Archivo de la Categoría 1.3.6.17 Sec. 4 2008

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Lista Artículos

11001-03-15-000-2008-01187-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2008- 01187-00(AC)   Actor: LUIS E ...mas

11001-03-15-000-2008-01184-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ANULACION DE ACTA DE ESCRUTINIOS DE VOTOS     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA     Bogotá, D.C., once (11) de diciembre de dos mil ocho (2008) ...mas

11001-03-15-000-2008-01169-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HECTOR J ROMERO DIAZ   Bogotá, D.C, veintiséis (26) de noviembre dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2008-01169-00(AC)   Actor: RAMIRO HITA GRANA ...mas

11001-03-15-000-2008-01121-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., diecinueve (19) de noviembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2008- 01121-00(AC)   Actor: ...mas

11001-03-15-000-2008-01084-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

TEMERIDAD POR ACCION DE TUTELA - Elementos para su configuración / ACCION DE TUTELA - Rechazo por temeridad   El artículo 38 del Decreto 2591 de 1991, establece la temeridad, la cual se configura cuando una persona presenta la misma acción de tutela ante varios jueces o tribunales sin motivo expresamente justificado, y señala que las solicitudes se deben rechazar o decidir desfavorablemente. No se encuentra elemento alguno que haya incidido de manera determinante ...mas

11001-03-15-000-2008-00995-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - No toda dilación equivale a mora o negligencia / CONGESTION JUDICIAL - No tiene el alcance de mora judicial / PRELACION PARA FALLAR PROCESO - No puede vulnerar el derecho a la igualdad de quienes se encuentran en la misma situación y no resultan favorecidos con una decisión / ACCION DE TUTELA - Cuando se interpone dentro del propio proceso entorpece el normal desarrollo de sus etapas   Esta Sala ha reiterado las consideraciones de la Co ...mas

11001-03-15-000-2008-00824-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., once (11) de diciembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2008-00824-01(AC)   Actor: LUIS A ...mas

11001-03-15-000-2008-00816-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - Improcedente   NOTA DE RELATORÍA: Sobre tutela contra providencias véase la sentencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, del 24 de enero de 2008, Exp. Nro. 01159 (AC) M. P. Ligia López Díaz     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA ...mas

11001-03-15-000-2008-00791-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES - Improcedente   NOTA DE RELATORÍA: Sobre tutela contra providencias véase la sentencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, del 24 de enero de 2008, Exp. Nro. 01159 (AC) M. P. Ligia López Díaz     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA ...mas

11001-03-15-000-2008-00774-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

Tutela contra providencia judicial - Improcedente   NOTA DE RELATORÍA: Sobre tutela contra providencia judicial, CE, S4, Rad. 2007-01162 (AC), 2008/01/24, M.P. Héctor J. Romero Díaz     CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejero ponente: HECTOR ...mas

11001-03-15-000-2008-00740-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL - Su existencia hace improcedente la acción de tutela / ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - procede contra el acto administrativo que desvincula del servicio / PERJUICIO IRREMEDIABLE - Daño causado a un bien jurídico; requisitos   Se advierte que la solicitud de tutela es improcedente, toda vez que el actor cuenta con otro medio de defensa judicial para controvertir el acto administrativo que lo desvinculó del servicio, es ...mas

11001-03-15-000-2008-00717-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

SISTEMA DE INFORMACION DE PROCESO SIGLO XXI - Los datos registrados tienen el carácter de información oficial y general confianza legítima / EMPLEADOS OFICIALES - Deben alimentar el historial de los procesos a su cargo / CONFIANZA LEGITIMA EN USUARIOS DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA - La genera la información registrada en el programa de siglo XXI   En virtud de dicha norma la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura expidió el Acuerdo 1591 de 2002 ...mas

11001-03-15-000-2008-00705-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - Conducta dilatoria del Juez para resolver un proceso judicial / MORA JUDICIAL - Mora judicial - No toda dilación en la decisión equivale a mora o negligencia / PRELACION DE FALLO - Debe responder a un análisis de los hechos y las razones de la demanda   La mora judicial ha sido definida por esta Corporación como la conducta dilatoria del juez para resolver un proceso judicial y tiene fundamento cuando el acto del juzgador desconoce los términos le ...mas

11001-03-15-000-2008-00644-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

FALLO DE TUTELA - Su revisión le corresponde a la Corte Constitucional / FALLO DE TUTELA - No puede controvertirse mediante acción de tutela   Frente a lo anterior, precisa la Sala que el control sobre los fallos proferidos en acciones de tutela es competencia exclusiva de la Corte Constitucional a través del grado de revisión y no mediante otra acción de tutela como se pretende en el presente caso. Al respecto indica la Sala que no es posible desconocer el resu ...mas

11001-03-15-000-2008-00644-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

  CONSEJO DE ESTADO   SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO   SECCION CUARTA   Consejera ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA   Bogotá, D.C., veintiséis (26) de noviembre de dos mil ocho (2008)   Radicación número: 11001-03-15-000-2008-00647-00(AC)   Actor: ...mas

11001-03-15-000-2008-00637-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - No toda dilación en la decisión equivale a mora o negligencia / CONGESTION JUDICIAL - No tiene el alcance de mora / DERECHO DE IGUALDAD - Se desconocería respecto a los que se encuentran en la misma situación y no resultaran favorecidos con la decisión   En situaciones similares, esta Sala ha reiterado las consideraciones de la Corte Constitucional en torno al tema de la mora judicial y ha sido categórica en advertir que dadas las condiciones est ...mas

11001-03-15-000-2008-00616-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - No toda dilación en la decisión en mora o negligencia / PRELACION DE FALLO - Puede producir un desconocimiento del derecho a la diferencia de quienes están en la misma situación / ALTERACION DE TURNOS - requisitos   Esta Sala ha reiterado las consideraciones de la Corte Constitucional en torno al tema de la mora judicial y ha sido categórica en advertir que dadas las condiciones estructurales que producen congestión y lentitud en los despachos j ...mas

11001-03-15-000-2008-00602-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - Concepto; No toda la dilación equivale a mora o negligencia / PRELACION PARA FALLAR PROCESO - Debe analizarse en cada caso, las circunstancias para alterar el orden para fallar procesos   La mora judicial ha sido definida por esta Corporación como la conducta dilatoria del juez para resolver un proceso judicial y tiene fundamento cuando el acto del juzgador desconoce los términos legales y carece de un motivo probado y razonable, evento en el cual ...mas

11001-03-15-000-2008-00601-00(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

MORA JUDICIAL - Concepto   La mora judicial ha sido definida por esta Corporación como la conducta dilatoria del juez para resolver un proceso judicial y tiene fundamento cuando el acto del juzgador desconoce los términos legales y carece de un motivo probado y razonable, evento en el cual se constituye en violación del debido proceso y en un obstáculo para la administración de justicia.   MORA JUDICIAL - No se presenta cuando ocurre por circunstancias objetivas y razo ...mas

11001-03-15-000-2008-00519-01(AC) Sección 4 2008 [Consejo de Estado]

USO DE MENSAJES- Regulación / MENSAJE DE DATOS - Definición / EMISION DE DATOS - Acto de comunicación procesal - SISTEMA DE INFORMACION - Finalidad   El primero de ellos es el 1591 del 24 de octubre de 2002, por el cual se establece el sistema de información de gestión de procesos y manejo documental denominado “Justicia siglo XXI”. En su artículo 1º se acuerda adoptar dicho sistema para los despachos judiciales del país, el cual “será suministrado e i ...mas

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