Inicio » 1. JURISPRUDENCIA » 1.3. CONSEJO DE ESTADO » 1.3.4 SECCION SEGUNDA » 1.3.4.17 Sec. 2 2008
Descripción:
No hay ninguna subcategoría disponible en 1.3.4.17 Sec. 2 2008No hay ningún artículo disponible
OFICIO DE COMUNICACION DE SUPRESION DEL CARGO – No es acto administrativo Esta Sala en repetidas ocasiones ha expresado que el oficio por medio del cual se comunica la decisión asumida por una determinada autoridad pública no tiene el carácter de acto administrativo, EMPLEADO EN PROVISIONALIDAD – No goza de fuero de estabilidad El hecho de que haya sido nombrada hasta que pueda hacerse la designación mediante el respectivo concurso de méritos no le ...mas
PENSION ORDINARIA DE JUBILACION - Recuento sobre las disposiciones aplicables a empleados oficiales / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD - Aplicación / PRINCIPIO DE INESCINDIBILIDAD DE LA LEY - Aplicación / RELIQUIDACION DE LA PENSION DE JUBILACION - Factores salariales para la liquidación / CAPRESUB - Reliquidación o pensión de jubilación / RELIQUIDACION DE LA PENSION DE JUBILACION - Procedencia. Ordena la inclusión de factores no tiene derechos en cuenta al reconocer la pensión ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2002-08533-01(4204-04) ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2002-08458-01(2898-05) ...mas
PENSION DE JUBILACION DE FISCALES ANTE A CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – No son destinatarios del Decreto 47 de 1997 / REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS - Competencia del Gobierno Nacional / PRINCIPIO DE IGUALDAD - No es posible invocarlo para aplicar un régimen prestacional diferente al funcionario En síntesis, se procura en el libelo introductorio la ampliación del artículo 25 del Decreto 47 de 1997 para incluir entre los destinat ...mas
DOCENTES - Empleados oficiales de régimen especial / DOCENTE NACIONALIZADO - Régimen prestacional / PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE - Régimen aplicable. Requisitos / DOCENTES - Régimen aplicable en materia prestacional Por disposición del artículo 3° del Decreto 2277 de 1979, los educadores que prestan sus servicios en entidades oficiales del orden Nacional, Departamental, Distrital, y Municipal, son empleados oficiales de régimen especial. La ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2002-07853-01(1634-07) ...mas
BONIFICACION POR COMPENSACION EN LAS FUERZAS MILITARES – Inclusión dentro de la asignación básica a partir del año de 1998 / ASIGNACION DE RETIRO – Reajuste. Bonificación por compensación Al actor, Teniente Coronel de la Armada Nacional DANIEL BERNAL SUAZA, se le reconoció y pagó la asignación de retiro a partir del 10 de junio de 1985, según Resolución 846 de 17 de julio de 1985 (fl 67 y 68), es decir, devengaba asignación de retiro al 31 de diciembre de 1 ...mas
PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION Y EN LA RAMA JUDICIAL – Regulación legal / PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIONAL Y EN LA RAMA JUDICIAL – Liquidación. Es factor salarial La prima de antigüedad implica un aumento progresivo del salario, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia y por ello para llegar al máximo porcentaje es preciso que se tenga un reconocimiento inicial y que se hayan aplicado los porcentajes ...mas
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: GUSTAVO EDUARDO GOMEZ ARANGUREN Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil ocho (2008) Radicación número: 25000-23-25-000-2002-06581-02(0607-08) ...mas
PENSION DE INVALIDEZ DOCENTE – Aplicación de normas del orden nacional / PENSION DE INVALIDEZ DOCENTE – Reconocimiento. Requisitos El régimen prestacional que regula la situación del docente fallecido, Juan de la Cruz Pedreros Ibáñez, es el decreto 3135 de 1968 y su reglamentario 1848 de 1969, atendiendo a que el artículo 15 de la Ley 91 de 1989 estableció que los docentes nacionales y los que se vinculen a partir del 1º de enero de 1990, para efecto de las prestaciones ...mas
