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27001-23-31-000-2010-00077-01(40425) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CADUCIDAD - Noción. Finalidad   Para garantizar la seguridad jurídica de los sujetos procesales, el legislador colombiano instituyó la figura de la caducidad como una sanción en los eventos en que determinadas acciones judiciales, no se ejercen en un término específico. Las partes tienen la carga procesal de impulsar el litigio dentro del plazo fijado por la ley, y de no hacerlo en tiempo perderán la posibilidad de accionar ante la jurisdicción para hacer efec ...mas

27001-23-31-000-2007-00054-01(38424) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONCILIACION JUDICIAL - Procedencia. Regulación normativa   Los artículos 59 y siguientes de la Ley 23 de 1991, reformados por los artículos 70 a 76 de la Ley 446 de 1998, en cuanto a la conciliación como mecanismo de resolución de los conflictos ante esta jurisdicción, establecen que dicho instituto es  procedente cuando se pretendan resolver conflictos de carácter particular y de contenido económico susceptibles de discusión a través de las acciones previ ...mas

27001-23-31-000-2005-01108-01(38477) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONCILIACION JUDICIAL - Procedencia. Regulación normativa   De conformidad con el art. 70 de la Ley 446 de 1998, pueden conciliar, total o parcialmente en las etapas prejudicial o judicial, las personas de derecho público, a través de sus representantes legales o por conducto de apoderado, sobre conflictos de carácter particular y contenido económico de que conozca o pueda conocer la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a través de las acciones previstas en los artícu ...mas

27001-23-31-000-2000-00525-01(27550) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Por omitir traslado de agente retirado de la Policía para tratamiento posoperatorio / OMISION DE TRASLADO PARA CONTROL MEDICO - De Miembro de la Policía retirado a quien superior no suministro pasajes aéreo de Quibdó a Bogotá / DAÑO ANTIJURIDICO - Lesiones causadas a agente retirado de la Policía por viaje terrestre a la ciudad de Bogotá desde Quibdó para acudir a control médico por negativa de Teniente de la Policía para autorizar traslado aére ...mas

27001-23-31-000-2000-00016-01(27374) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Por enriquecimiento sin justa causa / ENRIQUECIMIENTO SIN JUSTA CAUSA - De entidad contratante por no pago de obras ejecutadas por el contratista / CONTRATO DE OBRA PUBLICA - Suscrito entre la Universidad Tecnológica del Chocó como contratante y un particular como contratista / CONTRATO DE OBRA PUBLICA - Objeto Construcción del sistema eléctrico y caseta de subestación de energía para la Ciudadela Universitaria / DAÑO ANTIJURIDICO - No pago de obras ...mas

27001-23-31-000-1995-02484-01(15935) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONSEJO DE ESTADO - Competencia /  ACCION CONTRACTUAL - Segunda instancia /  CONSEJO DE ESTADO - Apelación sentencia   El Consejo de Estado es competente para conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte actora en contra de la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo del Chocó, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley 80 de 1993 y el Código Contencioso Administrativo en sus artículos 82 -modificado ...mas

27001-23-31-000-1991-01898-01(35130) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

CONTRATO DE DISTRIBUCION DE LICORES - Celebrado entre la Empresa de Licores del Chocó y la Sociedad Bodegas Cardumen Limitada el día 28 de agosto de 1991 / OBJETO DEL CONTRATO - Distribución de aguardiente platino en el Departamento del Chocó / REVOCATORIA DE ADJUDICACION DE CONTRATO - Por parte de la Empresa de Licores del Chocó / REVISION DEL CONTRATO REVOCADO - Tribunal Administrativo del Chocó se abstuvo de practicar su revisión por falta de competencia   ...mas

25000-32-26-000-2003-00030-01(29812) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Por falla del servicio médico asistencial / FALLA DEL SERVICIO MEDICO ASISTENCIAL - Por errores en procedimientos médicos urológicos a paciente con síntomas obstructivos urinarios / PROCEDIMIENTO UROLOGICO - Erróneo en Hospital Central de la Policía / FALLA DEL SERVICIO MEDICO ASISTENCIAL - De Hospital Central de la Policía por intervenir quirúrgicamente en repetidas ocasiones a paciente con estrechez uretral sin presentar mejoría / DAÑO ANTIJURID ...mas

25000-23-31-000-2006-00831-01(41633) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

FALLO CONDENATORIO - Audiencia de conciliación obligatoria. Requisito de procedibilidad en primera instancia / AUDIENCIA DE CONCILIACION - No se llevó a cabo. Devolución al tribunal de origen   Encontrándose el proceso para decidir sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada contra la sentencia de 16 de febrero de 2011, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección B, m ...mas

25000-23-27-000-2004-01163-02(AG) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE GRUPO - Número mínimo de demandantes   En cuanto se refiere al número mínimo de miembros del grupo que debe presentar la demanda, para que proceda la acción, la Sala tiene determinado que por virtud de los artículos 3 y  46 de de la Ley 472 no es indispensable la concurrencia de todos ellos al momento de presentación de la demanda. En efecto, de conformidad con lo dispuesto por el parágrafo del artículo 48 de la Ley 472 de 1998, en la acción de grupo el act ...mas

