Archivo de la Categoría 1.3.6.17 Sec. 4 2008

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Artículos Destacados

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Lista Artículos

11001-03-15-000-2007-01247-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PETICION ANTE LOS JUECES - Solo es posible tratándose de asuntos relacionados con funciones administrativas / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - No es aplicable para decidir las peticiones ante los jueces / COPIAS DENTRO DE PROCESO JUDICIAL - Para su solicitud y trámite se aplica el artículo 115 del Código de procedimiento Civil   Mediante el ejercicio de la presente acción se pretende en concreto el amparo del derecho fundamental de petición y en consecuencia ...mas

11001-03-15-000-2007-01182-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

REVISION DE TUTELAS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL - Está prevista solamente para las sentencias y no para los autos / SENTENCIAS DE TUTELA - Son las únicas que eventualmente pueden ser revisadas por la Corte Constitucional   Siendo ello así, tal como se anotó en el auto de 13 de junio de 2006 de la Sala Plena del Consejo de Estado, C.P.: Ligia López Díaz, Exp. 2004-03194-01, el legislador previó la eventual revisión de la Corte Constitucional para las sentencias de tutela, exclu ...mas

11001-03-15-000-2007-01181-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ADICION DE PROVIDENCIAS - No procede en el caso del rechazo de tutelas contra providencia judicial / REVISION DE TUTELAS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL - No hay lugar cuando se archiva la demanda de tutela contra providencias / TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - Al ordenarse su archivo no procede su envío a la Corte Constitucional   De lo anterior se desprende que solamente hay lugar a adicionar las sentencias y los autos en los asuntos expresamente señalados en la n ...mas

11001-03-15-000-2007-01177-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - Concepto - MAGISTRADO DE TRIBUNAL - No existe mora judicial al no demostrarse que no hubo motivos objetivos y razonables / REPARTO A JUEZ ADMINISTRATIVO - Hace improcedente que la mora sea imputable al Magistrado   La mora judicial ha sido definida por esta Corporación como la conducta dilatoria del juez para resolver un proceso judicial y tiene fundamento cuando el acto del juzgador desconoce los términos legales y carece de un motivo probado y raz ...mas

11001-03-15-000-2007-01162-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ACCION TE TUTELA - Características y finalidad / TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - No procede porque implicaría vulnerar otros derechos fundamentales de igual rango / PRINCIPIO DE LA COSA JUZGADA - Se vulneraría con el ejercicio no razonado de la acción de tutela / DERECHO AL DEBIDO PROCESO - Se vulnera con el ejercicio no razonado de la acción de tutela   La acción de tutela, además, se caracteriza por ser personal, esto es, únicamente puede ser interp ...mas

11001-03-15-000-2007-01159-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - El artículo que la autorizaba no fue incluido definitivamente por la Constituyente / ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE - No mantuvo el artículo que autorizaba la tutela contra providencia judicial   Durante el análisis del proyecto presentado por el Gobierno Nacional a la Asamblea Nacional Constituyente, se le incorporó un parágrafo donde expresamente se incluía la procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judi ...mas

11001-03-15-000-2007-01139-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

REVISION DE TUTELAS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL - No procede ante la petición de una de las partes / CORTE CONSTITUCIONAL - Revisa los fallos de tutela en la forma que determina la ley   En memorial del 27 de noviembre de 2007, la apoderada judicial de la parte actora solicita “revisión de la tutela de la referencia por la H. Corte Constitucional”. De conformidad con el artículo 241 de la Constitución Política, la Corte Constitucional tiene la potestad de “ ...mas

11001-03-15-000-2007-01138-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

REVISION DE FALLO DE TUTELA - Procede respecto de las sentencias de tutela y no sobre los autos de trámite e interlocutorios / SENTENCIA DE TUTELA - Procede su eventual revisión por la Corte Constitucional / AUTO DE RECHAZO DE TUTELA - Procede su archivo y no el envío a la Corte Constitucional para su revisión   La Sala advierte que por disposición Constitucional (arts. 86, 241 de la C.P.) y reglamentaria (Decreto 2591 de 1991), a la Corte Constitucional sólo le ...mas

11001-03-15-000-2007-01107-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

COPIA DE SENTENCIA - El procedimiento para su expedición es el previsto en el Código de Procedimiento Civil / CESACION DE PROCEDIMIENTO EN TUTELA - Se presenta al expedirse la copia auténtica de la sentencia objeto de la acción de tutela   Si bien lo anterior daría lugar a que se declarara terminada la acción por carencia actual de objeto, la Sala estima pertinente advertir que las solicitudes relacionadas con los procesos y actuaciones judiciales, como la exped ...mas

