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08001-23-31-000-2011-00672-01(43750) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Desistimiento tácito de la demanda / DESISTIMIENTO TACITO DE LA DEMANDA - Revoca decisión de Juez de Primera Instancia / DESISTIMIENTO TACITO - Decretado por el a quo por no haberse acreditado el pago de los gastos ordinarios del proceso / PAGO GASTOS ORDINARIOS DEL PROCESO - Regulación legal   Advierte la Sala que en el caso sub examine la demanda fue admitida el 23 de noviembre de 2011, es decir, en vigencia de la Ley 1 ...mas

08001-23-31-000-2010-00762-01(41037) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD DE LA ACCION - Noción. Definición. Concepto / CADUCIDAD DE LA ACCION - Regulación normativa   La caducidad es la sanción que consagra la ley por el no ejercicio oportuno del derecho de acción, en tanto al exceder los plazos preclusivos para acudir a la jurisdicción, se ve limitado el derecho que asiste a toda persona de solicitar que sea definido un conflicto por el aparato jurisdiccional del poder público. Es decir, las normas de caducidad tienen fundamento en la seg ...mas

08001-23-31-000-2010-00713-01(40901) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONCILIACION PREJUDICIAL - Auto que imprueba conciliación / RECURSO DE APELACION CONTRA AUTO QUE IMPRUEBA CONCILIACION PREJUDICIAL - Competencia del Magistrado ponente o Consejero conductor del proceso. Ley 1395 de 2010   Es competente el Despacho para decidir el recurso de apelación del auto que imprueba el acuerdo de conciliación prejudicial, de conformidad con el artículo 146A del C.C.A., adicionado por la ley 1395 de 2010, o ley de descongestión judicial, que cambió y reasig ...mas

08001-23-31-000-2010-00641-01(42131) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

DEMANDA - Requisitos para la presentación. Consecuencia procesal de su inobservancia   Es menester tener en cuenta que la determinación de los requisitos y anexos que deben cumplirse con la presentación de una demanda, así como la consecuencia procesal de su inobservancia, es un asunto de competencia del legislador y que en materia de lo contencioso administrativo están consagrados en los artículos 137, 139 y 143 del Código Contencioso Administrativo, de manera que al momento d ...mas

08001-23-31-000-2009-00453-01(42457) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION - Juez de primera instancia lo concede a la parte que no corresponde / CONCESION DEL RECURSO DE APELACION - Es una decisión del operador jurídico competente / ERROR EN LA CONCESION DEL RECURSO DE APELACION A LA PARTE QUE NO CORRESPONDE - No se puede considerar como un lapsus calami / ERROR EN LA CONCESION DEL RECURSO DE APELACION A LA PARTE QUE NO CORRESPONDE - No se puede considerar como un simple error de digitación / ERROR EN LA CONCESION DEL RECURSO DE APELACION A ...mas

08001-23-31-000-2009-00302-01(42753) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

DESISTIMIENTO TACITO DE LA DEMANDA - Configuración. Regulación normativa   El artículo 207 del Código Contencioso Administrativo modificado por el artículo 65 de la Ley 1395 de 2010 dispone: “Recibida la demanda y efectuado el reparto, si aquélla reúne los requisitos legales, el ponente debe admitirla y además dispone lo siguiente: (…)..4. Que el demandante deposite, en el término que al efecto se le señale, la suma que prudencialmente se co ...mas

08001-23-31-000-2009-00215-01(38844) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

COMPETENCIA - Concepto. Noción / COMPETENCIA - Factores de competencia   La competencia de una autoridad judicial se entiende como la porción, o el grado de la jurisdicción que corresponde a cada juez o tribunal, en determinado asunto sometido a su conocimiento. La Jurisprudencia de esta sección ha definido la competencia de la siguiente manera: “La facultad que tiene un juez para ejercer, por autoridad de la ley y en determinado asunto, la jurisdic ...mas

08001-23-31-000-2009-00123-01(44334)_1 Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Apelación auto que concedió llamamiento en garantía en proceso de privación injusta de la libertad / LLAMAMIENTO EN GARANTIA - Procedencia / PRUEBA SUMARIA - Referente al llamado en garantía / PRUEBA SUMARIA - No se refiere al dolo o culpa grave   Corresponde al despacho decidir el recurso de apelación interpuesto por la señora Laura Jesús Venegas Ahumada contra el auto proferido por el Tribunal Administrativo del A ...mas

08001-23-31-000-2009-00028-01(38086) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

JURISDICCION DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Objeto / JURISDICCION DE LO CONTENCISO ADMINISTRATIVO - Competencia / JURISDICCION DE LO CONTENCISO ADMINISTRATIVO - Fuero de atracción / COMPETENCIA DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Criterio orgánico   Análisis previo en relación con el objeto de la jurisdicción de lo contencioso administrativo; en efecto, el artículo 82 del Código Contencioso Administrativo modificado por las leyes 44 ...mas

08001-23-31-000-2008-00557-01(44541) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

COMPETENCIA DE LA SALA PLENA DE LA SECCION TERCERA DEL CONSEJO DE ESTADO - Unificación de Jurisprudencia. Unificación jurisprudencial / COMPETENCIA DE LA SALA PLENA DE LA SECCION TERCERA DEL CONSEJO DE ESTADO - Importancia jurídica / COMPETENCIA DE LA SALA PLENA DE LA SECCION TERCERA DEL CONSEJO DE ESTADO - Auto que resuelve sobre la admisión de recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público / AUTO QUE RESUELVE SOBRE LA ADMISIÓN DE RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR ...mas

