-01121-01(2273-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2003-01121-01(2273-0 ...mas

15001-23-31-000-2003-01079-01(0471-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2003-01079-01(0471-08) ...mas

15001-23-31-000-2003-00710-01(0399-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Beneficiarios   En similar sentido ver sentencias proferidas en los expedientes 1404-07; 1674-07; 2027-07     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ ...mas

15001-23-31-000-2003-00642-01(1029-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintiocho (28) de mayo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2003-00642-01(1029-08 ...mas

15001-23-31-000-2002-04013-01(1054-08)Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Antecedentes normativos - PENSION GRACIA - Beneficiarios. Requisitos. Finalidad / PROFESION DOCENTE - Definición / PENSION GRACIA - Los funcionarios administrativos de los establecimientos docentes no tienen derecho a ella / CARGO ADMINISTRATIVO - Improcedencia de requisito para obtener derecho a pensión gracia   Como es sabido, la pensión gracia fue instituida por la Ley 114 de 1913 como un reconocimiento a la importante y difícil labor desarrollada por los docen ...mas

15001-23-31-000-2002-03978-01(0491-08)Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., veintitrés (23) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2002-03978-01(0491- ...mas

15001-23-31-000-2002-03608-01(1055-08)Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B   Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA   Bogotá, D.C., primero (1) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2002-03608-01(1055-08 ...mas

15001-23-31-000-2002-03268-01(1036-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2002-03268-01(1036-0 ...mas

15001-23-31-000-2002-03234-01(0437-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Reliquidación. Improcedencia por reconocimiento con vinculación del orden nacional   Al ser un régimen exclusivo, instituido para cumplir su finalidad, debe estar sujeto a las disposiciones contenidas en las normas especiales, por lo que su liquidación se hace cuando el pensionado adquiere el status, o sea, cuando cumple el requisito de los 20 años de servicio y la edad de 50 años, demostrando no haber recibido pensión o recompensa del nivel nacional, al igua ...mas

15001-23-31-000-2002-02249-01(2531-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

SOBRESUELDO COMO MAESTRO DE PRACTICA DOCENTE – Regulación legal / SOBRESUELDO COMO MAESTRO DE PRACTICA DOCENTE – Su reconocimiento  procede  en relación  a quienes desempeñaban el cargo a 31 de diciembre de 1997   Mediante los Decretos 82 de enero de 1995, 45 de enero de 1996, 47 de enero de 1997, 47 de enero de 1998; 51 de enero de 1999 y subsiguientes, 51 de enero de 1999 y subsiguientes, el Gobierno Nacional definió el mismo sobresuel ...mas

15001-23-31-000-2002-02044-01(2030-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2002-02044-01(2030-0 ...mas

15001-23-31-000-2002-02021-01(2025-07)_1 Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Antecedentes normativos / PENSION GRACIA – Beneficiarios / PENSION GRACIA - Recuento normativo / PENSION GRACIA - No opera frente a docentes del orden nacional. Antecedente jurisprudencial / DOCENTE NACIONAL - No es beneficiario de la pensión gracia / DOCENTE - Improcedencia de reconocer pensión gracia por servicios en planteles nacionales / PLANTELES DEL ORDEN NACIONAL - El tiempo servido no es válido para otorgar la pensión gracia por servicio de planteles nacionales ...mas

15001-23-31-000-2002-02021-01(2025-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Antecedentes normativos / PENSION GRACIA - Beneficiarios   PENSION GRACIA - Recuento normativo / PENSION GRACIA - No opera frente a docentes del orden nacional. Antecedente jurisprudencial / DOCENTE NACIONAL - No es beneficiario de la pensión gracia / DOCENTE - Improcedencia de reconocer pensión gracia por servicios en planteles nacionales / PLANTELES DEL ORDEN NACIONAL - El tiempo servido a ellos no es válido para otorgar la pensión ...mas

15001-23-31-000-2002-01978-01(1188-07) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Beneficiarios / PENSION GRACIA - No se puede acumular tiempo trabajado en el orden nacional   En similar sentido ver providencias proferidas en los expedientes 1279-08; 2087-07; 2115-07; 2330-07; 1559-08; 2029-07; 350-08; 2178-07; 2161-08; 1507-07; 1824-07; 1288-07; 1035-00; 423-07;     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   ...mas

15001-23-31-000-2002-01291-01(2695-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

CUANTIA - Determinación / PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIA - Procesos laborales / PROCESO DE UNICA INSTANCIA TRANSITORIO - Restablecimiento de la doble instancia al entrar en funcionamiento los jueces administrativos / RECURSO DE QUEJA - Procedencia. Recurso de apelación mal denegado   (Ver Exp. 0227-09)     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   ...mas

15001-23-31-000-2002-01183-01(2694-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 15001-23-31-000-2002-01183-01(2694-08) ...mas

15001-23-31-000-2002-00517-01(0734-08) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA – Tiempo de servicio. Prueba / PRUEBA DE TIEMPO DE SERVICIO – Oportunidad   El causante no acreditó los 20 años de servicios exigidos por la Ley 114 de 1913 y demás normas que desarrollan la pensión gracia, porque si bien el causante estuvo vinculado por más de 20 años, deben restársele los periodos durantes los cuales efectivamente no laboró porque estuvo en licencia ordinaria, es decir, los comprendidos entre el 13 de febrero y 12 de abril de 1984, para un ...mas

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