11001-03-15-000-2007-01102-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL - La norma que la consagraban fue declarada inexequible mediante sentencia C- 543 de 1992 / COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL - Por respeto a ella se rechaza la tutela contra providencia judicial   Igualmente ha sido reiterada la posición de esta Sección, en el  sentido de rechazar la tutela contra providencia judicial, con base en los argumentos que se sintetizan así: El artículo 86 de la Constitución Nacional, no previó la procede ...mas

11001-03-15-000-2007-00966-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

SALA LABORAL DE TRIBUNAL SUPERIOR - El superior jerárquico es la Corte Suprema de Justicia / CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Es la competente para conocer de la tutela interpuesta contra un Tribunal Superior / NULIDAD PROCESAL INSANEABLE - Es la relacionada con la falta de competencia / JUEZ COMPETENTE - Su desconocimiento implica una violación del derecho al debido proceso / DERECHO AL DEBIDO PROCESO - Se vulnera cuando el juez no es competente para conocer de un proceso   ...mas

11001-03-15-000-2007-00774-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HECTOR J ROMERO DIAZ   Bogotá, D.C., doce (12) de noviembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2007-00774-00(AC)   Actor: ROBERTO CARLOS ARIZA ...mas

11001-03-15-000-2007-00774-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HECTOR J ROMERO DIAZ   Bogotá, D.C., doce (12) de noviembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2007-00774-00(AC)   Actor: ROBERTO CARLOS ARIZA ...mas

08001-23-31-000-2008-00914-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

DERECHO DE PETICION - Contenido y características de la respuesta / RESPUESTA A PETICION - Debe notificarse al actor   El artículo 23 de la Constitución Política señala que el derecho de petición es fundamental y faculta a toda persona para presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades y obtener pronta respuesta. Ahora bien, el artículo 6 del C.C.A., por remisión expresa del artículo 9 ibídem, señala que las peticiones en interés particular se deb ...mas

08001-23-31-000-2008-00269-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

REINTEGRO DEL CARGO - La tutela no es un mecanismo para obtener el reintegro laboral / ACCION ORDINARIA LABORAL - es el mecanismo idóneo para alegar el reintegro al cargo / PERJUICIO IRREMEDIABLE - Debe probarse para que la tutela procede como mecanismo transitorio   En el caso sub exámine, el actor solicita que se le protejan los derechos al mínimo vital, salud, debido proceso, seguridad social y trabajo y, en consecuencia, se le reintegre al cargo, se ordene su ...mas

08001-23-31-000-2007-00872-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

SALARIO - La solicitud de incluir ciertos conceptos prestacionales en el mismo no es atendible mediante tutela / ACTO DE EXCLUSION DE FACTORES SALARIALES - contra el procede la acción de nulidad y restablecimiento del derecho / PERJUICIO IRREMEDIABLE - no se vulnera si el accionante está devengando actualmente salario   En el asunto bajo estudio, la accionante considera que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento y la Universidad del Atlántic ...mas

08001-23-31-000-2007-00597-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

SUSTITUCION PENSIONAL - La petición sobre su reconocimiento al ser respardida hace improcedente la tutela / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Es la acción procedente para logar el reconocimiento de la sustitución pensional / ACCION DE TUTELA - No es la acción para logar el reconocimiento de derechos como el de la sustitucion pensional   En el caso concreto, la accionante estima que la parte demandada le vulneró los derechos fundamentales de peti ...mas

08001-23-31-000-2007-00531-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

PRUEBA BASICA EN CONVOCATORIA DEL SERVICIO CIVIL -  No es violatorio  ningún derecho fundamental / DERECHOS DE CARRERA - No se adquieren por el paso del tiempo, pues se debe superar el proceso de selección / CONCURSO DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - El convocar a la prueba básica para el 12 de agosto de 2007 no implicaba vincular a la nómina estatal a los participantes   La pretensión del actor se concreta a que se ordene a la Comisión Nacional del ...mas

08001-23-31-000-2007-00453-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PSICOFISICA - Contra el acto que la reconoció se tiene la acción de nulidad y restablecimiento del derecho / TUTELA COMO MECANISMO TRANSITORIO - No procede al no demostrarse los elementos del perjuicio irremediable / PERJUICIO IRREMEDIABLE   - Elementos   Así las cosas aplicando la disposición constitucional al caso concreto, la señora MIRIAM FERNANDEZ BLANCO tuvo a su disposición la acción de nulidad y restablecimiento contra la ...mas

08001-23-31-000-2007-00374-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

REAJUSTE PENSIONAL DE PERSONA FALLECIDA - No procede la tutela por carencia actual de objeto / ACCION DE TUTELA - Naturaleza y objeto   Descendiendo al asunto objeto de estudio, el accionante consideró que el Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia del Ministerio de la Protección Social vulneraba sus derechos fundamentales al mínimo vital, a la salud en conexidad con la vida y de petición, con su renuencia a ordenar el pa ...mas

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