Archivo de la Categoría 1.3.7.15 Sec. 5 2010

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Lista Artículos

25000-23-15-000-2009-01728-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejera ponente: MARIA NOHEMI HERNANDEZ PINZON   Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01728-01(AC)   Actor: LUIS HURTADO ...mas

25000-23-15-000-2009-01707-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejera ponente: SUSANA BUITRAGO VALENCIA   Bogotá, D.C., once (11) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01707-01(AC)   Actor: LUIS TRINIDAD GARC ...mas

25000-23-15-000-2009-01700-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

PROCEDENCIA DE LA TUTELA SI EXISTE OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL - Debe determinarse en cada caso concreto / CONCURSO DE MERITO - Procedencia de la acción de tutela como mecanismo transitorio    La Sala considera que la procedencia de la acción de tutela, cuando existen otros medios de defensa judicial, debe determinarse teniendo en cuenta cada situación particular que se ponga en conocimiento, en cuanto es así como debe entenderse lo dispuesto ...mas

25000-23-15-000-2009-01691-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejero ponente: FILEMON JIMENEZ OCHOA   Bogotá, D.C., veinticinco (25) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01691-01(AC)   Actor: MANUEL RENTERI ...mas

25000-23-15-000-2009-01662-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejero ponente: MAURICIO TORRES CUERVO   Bogotá, D.C., primero (1) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01662-01(AC)   Actor: FABIO ZABALA QUIÑ ...mas

25000-23-15-000-2009-01659-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

EXAMENES MEDICO DE RETIRO DE LA FUERZA PUBLICA – Clases. Por regla general sólo proceden una vez / JUNTA MEDICO LABORAL – Causales para nueva convocatoria     La Sala, al revisar el Decreto 1796 de 2000 que regula la evaluación de la disminución de la capacidad laboral y otros aspectos de los miembros de la Fuerza Pública, precisa que los exámenes para retiro, que incluyen los de Junta Médico Laboral y de Tribunal Médico Laboral de Revisión, cuando éste ...mas

25000-23-15-000-2009-01620-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejero ponente: MAURICIO TORRES CUERVO   Bogotá, D.C., dieciocho (18) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2009-01620-01(AC)   Actor: EDILSSON ZAMBRA ...mas

25000-23-15-000-2009-01609-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

TUTELA CONTRA ACTOS DE CARACTER GENERAL - Procedencia excepcional   La hipótesis sobre improcedencia de la acción de tutela consagrada en el numeral 5 del artículo 6° del Decreto 2591 de 1991, no es absoluta y en su desarrollo jurisprudencial, se ha proveído sobre su procedencia excepcional atendiendo a ciertas reglas que, considera la Sala, son del caso examinar en la presente decisión. En cuanto a la procedibilidad de la acción de tutela frente a actos de con ...mas

25000-23-15-000-2009-01590-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO - Establecimiento público del orden nacional / FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO - Entidad descentralizada por servicios del orden nacional / FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO - Jueces administrativos o civiles del circuito les corresponde el conocimiento de las tutelas en su contra / DECRETO 1382 DE 2000 - Reglas de reparto / DECRETO 1382 DE 2000 - Tiene por propósito racionalizar y desconcentrar el conocimiento de las demandas de tutel ...mas

25000-23-15-000-2009-01554-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

TUTELA IMPROCEDENTE POR EXISTENCIA DE OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL   Nota de Relatoría: Consejo de Estado, Sección Quinta, sentencia de 5 de noviembre de 2009, Rad. AC-00269, M.P. Susana Buitrago Valencia     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejera ponente: ...mas

25000-23-15-000-2009-00767-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

TUTELA CONTRA CORTE CONSTITUCIONAL - Competencia   El Decreto No. 1382 de 2000 no estableció la competencia para las tutelas ejercidas contra la Corte Constitucional esta Sala decidió aplicar la regla de competencia del numeral 1º inciso 1º del artículo 1º del decreto en mención, que dispone que los tribunales administrativos son competentes para conocer en primera instancia las acciones dirigidas contra autoridades del orden nacional. De conformidad con el art ...mas

25000-23-15-000-2009-00242-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejero ponente: FILEMON JIMENEZ OCHOA   Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2009-00242-01(AC)   Actor: DAVID ALBERTO SANCHEZ ...mas

25000-23-15-000-2006-02002-02 Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA 123   Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA   Bogotá, D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 25000-23-15-000-2006-02002-02   Actor: ...mas

23001-23-31-000-2010-00135-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejera ponente: SUSANA BUITRAGO VALENCIA   Bogotá, D.C., quince (15) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 23001-23-31-000-2010-00135-01(AC)   Actor: ISAIAS MANUEL POLO ...mas

23001-23-31-000-2010-00127-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejero ponente: MAURICIO TORRES CUERVO   Bogotá, D.C., cinco (5) de agosto de dos mil diez (2010)   Radicación número: 23001-23-31-000-2010-00127-01(AC)   Actor: YOLIMA PIEDAD PEREZ S ...mas

23001-23-31-000-2010-00119-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejera ponente: MARIA NOHEMI HERNANDEZ PINZON   Bogotá, D.C., quince (15) de julio de dos mil diez (2010)   Radicación número: 23001-23-31-000-2010-00119-01(AC)   Actor: GUILLERMO ALF ...mas

23001-23-31-000-2010-00005-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejero ponente: FILEMON JIMENEZ OCHOA   Bogotá, D.C., dieciocho (18) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 23001-23-31-000-2010-00005-01(AC)   Actor: CANDELARIA ISABE ...mas

23001-23-31-000-2009-00229-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION QUINTA   Consejera ponente: MARIA NOHEMI HERNANDEZ PINZON   Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil diez (2010)   Radicación número: 23001-23-31-000-2009-00229-01(AC)   Actor: MARIA EUGENI ...mas

23001-23-31-000-2009-00178-01(AC) Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

DECRETO 1382 DE 2000 - Reglas de reparto / DECRETO 1382 DE 2000 - Tiene por propósito racionalizar y desconcentrar el conocimiento de las demandas de tutela / REGLAS DE REPARTO DE TUTELA - Las equivocaciones no generan nulidad y prevalece la validez de lo actuado   Como las decisiones judiciales que se demandan en la presente tutela corresponde a las providencias de primera y de segunda instancia dictadas en el proceso de acción de tutela radicado bajo el N° 2009- ...mas

23001-23-31-000-2007-00590-01 Sección 5 2010 [Consejo de Estado]

DEMANDA ELECTORAL - Cada irregularidad es un cargo / DEMANDA ELECTORAL - Corrección para inclusión de cargos nuevos debe presentarse dentro del término de caducidad de la acción electoral   En materia electoral cada una de las irregularidades que se pueden llegar a presentar en una mesa de votación corresponde a una acusación o cargo contra la elección y pueden ser presentadas con la demanda y/o con su corrección, pero en todo caso dentro del té ...mas

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