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CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Consejero ponente: MAURICIO TORRES CUERVO Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil once (2011) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01475-01(AC) Actor: BEATRIZ EUGENI ...more
IMPEDIMENTO - Niega. Aplicación de la causal de impedimento del numeral 1 del artículo 150 Código de Procedimiento Civil FUENTE FORMAL: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTICULO 150 NUMERAL 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA ...more
MANIFESTACION DE IMPEDIMENTO – Magistrados de la Sección Segunda / INTERÉS DIRECTO EN EL PROCESO - Impedimento Revisados los hechos que dieron origen a la presente demanda, se observa que los suscritos Magistrados integrantes de la Sección Segunda se encuentran incursos en la causal de impedimento, por cuanto el problema jurídico radica en decidir sobre la legalidad de un acto que versa sobre cuestiones que tienen relación di ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., catorce (14) de octubre de dos mil diez (2010) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01462-01(AC) ...more
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS – Fijación. Competencia La Constitución Política de 1991, no ha otorgado a otras autoridades la facultad de expedir disposiciones sobre prestaciones sociales, pues le corresponde al Congreso fijar las normas generales a las que se sujeta el Gobierno Nacional para determinar los requisitos y condiciones bajo los cuales puede hacerse el reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01438-01(216 ...more
PENSION DE JUBILACION – Trabajador oficial / EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI (EMCALI) – Naturaleza jurídica / JEFE DE SECCIÓN DISEÑO DE ENERGÍA - Tiene la calidad de trabajador oficial / ACTO ADMINISTRATIVO QUE RECONOCE PENSION DE JUBILACION – Competencia / JURISDICCION DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – No es competente para dirimir conflictos de trabajador oficial / JURISDICCIÓN ORDINARIA - Corresponde al juez ordinario dirimir los conflictos originados del contrato de trabaj ...more
SUSPENSION PROVISIONAL – Requisitos / PENSION DE JUBILACION – Estudio de fondo en la sentencia El artículo 151 de la Ley 100 de 1993 determinó que el Sistema General de Pensiones para los servidores públicos del nivel departamental, municipal y distrital, entraría a regir a más tardar el 30 de junio de 1995, en la fecha en que lo determinó la respectiva autoridad gubernamental. Lo anterior quiere decir, que de conformidad con el artículo 151 de la normati ...more
DEMANDA EN RECONVENCION - Requisitos / INADMISION DE LA DEMANDA - Saneamiento del proceso / DEMANDA DE RECONVENCION - Caducidad / PRESTACION PERIODICA - Puede demandarse en cualquier tiempo La Sala concluye que la demandada no puede pretender, con ocasión del proceso iniciado en su contra, revivir los términos para controvertir dichos actos mediante demanda de reconvención, puesto que debió hacerlo en la oportunidad que la Ley dispone para tal fin. En efecto, como los requisitos ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: ALFONSO VARGAS RINCON Bogotá, D.C., catorce (14) de octubre de dos mil diez (2010) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01403-01(AC) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., veinte (20) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01394-01(2401-10) ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION A Consejero ponente: LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO Bogotá, D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil diez (2010) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01381-01(AC) ...more
SUSPENSION PROVISIONAL – Procedencia / PENSIO DE JUBILACION – Reconocimiento del status pensional por fuera del límite legal / SUSPENSION PROVISIONAL – en lo que se refiere a lo que supere el 75 por ciento del monto pensional / REGIMEN DE TRANSICION – ampara al demandado porque su reconocimiento pensional debió ceñirse a la ley 33 de 1985 A juicio de esta Sala la suspensión provisional de los actos acusados, prevista como medida cautelar en el artículo ...more
SUSPENSION PROVISIONAL – Reconocimiento pensional con base en una resolución emanada e Emcali. Convalidación / PENSION DE JUBILACION – El acto administrativo es abiertamente ilegal. Convalidación Así, entonces, se puede concluir, que los reconocimientos pensionales basados en disposiciones extralegales de orden Municipal o Departamental son ilegales. Con todo, aquellas pensiones que se adquirieron y/o se consolidaron antes de la entrada en vigencia de la Ley ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01367-01(230 ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA Bogotá, D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil once (2011) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01366-01(1015- ...more
SUSPENSION PROVISIONAL CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION "B" Consejera ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil once (2011). ...more
SUSPENSION PROVISIONAL – Pensión de jubilación. Convención colectiva. Monto pensional Como al demandado lo ampara el régimen de transición descrito en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, porque a la fecha de entrada en vigencia del Sistema General, contaba con más de 15 años de servicios, su reconocimiento pensional debió ceñirse a los requisitos dispuestos por el artículo 1° de la Ley 33 de 1985 y concordantes, es decir, tener como tope máximo en ...more
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION B Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZ Bogotá, D.C., dos (2) de diciembre de dos mil diez (2010) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-01345-01(2306-10) ...more
SUSPENSION PROVISIONAL – Reconocimiento de pensión con base en convención colectiva. Manifiesta violación El artículo 146, al referirse a las situaciones jurídicas individuales definidas por disposiciones municipales o departamentales, señaló que aquellas que se encontraren definidas con anterioridad a la Ley 100 de 1993, con base en disposiciones municipales o departamentales en materia de pensiones de jubilación extralegales a favor de emple ...more