08001-23-31-000-2004-02553-01(AP) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

SERVICIOS PUBLICOS - Naturaleza jurídica de la telefonía pública básica conmutada local   La Sala llama la atención sobre la nueva naturaleza jurídica del servicio público de TPBCL a partir de la entrada en vigencia de la ley 1341 de 2009. Al respecto, tal y como lo ha sostenido esta Corporación en fallos recientes, a partir de la entrada en vigencia de esta ley debe precisarse que si bien se ratificó el carácter de “servicio público” del s ...mas

08001-23-31-000-2004-01505-01(33909) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

PRELACION DEL FALLO - solicitud / SOLICITUD DE PRELACION DE FALLO - Requisitos. Regulación normativa / PRELACION DE FALLO - Entidad pública demandada en estado de liquidación / PRELACION DE FALLO - Procedencia   Se observa que el presente asunto cumple con los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 446 de 1998, como quiera que conforme a lo establecido en el artículo 7 de la ley 1105 de 2006 se debe dar prelación de sentencia a los proceso ...mas

08001-23-31-000-2003-00586-01(AP) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

MORALIDAD ADMINISTRATIVA - Contenido y alcance   La aplicación jurídica del concepto de moralidad tendiente a orientar y controlar la actividad de la Administración, requiere tener en cuenta dos aspectos fundamentales:  Moralidad no es sinónimo de legalidad.  En efecto, confundir esos dos conceptos desde la óptica del control judicial de la actividad de la Administración implica, necesariamente, negar la existencia del primero, dado que si se subsume por completo en la concepc ...mas

08001-23-31-000-1999-02324-01(22322) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

ACTIVIDAD JURISDICCIONAL - Responsabilidad del Estado. Evolución jurisprudencial / ACTIVIDAD JUDICIAL - Responsabilidad del Estado. Evolución jurisprudencial / RESPONSABILIDAD POR ACTIVIDAD JURISDICCIONAL - Evolución jurisprudencial   En relación con la actividad jurisdiccional, en la jurisprudencia de la Sala, elaborada antes de la vigencia de la Constitución de 1991, se distinguió entre la actividad propiamente judicial y las actuaciones administrativas de la ...mas

08001-23-31-000-1999-02289-01(34121) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

RECURSO DE REPOSICION - Auto que imprueba acuerdo de Conciliación / CONCILIACION JUDICIAL - Improbación de acuerdo conciliatorio / CONCILIACION JUDICIAL - Improcedencia / CONCILIACION JUDICIAL - Caducidad. Elementos   En el presente caso existen serios motivos de duda en cuanto a la configuración del fenómeno jurídico procesal de la caducidad de la acción, lo cual hace imposible, en este momento procesal, aprobar el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes el 11 de marzo d ...mas

08001-23-31-000-1998-13148-01(29775) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Por muerte de miembro de la Policía en operativo a automóviles / MUERTE VIOLENTA DE AGENTE DE LA POLICIA - Por requisa de vehículo que portaba armas y munición / DAÑO ANTIJURIDICO - Muerte violenta de agente de la policía el 23 de noviembre de 1995 en Municipio de Malambo, Departamento de Atlántico, en requisa a vehículo de servicio público en el que se transportaban armas y municiones / DAÑO ANTIJURIDICO - Se acreditó que daño ...mas

08001-23-31-000-1998-09384-01(21291)_1 Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Actos terroristas / NOTIFICACION PERSONAL DE LA DEMANDA - Finalidad / NOTIFICACION PERSONAL ENTIDAD DEMANDADA - Se realizó en debida forma   “La finalidad de la notificación personal del auto de admisión de la demanda es enterar al demandado de la existencia del proceso que se sigue en su contra con el fin de que pueda asumir su defensa propósito que se logra con la notificación personal del auto admisorio de ...mas

08001-23-31-000-1998-09384-01(21291)A Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Nulidad procesal / NULIDAD PROCESAL - Por falta de notificación de auto admisorio de demanda al Ministerio de Defensa Nacional Policía   El acervo probatorio así constituido, permite tener por demostrado que en el auto admisorio de la demanda no se ordenó notificar al representante de la Policía Nacional, por lo que efectivamente se incumplió lo dispuesto en la normativa aplicable. En efecto, el artículo 207 del C.C.A ...mas

08001-23-31-000-1998-01909-01(35949) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

PRELACION DEL FALLO - Solicitud / SOLICITUD DE PRELACION DE FALLO - Requisitos. Regulación normativa / PRELACION DE FALLO - Entidad pública demandada en estado de liquidación / PRELACION DE FALLO - Procedencia   El presente asunto cumple con los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 446 de 1998, como quiera que conforme a lo establecido en el artículo 7 de la ley 1105 de 2006 se debe dar prelación de sentencia a los procesos en los que se ...mas

08001-23-31-000-1998-01373-01(38225) 1 Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONCILIACION JUDICIAL - Procedencia. Regulación normativa   De conformidad con el art. 70 de la Ley 446 de 1998, pueden conciliar, total o parcialmente en las etapas prejudicial o judicial, las personas de derecho público, a través de sus representantes legales o por conducto de apoderado, sobre conflictos de carácter particular y contenido económico de que conozca o pueda conocer la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a través de las acciones previstas en los artícu ...mas

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