Inicio » 1. JURISPRUDENCIA » 1.3. CONSEJO DE ESTADO » 1.3.5 SECCION TERCERA » 1.3.5.17 Sec. 3 2008
Descripción:
No hay ninguna subcategoría disponible en 1.3.5.17 Sec. 3 2008No hay ningún artículo disponible
PROVIDENCIAS JUDICIALES - Aclaración o adición La aclaración y corrección de las providencias de que tratan los artículos 309 y 310 del Código de Procedimiento Civil, son medidas condicionadas, en cuanto a su procedencia y a sus efectos, al cumplimiento de los supuestos previstos en la ley, en el entendido de que, cuando el juez profiere la providencia, pierde la competencia para explicar las consideraciones en que se sustentan y para revocar o re ...mas
ACCION DE REPARACION DIRECTA - Conciliación contencioso administrativa. Requisitos / CONCILIACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Acción de reparación directa. Requisitos El artículo 59 de la ley 23 de 1991, modificado por el 70 de la ley 446 de 1998, establece que las personas jurídicas de derecho público a través de sus representantes legales o por conducto de apoderado, pueden conciliar, total o parcialmente en las etapas prejudicial o judicial, ...mas
DOCUMENTO ORIGINAL - Copia. Valor probatorio / COPIA - Valor probatorio. Requisitos / DOCUMENTO PRIVADO - Reconocimiento como auténtico Acerca de los documentos que se aporten a un proceso judicial, el Código de Procedimiento Civil establece que estos podrán allegarse en original o en copia, la cual puede estar constituida por trascripción o por reproducción mecánica. Si se trata de copias, estas tendrán el mismo valor probatorio ...mas
IMPORTANCIA JURIDICA - Competencia de la Sala Plena / IMPORTANCIA JURIDICA - Casos en que procede El recurrente solicitó que el recurso de súplica fuera resuelto por la Sala Plena del Consejo de Estado, con el fin de proceder a la unificación de criterios respecto a quién está llamado a suceder a la Empresa Colombiana de Vías Férreas-Ferrovías en los litigios en los que era parte, habida cuenta de que, conforme a lo dispuesto en el Decreto 2386 ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-26-000-2001-00535-01(29602) Actor: TULIA MALAMBO Y ...mas
ACCION DE REPARACION DIRECTA - Conciliación contencioso administrativa. Requisitos / CONCILIACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Acción de reparación directa. Requisitos De conformidad con el art. 70 de la ley 446 de 1998, pueden conciliar, total o parcialmente en las etapas prejudicial o judicial, las personas de derecho público, a través de sus representantes legales o por conducto de apoderado, sobre conflictos de carácter particular y contenido ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., siete (07) de mayo de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-26-000-2000-02906-01(28509) Actor: CONTRALORIA DE BOG ...mas
ACCION DE REPETICION - Evolución normativa / ACCION DE REPETICION - Constitución Política de 1886 / ACCION DE REPETICION - Constitución Política de 1991 Antes de la expedición de la Constitución Política de 1991, existían normas que consagraban la acción de repetición. En efecto, el Decreto-ley 150 de 1976 ya hacía referencia a la responsabilidad patrimonial de los agentes públicos, relacionada con la actividad contractual de la Administració ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-26-000-2000-01910-01(24882) Actor: MARIA DEL ROSAR ...mas
PRELACION DE FALLO - Entidad pública en liquidación / ENTIDAD PUBLICA EN LIQUIDACION - Prelación de fallo / FONDO DE EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL - Entidad en liquidación. Prelación para fallo / FONDATT - Entidad en liquidación. Prelación para fallo La Sala encuentra que el presente proceso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 7 de la Ley 1105 de 2006,que dispone “Sin perjuicio del trámite preferente que debe dar a las acciones in ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-26-000-2000-01289-01(27628) Actor: CRISTO SIMON TA ...mas
PRELACION DE FALLO - Entidad en liquidación / ENTIDAD PUBLICA EN LIQUIDACION - Prelación de fallo / BANCO DEL ESTADO. Entidad en liquidación. Prelación de fallo Revisado el expediente, junto con la solicitud de prelación de fallo presentada por la Representante Legal, en calidad del Liquidadora del Banco del Estado S.A. – En Liquidación, la Sala encuentra que el presente proceso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 7 de la Ley 110 ...mas
ACCION DE REPETICION - Evolución normativa Antes de la expedición de la Constitución Política de 1991, existían normas que consagraban la acción de repetición. En efecto, el Decreto-ley 150 de 1976 ya hacía referencia a la responsabilidad patrimonial de los agentes públicos, relacionada con la actividad contractual de la Administración. Posteriormente, el Decreto-ley 222 de 1983 estableció la responsabilidad civil de los empleados oficiales ...mas
ACCION DE REPETICION - Generalidades / ACCION DE REPETICION - Finalidad / ACCION DE REPETICION - Definición legal Esta acción, como mecanismo judicial que la Constitución y la ley otorgan al Estado, tiene como propósito el reintegro de los dineros que por los daños antijurídicos causados como consecuencia de una conducta dolosa o gravemente culposa de un funcionario o ex servidor público e incluso del particular investido de una función pública, hayan salid ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero ponente: ENRIQUE GIL BOTERO Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-26-000-2000-00087-01(S) A ...mas
RETENCION ILEGAL - Falla del servicio. Limpieza social / LIMPIEZA SOCIAL - Falla del servicio de la policía. Retención ilegal La condición social del occiso, su dedicación al ejercicio de actividades ilícitas en el sector donde fue retenido; el hecho de que para esa misma época se registraran varios homicidios selectivos contra homosexuales, niños de la calle y mendigos en el sector céntrico de esta ciudad; así como el hecho de que el mismo Teniente que fu ...mas
ACCION DE REPARACION DIRECTA - Conciliación contencioso administrativa. Requisitos / CONCILIACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Acción de reparación directa. Requisitos El artículo 59 de la ley 23 de 1991, modificado por el 70 de la ley 446 de 1998, establece que las personas jurídicas de derecho público a través de sus representantes legales, y por conducto de apoderado pueden conciliar, total o parcialmente, en las etapas prejudicial o judicial, ...mas
CONCILIACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Acción de reparación directa. Requisitos / ACCION DE REPARACION DIRECTA - Conciliación contencioso administrativa. Requisitos El artículo 59 de la ley 23 de 1991, modificado por el 70 de la ley 446 de 1998, establece que las personas jurídicas de derecho público a través de sus representantes legales y por conducto de apoderado, pueden conciliar, total o parcialmente, en las etapas prejudicial o judicial, ...mas
ACCION EJECUTIVA CONTRACTUAL - Excepciones que proceden Cuando el título de recaudo ejecutivo esté constituido por un acto administrativo, sólo es posible proponer como excepciones, las de pago, compensación, confusión, novación, remisión, prescripción o transacción, siempre que se funden en hechos ocurridos con posterioridad a la expedición del acto administrativo; la de indebida representación de las partes o por falta de notificación en legal ...mas
CONCILIACION - Generalidades / APROBACION DE ACUERDO CONCILIATORIO - Requisitos De conformidad con el art. 70 de la ley 446 de 1998, pueden conciliar, total o parcialmente en las etapas prejudicial o judicial, las personas de derecho público, a través de sus representantes legales o por conducto de apoderado, sobre conflictos de carácter particular y contenido económico de que conozca o pueda conocer la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a trav ...mas