ASCENSO EN EL ESCALAFON DOCENTE POR ESTUDIOS SUPERIORES – Requisitos / MEJORAMIENTO ACADEMICO – Requisitos El ascenso por estudios superiores, solamente se encuentra establecido en favor de los educadores cuyo título docente sea el de Licenciado en Educación o el Profesional con título universitario diferente al de Licenciado, inscritos en el Escalafón Nacional Docente. Significa que, para obtener el estímulo otorgado por la Ley, consistente en el reconocimiento de tres añ ...mas
PRESTACIONES PERIODICAS - Evolución jurisprudencial de la caducidad de la acción de nulidad y restablecimiento / CADUCIDAD DE LA ACCION RESPECTO DE PRESTACIONES PERIODICAS - Evolución jurisprudencial. Diferencia de trato respecto de la decisión que niega o reconoce / PRESTACIONES PERIODICAS - Las decisiones negadas y con caducidad de la acción pueden regresar al agotamiento de la vía gubernativa / DERECHO PRESTACIONAL IRRENUNCIABLE E IMPRESCRIPTIBLE - Prestaciones periódicas. ...mas
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION - Régimen salarial y prestacional / REGIMEN SALARIAL EN PROCURADURIA GENERAL - Aplicación según opción del empleado / REGIMEN SALARIAL - No reconocimiento a empleado antiguo de la Procuraduría General que no optó por el nuevo régimen / PRIMA DE ANTIGÜEDAD - No reconocimiento en el régimen salarial nuevo / RELIQUIDACION SALARIAL SEGUN REGIMEN SALARIAL NUEVO - Improcedencia porque el empleado optó por el régimen salarial antiguo ...mas
PENSION DE JUBILACION DOCENTE - No goza de un régimen especial / PENSION DE JUBILACION DOCENTE NACIONALIZADO - Régimen vigente en entidad territorial En similar sentido ver providencias proferidas en los expedientes 1224-07; 2510-07; 462-08; 1468-00; 1719-07; 1078-07; 915-05; 1064-08 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ...mas
RETIRO DEL SERVICIO ACTIVO DEL EJERCITO NACIONAL EN FORMA TEMPORAL CON PASE A LA RESERVA – Solicitud propia El escrito fue enviado por el Comandante General del Ejército Nacional, quien no ostenta la calidad de nominador del demandante, competencia que, de conformidad con el artículo 189, numeral 19, de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República, quien puede delegarla de acuerdo con la ley. Según el artículo 99 del Decreto 1790 de 2000 el retiro de ...mas
DERECHO DE CONTRADICCION EN MATERIA DISCIPLINARIA – Práctica repruebas. Conocimiento por el investigado / DERECHO DE DEFENSA EN MATERIA DISCIPLINARIA – Práctica de pruebas. Conocimiento por el investigado Antes de que el demandante conociera que se adelantaba una actuación disciplinaria en su contra, el 16 de febrero de 2001 la funcionaria investigadora recibió declaración al señor Adolfo León Buitrago, en cuya diligencia el investigado no tuvo oportunid ...mas
PENSION DE JUBILACION – Reajuste. Parámetros Así las cosas, la pensión reajustada debe ser el resultado de: a) mitad de la diferencia entre el salario mínimo nuevo y el anterior. b) La mitad del porcentaje de incremento entre el salario mínimo y el salario anterior. c) Los reajustes aquí ordenados se harán efectivos a quienes hayan tenido el status de pensionado con un año de anticipación a cada reajuste. En ningún caso el incremento puede ser inferior ...mas
SUSTITUCION PENSIONAL A COMPAÑERA PERMANENTE – Normatividad aplicable es la vigente a la muerte del causante. Antecedente jurisprudencial El artículo 47 de la Ley 100 del 23 de diciembre de 1993, por el cual se crea el sistema de seguridad social integral, lo siguiente: "Son beneficiarios de la pensión de sobrevivientes: a. En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañera permanente supérstite. En caso de que la pensión de sobrevivencia se cause por muerte del pen ...mas
INSUBSISTENCIA POR CALIFICACION INSATISFACTORIA – Falta de motivación. Expedición irregular La evaluación parcial que conllevó al retiro del servicio por evaluación insatisfactoria, fue expedida irregularmente y carece de motivación. Si el evaluador consideró que la demandante no tenía puntos fuertes en su desempeño laboral, debió motivar esta apreciación, en tratándose de una funcionaria inscrita en carrera administrativa cuyo retiro es ...mas