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54001-23-31-000-2008-00494-01(42175) Sección 3 2013 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Privación injusta de la libertad de sindicado por los delitos de rebelión y terrorismo / PRIVACION INJUSTA DE LA LIBERTAD - Detención preventiva en municipio El Zulia / PRECLUSION DE LA INVESTIGACION - Se ordenó libertad inmediata de sindicado / CONCILIACION JUDICIAL - Releva del estudio al juez de segunda instancia de la responsabilidad del estado / CONCILIACION JUDICIAL - Hizo tránsito a cosa juzgada frente a pretensiones de los demandantes / RESPONS ...more

54001-23-31-000-2008-00443-02(18657)_1 Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION – No es la oportunidad para adicionar las pretensiones de la demanda   Encuentra la Sala que no es procedente la solicitud de nulidad de la Ordenanza No. 58 de 1995 presentada en el recurso de apelación, por cuanto dicha pretensión no fue formulada en la demanda. Esto en aplicación del artículo 137 numeral 2º del Código Contencioso Administrativo que señala que la demanda debe contener la petición concreta de la declaratoria de nulidad de los actos admin ...more

54001-23-31-000-2008-00418-01(18822) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE ALUMBRADO PUBLICO – Consagración legal. Hecho generador / ENTES TERRITORIALES – Facultad impositiva para establecer los elementos del tributo / CONCEJO MUNICIPAL – Tiene facultad para establecer los elementos del impuesto de alumbrado público- Municipio de San Cayetano   El impuesto de alumbrado público tuvo origen legal en la Ley 97 de 1913, en virtud de la cual el legislador, en ejercicio de su facultad constitucional,  autorizó a ...more

54001-23-31-000-2008-00418-01(18822) Sección 4 2012 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE ALUMBRADO PUBLICO – Consagración legal. Hecho generador / ENTES TERRITORIALES – Facultad impositiva para establecer los elementos del tributo / CONCEJO MUNICIPAL – Tiene facultad para establecer los elementos del impuesto de alumbrado público- Municipio de San Cayetano   El impuesto de alumbrado público tuvo origen legal en la Ley 97 de 1913, en virtud de la cual el legislador, en ejercicio de su facultad constitucional,  autorizó a ...more

54001-23-31-000-2008-00417-01(18354) Sección 4 2011 [Consejo de Estado]

IMPUESTO DE ALUMBRADO PUBLICO – Consagración legal / ENTIDAD TERRITORIAL – Tiene autonomía para fijar los elementos del tributo / NORMA MUNICIPAL – Debe tener referencia con el hecho imponible establecido en la norma superior / CONCEJO DE ZULIA – Tenía facultad para establecer los elementos del impuesto de alumbrado público   El impuesto de alumbrado público tuvo origen legal en la Ley 97 de 1913, en virtud de la cual el legislador, en ejerc ...more

54001-23-31-000-2008-00408-02(AC) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., dos (2) de septiembre de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 54001-23-31-000-2008-00408-02(AC)   Actor: HECTOR ...more

54001-23-31-000-2008-00408-01(AC)Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

TRAMITE PARA DEFINIR SITUACION MILITAR  / CUOTA DE COMPENSACION MILITAR - Fue reglamentada por la Ley 1184 de 2008   La Ley 48 de 1993 establece que todos los hombres en Colombia están obligados a definir su situación militar a partir de que cumplan la mayoría de edad, para lo cual se deben inscribir ante el distrito militar respectivo y someterse a unos exámenes médicos con el fin de determinar su aptitud sicofísica para prestar el servicio militar, en el evento en que se encu ...more

54001-23-31-000-2008-00395-01(AC) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO   Bogotá, D.C., dieciséis (16) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 54001-23-31-000-2008-00395-01(AC) ...more

54001-23-31-000-2008-00391-01(47412) Sección 3 2018

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA – Condena   SÍNTESIS DEL CASO: El 19 de enero de 2001, en la ciudad de Villavicencio, miembros de la Unidad de Antinarcóticos de la Policía Nacional incautaron un camión que transportaba varios cartuchos para fusil Galil hacia el municipio de Puerto Rico (Meta). El conductor del vehículo afirmó ante las autoridades que el cargamento ilegal le pertenecía al señor Teodulfo González Rincón quien, p ...more

