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05001-23-31-000-2003-01986-01(0077-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia / INCREMENTO SALARIAL ANUAL – Reconocimiento   Los citados decretos 035 de 1999, 2720 de 2000 y 2710 de 2000, dispusieron para el cargo de técnico administrativo grado 8 del orden nacional como asignaciones básicas $499.812,oo, $545.945,oo y $589.621, respectivamente, sumas inferiores a las que percibió el actor, por lo que la Sala concluye que cualquier expectativa de incremento salarial ...mas

05001-23-31-000-2003-01783-01(0407-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

SOBRESUELDO DOCENTE DE COORDINADOR ACADEMICO – Requisitos / SOBRESUELDO DOCENTE – Reconocimiento a coordinador académico en encargo   Se trata de Coordinadores de las Escuelas Normales Superiores y de establecimientos educativos que posean el ciclo de educación básica secundaria completa y el nivel de educación media completa. Se reconocen exclusivamente a los funcionarios que desempeñen las funciones propias del cargo, salvo que se encuentren comisionados para realizar activ ...mas

05001-23-31-000-2003-01577-01(1925-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

DERECHO DE OPCION POR SUPRESION DE CARGO DE EMPLEADO DE CARRERA –  Desconocimiento. Reincorporación. Indemnización.   El acto que retiró efectivamente del servicio al demandante, fue expedido con desconocimiento de lo previsto por el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, en otras palabras, la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael de Jericó, Antioquia, le negó al demandante la posibilidad de ejercer su derecho de optar por su incorporación e ...mas

05001-23-31-000-2003-01050-01(1943-12) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

EMPLEADO PUBLICO – Vinculación / EMPLEO PUBLICO – Designación, reconocimiento o elección / TRABAJADOR OFICIAL – Puede desempeñar empleo público / CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS – regulación legal / RELACION LABORAL – Naturaleza del vinculo Un empleado público es la persona nombrada para ejercer un empleo y que ha tomado posesión del mismo. Los elementos que deben concurrir para que se admita que una persona desempeña un empleo público y pueda obt ...mas

05001-23-31-000-2003-01013-01(0994-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

PENSION GRACIA - Reconocimiento / PENSION GRACIA - Un derecho de orden público, inalineable e imprescriptible / EFICACIA Y ECONOMIA PROCESAL - Reconocimiento de la pensión gracia en las pruebas obrantes en el proceso / TIEMPO DE SERVICIO - Acreditado   A juicio de la Sala, resulta meritorio señalar que en el presente caso, de acuerdo a las certificaciones antes mencionadas, la demandante laboró 21 años, 4 meses y 28 días para el Departamento de Anti ...mas

05001-23-31-000-2003-00517-01(1381-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

HORAS EXTRAS DE EMPLEADOS DE CELADORES A NIVEL TERRITORIAL – Reconocimiento   La jornada ordinaria laboral de los celadores en el Municipio de Itagüí debe ser de 44 horas semanales y cualquier exceso de la misma se torna en TRABAJO SUPLEMENTARIO, o de HORAS EXTRAS, que debe ser remunerado con pagos adicionales al salario reconocido por trabajo ordinario, y con los recargos de ley. La jornada laboral de estos celadores, antes de la Sentencia C-1063 de agosto 16 de ...mas

05001-23-31-000-2003-00490-01(2277-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

ACTO DE EJECUCION DE DECISIONES JUDICIALES – Control judicial / RETIRO DEL SERVICIO POR INCAPACIDAD SICOFISICA – No constituye un hecho nuevo de la decisión judicial   Los eventos en que la administración da cumplimiento a decisiones emitidas por autoridades judiciales únicamente profiere actos que ejecutan el contenido material de las mismas sin que, en principio, haya lugar a establecer situaciones jurídicas nuevas o distintas a las que fueron o ...mas

05001-23-31-000-2003-00455-01 (0093-13)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

REESTRUCTURACION DE LA PLANTA DE PESONAL – Ausencia de estudios técnicos por falta de requisitos legales   Mediante Acuerdo No. 117 de 24 de septiembre de 2002 la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado Hospital San Vicente de Paúl de Caldas, Antioquia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, dispuso la supresión de 72 cargos existentes  en la planta de personal del referido centro asistencial, a partir del 1 de octubre de 2002. ...mas

05001-23-31-000-2003-00397-01(1244-12) Sección 2 2014 [Consejo de Estado]

SUPRESION DE CARGO – Empleado de carrera administrativa / DERECHOS DE CARRERA – Reestructuración / DERECHO DE OPCION – Reincorporación o indemnización   El Hospital demandado estaba facultado para suprimir empleos de su planta de personal, a pesar de que quienes se encontraran vinculados a ellos estuvieran inscritos en carrera administrativa, siempre y cuando cumpliera el requisito de conceder la opción de escoger entre la incorporación a empleos equivalentes en la nueva pl ...mas

05001-23-31-000-2003-00168-01(0357-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD DE LA ACCION – Noción, finalidad y contabilización del término en la acción de nulidad y restablecimiento del derecho   La caducidad de la acción, es un fenómeno de creación legal, por cuyo efecto, el simple paso del tiempo impide el debate judicial sobre la legalidad de los actos de la Administración. Tradicionalmente se ha entendido como una manera de darle firmeza a las decisiones administrativas y de otorgar seguridad jurídica a l ...mas

05001-23-31-000-2003-00137-01(1886-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