25000-23-26-000-2011-00478-01(48384) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPETICION - Dolo o culpa grave del agente. No cualquier equivocación ni cualquier error de juicio comporta necesariamente la responsabilidad del agente para incoar la acción de repetición / DOLO O CULPA GRAVE DEL AGENTE - No cualquier equivocación ni cualquier error de juicio comporta necesariamente la responsabilidad del agente para incoar la acción de repetición   La determinación de una responsabilidad subjetiva, en la que juega un papel decisivo ...mas

25000-23-26-000-2010-00681-01(40324) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Caducidad. Cómputo del término   Al respecto es menester tener en cuenta que al tenor del numeral 8 del artículo 136 del Código Contencioso Administrativo la acción de reparación directa “caducará al vencimiento del plazo de (2) años, contados a partir del día siguiente del acaecimiento del hecho, omisión u operación administrativa o de ocurrida la ocupación temporal o permanente del inmueble de propiedad ajena por causa d ...mas

25000-23-26-000-2010-00043-01(39338) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

LIQUIDACION DE CONTRATOS - Liquidación del contrato dentro del término de caducidad   La liquidación de un contrato estatal, según lo previsto en los artículos 60 y 61 de la Ley 80 de 1993 (norma aplicable al contrato 1509-00-2004), artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el literal d) del numeral 10 del artículo 136 del Código Contencioso Administrativo, puede llevarse a cabo de manera bilateral entre las partes del contrato, unil ...mas

25000-23-26-000-2008-0077601(40609) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

RECURSO DE APELACION - Auto que resuelve sobre la intervención de terceros. Competencia del Magistrado ponente o Consejero conductor del proceso   El Despacho es competente para decidir el recurso interpuesto, por tratarse del auto que resuelve sobre la intervención de terceros en un proceso de reparación directa con vocación de doble  instancia, según lo dispuesto en los artículos 146-A del C.C.A  y 181 numeral séptimo  ibídem.   FUENTE ...mas

25000-23-26-000-2008-00411-01(40083) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

RECURSO DE QUEJA - Recurso de reposición y en subsidio el de apelación / RECURSO DE REPOSICION Y EN SUBSIDIO EL DE APELACION - Improcedencia del recurso de reposición / RECURSO DE REPOSICION Y EN SUBSIDIO EL DE APELACION - Procedencia del recurso de apelación. Interpretación de la procedencia de los recursos / RECURSO DE REPOSICION Y EN SUBSIDIO EL DE APELACION - Readecuación del trámite. Prevalencia del derecho sustancial, principio constitucional   ...mas

25000-23-26-000-2005-02760-01(38662) Sección 3 2014 [Consejo de Estado]

3-RD-854-2014   ACCION DE REPARACION DIRECTA - Privación injusta de la libertad. Régimen objetivo aún en casos diferentes a los estipulados en el artículo 414 del Decreto 2700 de 1991 / PRIVACION INJUSTA DE LA LIBERTAD - Régimen objetivo aún en casos diferentes a los estipulados en el artículo 414 del Decreto 2700 de 1991 / PRIVACION INJUSTA DE LA LIBERTAD - Régimen objetivo. Etapa actual, quien fue privado de la libertad no estaba en la o ...mas

25000-23-26-000-2005-01330-01(AP) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

MORALIDAD ADMINISTRATIVA - Principio. Derecho / DERECHO COLECTIVO A LA MORALIDAD ADMINISTRATIVA - Alcance. Supuestos en que se amenaza o vulnera   Resulta importante señalar que a la luz de la Constitución Política, la moralidad administrativa ostenta naturaleza dual. En efecto, funge como principio de la función administrativa (Constitución Política, artículo 209 y ley 489 de 1998, artículo 3) y como derecho colectivo. En el primer caso, esto es ...mas

25000-23-26-000-2005-00033-01(32993) Sección 3 2015 [Consejo de Estado]

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Uso de armas por grupos al margen de la ley / USO DE ARMAS DE FUEGO POR GRUPOS AL MARGEN DE LA LEY - Contra la población civil por motivos ideológicos y políticos/ MUERTE DE CAMPESINA – Por grupos al margen de la ley / DAÑO ANTIJURIDICO - Muerte de campesina con arma de fuego presuntamente por grupos al margen de la ley por motivos ideológicos el día 9 de enero de 2003, en el Municipio de La Palma, Departamento de Cundinamarca   ...mas

25000-23-26-000-2004-02244-01(38531) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

PRELACION DEL FALLO - solicitud / SOLICITUD DE PRELACION DE FALLO - Requisitos. Regulación normativa / PRELACION DE FALLO - Entidad pública demandada en estado de liquidación / PRELACION DE FALLO - Procedencia   El artículo 18 de la Ley 446 de 1998 le impone a los jueces la obligación de proferir sentencias en el orden en que los procesos entraron al despacho para ese fin; salvo las excepciones que la misma norma establece, relac ...mas

25000-23-26-000-2004-01487-01(33004) Sección 3 2011 [Consejo de Estado]

CONCILIACION JUDICIAL - Concepto. Noción   La conciliación es un mecanismo de solución directa de los conflictos construida a partir de la capacidad dispositiva de las partes y cuya bondad como fórmula real de paz y como instrumento de descongestión de los despachos judiciales está suficientemente demostrada. Tratándose de materias contencioso administrativas, para las cuales la ley autoriza este mecanismo, dado el compromiso del patrimonio público que les es inherente, la ley ...mas

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