54001-23-31-000-2008-00332-01(AC) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION A   Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN   Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 54001-23-31-000-2008-00332-01(AC) ...more

54001-23-31-000-2008-00331-01(AC) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HECTOR J. ROMERO DIAZ   Bogotá, D.C., once (11) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 54001-23-31-000-2008-00331-01(AC)   Actor: RAUL OROZCO VILLAMIZ ...more

54001-23-31-000-2008-00328-01(AC) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HECTOR J. ROMERO DIAZ   Bogotá, D.C., dieciocho (18) de febrero de dos mil nueve (2009)   Radicación número: 54001-23-31-000-2008-00328-01(AC)   Actor: MIGUEL ANGEL GO ...more

54001-23-31-000-2008-00328-01(AC) Sección 2 2009 [Consejo de Estado]

HECHO SUPERADO - Situación fáctica que originó la acción ya no es actual   NOTA DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sección Segunda, Radicación AC-01083, Ponente: Ana Margarita Olaya Forero     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION SEGUNDA   SUBSECCION B ...more

54001-23-31-000-2008-00298-02(20109) Sección 4 2015 [Consejo de Estado]

DOCUMENTO - Clases / DOCUMENTO PUBLICO - Noción / DOCUMENTO AUTENTICO - Noción. Características / DOCUMENTO OFICIAL - Autenticidad / ACTO DEMANDADO - Diferencia entre el texto allegado con la demanda y el aportado por la entidad demandada. Prevalencia del texto oficial allegado por la demandada por tratarse de un documento público auténtico   En los estrictos términos del recurso de apelación, la Sala debe establecer si las expresiones “por v ...more

54001-23-31-000-2008-00298-01(17648) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

SUSPENSION PROVISIONAL - Procede cuando la violación a las normas superiores es manifiesta   Como reiteradamente lo ha sostenido esta Corporación, la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos es una medida de carácter excepcional, y como tal, para su viabilidad se requiere el cumplimiento estricto y riguroso de todos y cada uno de los requisitos expresamente previstos en la ley, esto es, en el artículo 152 del C.C.A. En efecto, la manifi ...more

54001-23-31-000-2008-00274-01(38020) Sección 3 2012 [Consejo de Estado]

DEMANDA - Admisión. Traslado para contestar / AUTO ADMISORIO - Disposición   Es menester señalar que al tenor del artículo 207 del Código Contencioso Administrativo, en el auto admisorio de la demanda se dispone, entre otras ordenes, i) notificar personalmente a la entidad demandada y ii) ordenar la fijación en lista por el término de diez (10) días, siendo factible que dentro de dicha oportunidad los demandados “puedan contestar la demanda, proponer excepci ...more

54001-23-31-000-2008-00259-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD - Es inherente a los derechos económicos, sociales y culturales / LEYES GENERALES - Frente a situaciones concretas pueden violar derechos fundamentales   En efecto, como lo expuso la Corte Constitucional, el principio de progresividad es inherente a los derechos económicos, sociales y culturales y su materialización debe ser garantizada por el Estado. De ello se infiere que las normas relativas a la seguridad social y concretamente al te ...more

54001-23-31-000-2008-00251-01(AC) Sección 2 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCIÓN SEGUNDA   SUBSECCIÓN A   Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON   Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de julio del dos mil ocho (2008)   Radicación número: 54001-23-31-000-2008-00251-01(AC) ...more

54001-23-31-000-2008-00231-01(17393) Sección 4 2009 [Consejo de Estado]

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Finalidad / TERCERO - Intervención / INTERES DIRECTO - Reconocimiento / COADYUDANTE - Intervención   Respecto a la finalidad de esta acción, la Corte Constitucional precisó que la persona que ha sido lesionada por un acto de la administración, puede solicitar en defensa de su interés particular y concreto ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, además de la nulidad del mismo por ser contrario a ...more

54001-23-31-000-2008-00209-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL - Contra éste no procede la acción de tutela / PERJUICIO IRREMEDIABLE - Debe demostrarse la violación de un derecho fundamental   Para la Sala es evidente que el Decreto 610 de 1998 es un acto administrativo de carácter general, contra el cual no procede la acción de tutela conforme lo establece el numeral 5° del artículo 6° del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el artículo 8° ibídem. Cabe recordar que un presupuesto ind ...more

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