ESTUDIO TECNICO – Elaboración   La administración de Medellín con el objeto de modificar su planta de personal expidió el Decreto 300 de febrero 23 de 2001, con base en la atribución constitucional consagrada en el artículo 315, en la Ley 136 de 1994, en la Ley 443 de 1998 y en sus decretos reglamentarios. Se soportó en estudios técnicos que cumplieron las previsiones legales.   FUENTE FORMAL: LEY 136 DE 1994 – ARTICULO 315 / LEY 443 DE 1998   ESTABIL ...mas

05001-23-31-000-2002-04991-01(0079-10)_1 Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REGIMEN SALARIAL DE LOS EMPLEADOS A NIVEL TERRITORIAL – Regulación legal / REAJUSTE SALARIAL ANUAL – Reconocimiento   La Junta Directiva y el Gerente del INVAL debieron ordenar el reajuste salarial con base en el límite máximo dispuesto por el Gobierno Nacional y en cumplimiento de la Ley 4ª de 1992 atender los criterios y objetivos en ella establecidos especialmente los señalados en el artículo 2, literales h.) e i.), que autorizan el reajuste salarial siem ...mas

05001-23-31-000-2002-04874-01(0258-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REAJUSTE SALARIAL ANUAL – Reconocimiento   Se concluye que, la Junta Directiva y el Gerente del INVAL debieron ordenar el reajuste salarial con base en el límite máximo dispuesto por el Gobierno Nacional y en cumplimiento de la Ley 4ª de 1992 atender los criterios y objetivos en ella establecidos especialmente los señalados en el artículo 2, literales h.) e i.), que autorizan el reajuste salarial siempre y cuando esté sujeto al Marco General de la ...mas

05001-23-31-000-2002-04837-01(0200-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

HORAS EXTRAS O TRABAJO SUPLEMENTARIO DE CELADORES A NIVEL TERRITORIAL – Lo que exceda las 44 horas semanales y de 60 horas antes de la sentencia C-1063-00   La jornada ordinaria laboral de los celadores en el Municipio de Itaguí, equivale a 44 horas semanales y  cualquier exceso sobre la misma se torna en TRABAJO SUPLEMENTARIO, o de HORAS EXTRAS, que debe ser remunerado con pagos adicionales al salario reconocido por trabajo ordinario, y con los recargos de ley. La jornada ...mas

05001-23-31-000-2002-04830-01(0436-10)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

INCREMENTO SALARIAL – Reconocimiento   Si bien en el artículo 287 de la Constitución Política se le otorgó a las entidades territoriales autonomía para la gestión de sus intereses, ello no incluyó la fijación del régimen salarial aplicable a sus empleados, toda vez que esa competencia se atribuyó al Congreso de la República, quien en ejercicio de la misma expidió la Ley 4ª de 1992, en la que estableció los principios a los cuales debe some ...mas

05001-23-31-000-2002-04824-01(0257-10) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

REAJUSTE SALARIAL – Reconocimiento   En suma, la Junta Directiva y el Gerente del INVAL debieron ordenar el reajuste salarial con base en el límite máximo dispuesto por el Gobierno Nacional, quien en cumplimiento de la Ley 4ª de 1992 debió fijar el reajuste salarial conforme con los criterios y objetivos establecidos en el artículo 2, literales h) e i) ibídem, que autoriza el reajuste salarial siempre y cuando esté sujeto al Marco General de la Política Macroeconómica y Fis ...mas

05001-23-31-000-2002-04567-01(0254-12)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO  DE OFICIAL  DE  LA POLICIA NACIONAL  VOLUNTAD DEL GOBIERNO – Persecución por relación afectiva con miembro de la institución de menor rango   Una de las causales para efectuar el retiro del Personal de Oficiales de la Policía Nacional, es la voluntad del Gobierno, quien discrecionalmente y por razones del buen servicio puede disponer en cualquier momento la desvinculación del servicio activo de alguno de sus miembros, siempre que obre con recomen ...mas

05001-23-31-000-2002-04388-01(2105-11)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

INSUBSISTENCIA DE EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – Desviación de poder. No reubicación laboral por motivos de salud   Las lesiones sufridas por la demandante motivaron a la EPS SaludCoop, a solicitar a la entidad demandada la reubicación de la señora Chacón Suarez el 10 de diciembre de 2001, de la siguiente manera: “…en sitio de trabajo que permanezca sentada preferencialmente. Ejemplo recepcionista, cajera, auxiliar de contabilidad entre otros. No manipular cargas, no subir n ...mas

05001-23-31-000-2002-04318-01(1119-11) Sección 2 2012 [Consejo de Estado]

COMISION DE SERVICIOS - Finalidad. Clasificación / COMISION DE SERVICIOS - Regulación legal / COMISION DE SERVICIOS - No constituye forma de provisión de empleos   El Decreto Ley 2400 de 1968, por el cual se modifican las normas que regulan la administración del personal civil en su artículo 22  establece la posibilidad de que a los empleados públicos se le pueda otorgar comisión a efectos de cumplir misiones especiales conferidas por los superior ...mas

05001-23-31-000-2002-04087-01(0061-10)Sección 2 2013 [Consejo de Estado]

PRIMA DE ACTUALIZACION – Termino para solicitarla / PENSION POR INCAPACIDAD ABSOLUTA – reconocimiento prima de actualización   El señor Rodrigo Antonio Estrada de Ossa reclamó su derecho a la prima de actualización el 24 de mayo de 2001 (fls. 2 a 3), esto es, dentro del tiempo que tenía para interrumpir el fenómeno prescriptivo de las mesadas correspondientes a la prima de actualización de los años 1993 a 1995 razón por la cual, la Sala confirmará la de ...mas

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